Malversar la ley
«Ya sabemos hasta dónde puede llevar el Gobierno la idea del ‘Derecho Penal del amigo’: hasta el punto de que es el amigo el que redacta la norma que le favorece»
Hagámonos los idiotas. Concedamos, por un momento, todas y cada una de las razones esgrimidas para reformar el delito de malversación, esa repentina iluminación que ha hecho que tenga que distinguirse allí donde no se distinguía a la luz de un principio que rezaría algo así como: quien roba para sí comete un mal mayor que el que roba sin ánimo de lucro propio. Concedámoslo también aunque se nos ocurran unos cuantos supuestos en los que preferiríamos que el malversador se abra una cuenta opaca en Andorra para mantener a su extensa progenie y nos cuente el cuento chino del abuelo Florenci. ¿Qué le parece al ministro Bolaños, por ejemplo, malversar para financiar un grupo contraterrorista de extrema derecha que asesina y secuestra (algo así como los GAL)?
Pues bien, si fuera genuino el intento de reforma y no el pago reclamado por los independentistas sediciosos para que ninguno de los que aún quedan por rendir cuentas ante la justicia lo hagan o dejen de hacerlo, el PSOE lo tendría muy fácil: introdúzcase en la reforma del delito de malversación esa disposición transitoria que evitaría la retroactividad favorable al reo. Sí, esa que, presuntamente por impericia o soberbia, no se incluyó en la reforma de los delitos contra la libertad sexual mediante la ley del sólo sí es sí. Cierto: quizá sea inútil porque esa aplicación retroactiva es un efecto inevitable de la mejor lectura de la Constitución, pero la pretensión evidenciaría, al menos, que no se persigue una modificación puramente ad hoc, con los nombres y apellidos de los que serán, al cabo, fraudulentamente amnistiados. Pero no ocurrirá: a estas alturas ya sabemos hasta dónde puede llevar el Gobierno la idea del Derecho Penal del amigo: llega hasta el punto de que es el propio amigo el que redacta la norma que le favorece y que podrá permitir en el futuro que reincida en sus fechorías. El Estado de Derecho en liquidación y derribo.
En el fondo no es la ley de la malversación el problema profundo que nos viene asolando desde hace tiempo, sino más bien la malversación de la ley misma, del instrumento con el que, de manera primordial, hemos de regular la convivencia. La ley sirve para el roto y el descosido previo y también para romper y descoser lo que haga falta en función de intereses y tácticas bastardas. No de otra manera pueden entenderse las reformas y contrarreformas a las funciones al Consejo General del Poder Judicial (ahora te limito para nombrar en funciones, pero espera, ahora te abro la mano que me interesa que puedas nombrar a los magistrados del TC), a la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, imposibles de ser ahormadas bajo principios generales con los que se trata de atender bien común.
«En la actualidad, el relato -la reconstrucción interesada de los hechos- es lo que hace las leyes»
Recientemente denunciaba el constitucionalista Andrés Betancor cómo en la actualidad, y por contraste con el ideal regulativo que caracteriza al Estado de Derecho, el relato –la reconstrucción interesada y de parte de los hechos- es lo que hace las leyes, su fuente prioritaria, de forma tal que se evapora su racionalidad y razonabilidad, su vocación de generalidad y abstracción. El Gobierno ha abusado hasta la náusea, como sabemos, del Decreto-Ley, pero también, si el profesor Betancor anda en la buena pista y me permite el parafraseo, del «Relato-Ley».
Junto a las leyes ad hoc y los relatos-leyes, ambas formas de malversación legislativa, también cabría, a mi juicio, consignar la ley-relato, una perversión legislativa que se ha extendido de manera profusa, desconcertante y frustrante. Se trata de normas cuyo contenido prescriptivo es escaso y flota indecorosamente en un mar de proclamas ideológicas, buenos propósitos, repasos históricos innecesariamente prolijos e inmensamente superficiales (entre mis favoritos: la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de sostenibilidad energética de la Comunidad Autónoma Vasca nos recuerda en su exposición de motivos que: «… la vida es posible porque el Sol emite energía que llega al planeta Tierra…»).
Una manera muy sencilla de la que ustedes disponen para comprobar lo que digo consiste en un doble test: calibrar el espacio que ocupa la exposición de motivos de la ley –no es infrecuente que sea mucho más que el articulado- y preguntarse de qué manera se incumple la norma que haya llegado a formar parte del contenido de esa ley. Esta legislatura es un auténtico festival en la creación de esta suerte de legislación-santimonia.
«El Gobierno no ceja en entregarse a la corrupción, malversación o fraude de y a la ley misma»
Los ejemplos podrían multiplicarse y no les abrumaré más que con unos pocos botones de muestra. ¿Hace falta que una ley sobre el cambio climático y transición energética, la Ley 7/2021 incluya 15 principios rectores entre los que se cuenta «el de igualdad entre hombres y mujeres»? La Ley Orgánica 8/2021 de protección a la infancia proclama, entre sus fines (artículo 3) los de: «Garantizar la implementación de medidas de sensibilización para el rechazo y eliminación de todo tipo de violencia sobre la infancia y la adolescencia, dotando a los poderes públicos, a los niños, niñas y adolescentes y a las familias, de instrumentos eficaces en todos los ámbitos…» y el de: «Abordar y erradicar, desde una visión global, las causas estructurales que provocan que la violencia contra la infancia tenga cabida en nuestra sociedad».
¿De qué manera se deja de «garantizar la implementación de medidas de sensibilización» y por tanto se aleja uno de ese fin incumpliendo por ende la norma? ¿Qué es «abordar y erradicar desde una visión global»? ¿Cuándo no se «aborda y erradica desde una visión global» y por tanto se incumple también ese objetivo? ¿No va de suyo que una ley de protección a la infancia es el sencillo y bien consensuable afán de perseguir aquellos comportamientos que vulneran los derechos de los niños mediante un conjunto de reglas claras y precisas de conducta que se traducen en obligaciones exigibles y sancionables?
El Gobierno persiste en malversar la encomienda que le otorgó la ciudadanía y ese compromiso para desterrar la corrupción de la vida pública trompeteado con golpes de pecho desde la tribuna del Congreso de los Diputados en aquel fin de mayo del 2018. Lo que comprobamos, en cambio, es que el Gobierno no ceja en entregarse a la corrupción, malversación o fraude de y a la ley misma. Hoy parece más pertinente que ayer, pero menos que mañana, me temo, lo que el filósofo Paolo Flores d’Arcais afirmó en El individuo libertario: «La legalidad tomada en serio, la legalidad como estrategia y práctica coherente, constituye más que nunca el poder de los sin poder (…) Una política de legalidad es hoy la más radical de las revoluciones posibles, además de la primera de las revoluciones deseables».