THE OBJECTIVE
Pablo de Lora

El pacto de Estado y la violencia de género: ¿'quo vadis', PP?

«Cuando se cumplen 20 años de vigencia de la LIVG no consta que el PP haya manifestado intención de corregir la desigualdad penal entre hombres y mujeres»

Opinión
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El pacto de Estado y la violencia de género: ¿’quo vadis’, PP?

Ilustración de Alejandra Svriz.

Acostumbra a decir Arcadi Espada que muchas veces lo más relevante de lo que en un periódico se ha destacado como noticioso se escribe en el último párrafo. Por ello hay que leer hasta el punto final de la crónica, el suceso, la tribuna de opinión. Algo parecido ocurre con las leyes, especialmente en estos tiempos, aunque también en el pasado. Si el diablo está en los detalles, la enjundia de la legislación también puede encontrarse en las finales y adicionales. 

El pasado 28 de enero se cumplieron 20 años de vigencia la Ley Integral de Violencia de Género (LIVG en adelante). En su disposición adicional undécima, bajo el título Evaluación de la aplicación de la ley, se lee: «El Gobierno, en colaboración con las comunidades autónomas, a los tres años de la entrada en vigor de esta Ley Orgánica elaborará y remitirá al Congreso de los Diputados un informe en el que se hará una evaluación de los efectos de su aplicación en la lucha contra la violencia de género»

Las leyes también deben leerse desde su exposición de motivos, especialmente en estos tiempos. Y también entonces, cuando se aprobó la LIVG. En la tercera frase de su exposición de motivos, a propósito de la identificación de la «violencia de género», se lee: «Se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión». Y por si alguno albergara dudas sobre el valor «normativo» de las exposiciones de motivos, ahí va el artículo 1 en el que se afirma apodícticamente que tal violencia es una: «[…]manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres». 

La pregunta, la que también se hicieron públicamente en 2006 ilustres feministas como Empar Pineda o la jueza Manuela Carmena, entre otras, fue, y sigue siendo: ¿en todos los casos? ¿Por el mero hecho de «ser hombre» el agresor? Y la respuesta era, es, y sigue siendo: «Sí». Para los varones la biología sí es destino. Y desde el 1 de marzo de 2023, también la mera voluntad de ir al Registro Civil y cambiar la mención del sexo para, con ello, dejar de ser «machistas» por ser meramente registradas como mujeres. Como suena. 

En puridad, ninguna evaluación con el propósito de calibrar «los efectos de su aplicación» se ha hecho de la LIVG, al menos de algunos efectos y costes –no solo económicos- extraordinariamente relevantes, y si los medibles beneficios los han compensado suficientemente (en 2005 fueron 57 las asesinadas, y, en 2023, 58, por poner un ejemplo). Así, es elocuente que lo que se dio a conocer a finales de diciembre de 2006 por parte de la Delegación Especial del Gobierno contra la violencia sobre la mujer fuera meramente un «avance», no la forma de observar el mandato de la adicional undécima. Pero el avance ya avanzaba lo que habría de venir: un acopio autorreferencial, un mero acarreo descriptivo de nuevas normas, medidas, campañas, modificaciones legislativas y descripción de recursos de todo tipo y a todos los niveles de la administración para «seguir avanzando». 

«Que la ley de violencia de género de Andalucía disponga que se fomentarán los estudios que permitan conocer sus causas suena a guasa»

Así, en el informe ya definitivo de 2009, de sus 299 páginas, la enumeración de disposiciones normativas; de medidas de detección de malos tratos en publicidad y medios de comunicación; de recursos a todos los niveles (centros de acogida, números de teléfono, becas, ayudas sociales, etc.); planes de actuación, de colaboración, protocolos, descripción del ámbito institucional y del tejido asociativo y de las acciones emprendidas a nivel autonómico y local (por poner un par de botones de muestra: el Ayuntamiento de Moya, en Canarias, subvencionó con 3.063 euros el proyecto musical Las mujeres en el mundo y en Castilla-La Mancha el programa Juntas viajamos promueve el ocio recreativo e institucional y el disfrute de tiempo libre de las mujeres de Castilla-La Mancha), todo eso, ocupa 154 páginas.

