Montesquieu en España
«El Parlamento español es hoy al intercambio de razones que conducen a la legislación, lo que un retiro cartujo es a una velada en un local porno»
La división de poderes en España puede describirse hoy, sin mucha exageración, del siguiente modo: el Parlamento no es la cámara de representación de la ciudadanía, sino de una farsa grotesca en cuyo último acto hay que parar al fascismo, siendo que los protagonistas, los diputados, son todos fascistas o están en trance de serlo; el Parlamento español es hoy a la deliberación e intercambio de razones que conducen a la legislación, lo que a la quietud pietista y distante de un retiro cartujo en el cenobio de Escaladei es una velada en el Bagdad, el icónico local porno de Barcelona.
En España es, en cambio, el Gobierno quien legisla, bien por Decreto-Ley por «razones de extraordinaria y urgente necesidad», bien mediante Proyectos de Ley de escasísimo contenido normativo sustancial que en su mayor parte proclaman de la manera más cursi y engolada que le quepa imaginar al asesor de turno (que para eso hizo un Posgrado en, pongamos, Urbanismo decolonial y Derechos Humanos) valores y principios ya recogidos en la Constitución o en otras normas anteriores (pongamos el Código Civil de 1889); eso sí: esos proyectos encomiendan a la Administración un sinfín de tareas ingentes e inespecíficas de promoción, seguimiento, implementación, información, inspección, evaluación, educación, orientación, supervisión, acompañamiento, armonización, fomento o vigilancia, entre muchas otras.
«La alternativa digital puede inducir al suicidio (virtual y material) del administrado»
Una Administración pública henchida de propósito para afrontar esas encomiendas y la transición energética descarbonizante que se le ponga por delante, pero con la que, para tratar de modo presencial sin esperar meses a ser atendido, hay acudir a un mercado negro de compra de citas previas. La alternativa digital, por lo que se cuenta, puede inducir al suicidio (virtual y material) del administrado.
Tome usted, por un poner, el Anteproyecto de Ley de Familias cuya aprobación definitiva en el Parlamento aún pende. Allí leerá que los «servicios sociales de apoyo a las familias» impulsarán «el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de un plan de apoyo a la parentalidad positiva» (artículo 17.d). Auguro que más pronto que tarde ese plan será bianual, precisará de algún Observatorio (preferiblemente en Red) y formación, mucha formación, sobre todo «formación de formadores» para lo cual habrá cientos de cursos y formadores para formar a los formadores de formadores.
También se propone en el Anteproyecto un «marco estatal de apoyo a los primeros 1.000 días» (artículo 12). Se trata de un «acompañamiento» desarrollado por el Gobierno con el resto de las Administraciones Públicas para «garantizar un buen comienzo en la vida a todas las niñas y niños de nuestro país». A continuación se detallan una serie de medidas en ámbitos diversos (en realidad todos los imaginables salvo los que podrían corresponder a la vida en Marte). Les ahorro la mayoría aunque uno tiene la impresión de que ese «marco estatal de acompañamiento» es esencialmente el de procurar lo que en «en este país» o sea, España, de manera envidiablemente común, ya ocurre: las tasas de mortalidad infantil y en el parto en España son de las más bajas del mundo, la escolarización, la salubridad de los alimentos infantiles y de adultos, la limpieza de los espacios, la recogida de basuras está razonablemente provista. La atención preparto está garantizada así como la pediátrica, siempre mejorables, por supuesto. La sensación que arroja la lectura del Anteproyecto es, por momentos, que esta intervención del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 viene a remediar en España un apocalipsis semejante al que se vivió en Biafra entre 1967 y 1970.
El artículo 14.5. del Anteproyecto de Ley de Familias dispone que las personas que figuren como «… cuidadoras de personas dependientes de una Prestación Económica por Cuidados en el Entorno Familiar, tendrán derecho a servicios de seguimiento, apoyo y respiro que deberán incorporarse al Programa Individual de Atención (PIA) correspondiente a dichas prestaciones en el marco del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia». Pónganse ustedes ahora en la situación de ser una Persona Cuidadora de una Persona Dependiente de una Prestación Económica de Cuidados en el Entorno Familiar (PECEF) y tener un problema con el servicio de respiro de un PIA que corresponde a un SAAD (Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia). El entretenimiento digital que se va a brindar a las familias españolas que tengan que resolver presencial, telemática o telefónicamente dicha contingencia está garantizado. Y es impagable.
Menos mal que nos queda el Constitucional, un órgano de la máxima relevancia, el encargo de garantizar la constitucionalidad de la ley, que últimamente anuncia, mediante una «nota informativa», el fallo de los asuntos a él sometidos a la espera de desarrollar los argumentos y razones que conducen a esas decisiones. Lo que venía siendo una sentencia, vaya.
Una de las últimas sentencias, perdón, notas informativas que hemos conocido, la 23/2023 es la relativa al Real Decreto-Ley 6/2019 de «medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación». Los Decretos-Ley pueden ser dictados por el Gobierno en casos de «extraordinaria y urgente necesidad» (artículo 86.1. CE) y el Partido Popular recurrió al Tribunal Constitucional el Decreto-Ley 6/2019 en el entendimiento de que dichas circunstancias no concurrían en este caso.
«Apuesto a que notaron la igualdad efectiva e inmediata desde el 8 de marzo de 2019, día en el que entró en vigor el Decreto-Ley»
En la exposición de motivos del decreto se justificaba del siguiente modo la premura: «Esta situación de desigualdad, visible en la brecha salarial que no ha sido reducida en los últimos años, exige una actuación urgente y necesaria por parte del Estado, puesto que la mitad de la población está sufriendo una fuerte discriminación y está viendo afectados sus derechos fundamentales. Un mayor retraso, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido, conllevaría un daño de difícil reparación que no puede ser asumido por una sociedad moderna como la española. Más aún cuando las mujeres se enfrentan al reto de la Revolución Industrial 4.0, en la que las brechas de género se manifiestan en la infrarrepresentación de las mujeres en las disciplinas de ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas. Los nuevos puestos laborales que están siendo creados son, a su vez, los mejores remunerados; por ello, las políticas públicas de igualdad deben remover los obstáculos que impidan el acceso y desarrollo de las mujeres en los ámbitos de la ciencia, la investigación y la tecnología».
En su sentencia, perdón de nuevo, nota informativa, el Tribunal Constitucional coincide. Su presidente, ponente de la nota informativa, perdón, de la sentencia, rechazada por anteriores mayorías en el Tribunal Constitucional, considera que el Gobierno ha explicado y razonado de forma suficiente la situación de extraordinaria y urgente necesidad, y constata la demora que «se estaba produciendo en la realización efectiva de la igualdad entre hombres y mujeres, lo que exigía acción normativa inmediata…». La dizque mayoría «progresista» ahora imperante está de acuerdo. Apuesto a que ustedes notaron la igualdad efectiva y de manera inmediata desde el 8 de marzo de 2019, día en el que entró en vigor el Decreto-Ley.
Hay unos votos particulares a la nota informativa de los magistrados dizque «conservadores» (consideran que debería ser excepcional que el poder Ejecutivo dicte normas con rango de ley «… al incidir en la separación de poderes e imposibilitar que los representantes populares puedan debatir y en su caso aprobar tales normas, menoscabando el principio democrático»), pero esto da un poco igual.
Menos mal que nos queda Portugal, que cantaba Siniestro Total.