El resto son desglose de partidas presupuestarias de lo gastado en «campañas de sensibilización y prevención» (sumando todas las comunidades autónomas, varios millones de euros); subvenciones a entidades sin ánimo de lucro (cerca del medio millón de euros solo en Madrid, incluyendo a UGT, las Adoratrices Esclavas del Santísimo Sacramento y Caridad o la Asociación de Mujeres para la Democracia de Algete); datos de todo tipo y desagregaciones sin fin (número de llamadas atendidas, usuarios de pisos de protección, número de trabajadores sociales adscritos a un servicio, etcétera); estadísticas y «estudios» (tres páginas), la inmensa mayoría de los cuales son guías para la aplicación de la legislación o informes acerca del cumplimiento de la normativa autonómica en materia de violencia de género, una legislación basada en el mismo presupuesto teórico. 

Y la pregunta seguía, y sigue siendo: «Seguir avanzando». ¿Hacia dónde? Y, ¿a qué precio?

La respuesta a la primera pregunta la conocemos, aunque recordarla cause una estupefacción que solo puede ser íntima: hasta desterrar la violencia de género, hasta que no haya ni una sola mujer muerta a manos de su pareja o expareja, ni una sola violación de los derechos humanos de las mujeres, pues en eso se traduce finalmente toda forma de violencia de género. Lo dijo en su día la entonces juez, luego ministra de Justicia, Pilar Llop: «Una democracia en que la mitad de la población vierte violencia sobre la otra mitad no es democracia». Y esta misma semana el fiscal general del Estado afirmó en el Senado que la violencia de género no es solo un «problema de país», sino de «civilización». En noviembre del año pasado llamaba a combatir el «negacionismo» sobre la violencia de género puesto que «es innegable, indiscutible e incontestable». «Es como si nos ponemos a discutir si el Holocausto existió», afirmó a principios de 2017 la psicóloga Sonia Vaccaro, la creadora de la noción de «violencia vicaria». 

«La LIVG introdujo una discriminación formal entre hombres y mujeres en el ámbito penal»

Por paradójico que suene, la LIVG fue concebida, y así sigue siéndolo, como el instrumento con el que demoler una estructura (patriarcal) pero al tiempo reforzarla en cada instancia de su aplicación y despliegue, revelando también su ineficacia. Que la ley de violencia de género de Andalucía disponga que se fomentará la realización de estudios e investigaciones que permitan conocer las causas de la VG suena, con perdón, a guasa. 

Y si las cifras siguen siendo descorazonadoras, o si Italia sentencia de manera firme contra una secuestradora de menores reincidente, o si el juez, que por lo general es displicente en todo interrogatorio, se muestra incisivo, rijoso contra la presunta víctima de una agresión sexual, o si la resolución de ese mismo caso no resulta como es deseable para el «feminismo» o «las mujeres de este país», ya han adivinado qué se precisa: más formación en feminismo y perspectiva de género. ¿Alguien nos podría facilitar un mero experimento de control, bien sencillito, de qué y cómo cambiaría la solución de un caso de violencia de género o sexual aplicando la tan célebre «perspectiva»? ¿O se trata simplemente de un envoltorio con ínfulas metodológicas y argumentativas para que la balanza de la justicia siempre se decante en favor de la mujer? 

La LIVG, como es bien conocido, introdujo una discriminación formal entre hombres y mujeres en el ámbito penal que fue posteriormente santificada por el Tribunal Constitucional en una sentencia muy controvertida. No hacía ninguna falta gravar más al hombre que comete el delito de lesiones o de maltrato psíquico (hubiera bastado introducir una agravante por animus machista y no una presunción general irrebatible), y, sobre todo, como cualquier otra forma de discriminación «inversa» o «positiva», tal desigualdad solo podía ser justificada como una medida «temporal» hasta tanto no sea restaurada la previa situación de injusticia. 

Pues bien, a la vista de lo ocurrido en estos años, no solo no hay afán alguno de disponer de elementos de juicio para evaluar si ya pudiera ser anulada esa asimetría, sino que hoy, cualquier partido político que se propusiera recuperar la igualdad en ese ámbito -¿lo haría el PP?-, tendría que enfrentarse a la muy seria acusación de ir «en contra de las mujeres», si es que no de ser cómplice a partir de ese momento de los asesinatos que se produjeran y de los maltratos que sufrieran las mujeres. Y no digamos ya si se propusiera eliminar esa jurisdicción especial que es la de los juzgados de violencia sobre la mujer, una rareza en el Derecho comparado. ¿Se lo plantea el PP?

«Ante la cifra de 58 mujeres asesinadas en 2023, el fiscal general del Estado culpaba al discurso ‘negacionista’ de ese incremento»

No, no exagero: ante la alarmante cifra de 58 mujeres asesinadas en 2023, tanto el fiscal general del Estado como la fiscal de sala delegada de violencia sobre la mujer culpaban al discurso «negacionista» de ese incremento puesto que disuade a las mujeres de denunciar. ¿Cómo entender entonces el constante patrón de ser una minoría las mujeres asesinadas que habían presentado previas denuncias? En 2012, un año antes de la fundación de Vox, habían interpuesto denuncia previa 10 de las 51 asesinadas (19%); ese año 2023, 14 de las 58 (28%). Raro es el año de la serie que registra desde 2011 la Delegación del Gobierno que esa cifra supera el 30%. 

Desde el año 2017 esa «evaluación» ha tornado en un «Pacto de Estado», cuyo último informe para su actualización y renovación se ha presentado esta semana en la subcomisión del Congreso responsable de su seguimiento. Se trata de un informe en cuyas 236 páginas se recogen esencialmente las consideraciones hechas por expertos diversos. Desde la mencionada psicóloga Vaccaro –cuya comparecencia fue solicitada por el Partido Popular- a Nerea Barjola –doctora en feminismos y género de la que no se conocen investigaciones o publicaciones académicamente relevantes- pasando por Erik Pescador –un sociólogo experto en género, igualdad y masculinidades y que se presenta como «padre, coeducador y convencido de un futuro feminista»- y un ramillete de operadores jurídicos (abogados, jueces, magistrados y fiscales), miembros de la policía, comunicadores, periodistas, miembros de ONG, politólogos y psicólogos. Personas que hicieran una valoración crítica, y contaran experiencias fuera del mainstream, no más de tres o cuatro. Y lo hicieron a propuesta de Vox. 

A lo largo de estos 20 años, ¿se han introducido con la LIVG incentivos perversos que frustran no sólo valores importantes como la igualdad formal entre hombres y mujeres, sino las legítimas reivindicaciones de mujeres que son víctimas de violencia de género o de las mujeres que son ahora pareja de hombres que han pasado por la acusación de maltrato? Una de las primeras medidas para implementar la LIVG consistió en establecer los criterios para la distribución de fondos con los que las comunidades autónomas podrían garantizar el derecho a la asistencia social integral de las presuntas víctimas: el 66,5% se repartiría atendiendo a indicadores de la incidencia de violencia de género, esto es, el número de denuncias interpuestas (BOE de 8 de septiembre de 2005).

Vuelvo a plantear la pregunta: ¿se han convertido las meras denuncias en un incentivo perverso? ¿Le interesa, al menos al PP, saber cuántos de los hombres que pasaron un fin de semana detenidos, por muy obvia que fuera la patraña de la acusación, fueron finalmente absueltos? 

«¿Puede un hombre que ha salido indemne de esas encrucijadas borrar para siempre su condición?»

La víctima por violencia de género lo es por haber recaído una sentencia firme en un proceso penal (no pocas por conformidad del acusado), pero, a los efectos de la obtención de ayudas y beneficios diversos, desde el año 2021 es acreditable administrativamente la consideración de víctima no ya solo por haber interpuesto una denuncia (casi 200.000 en 2023), o porque el procedimiento se haya archivado o sobreseído, o porque antes se interpusieron otras denuncias, sino que basta «encontrarse en proceso de toma de decisión de denunciar» (Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, BOE de 13 de diciembre de 2021). ¿Puede un hombre que ha salido absoluta e incontestablemente indemne de esas encrucijadas borrar para siempre su condición? Francesco Arcuri no parece conseguirlo, y muchos padres, evaluados por los equipos psicosociales encargados de dirimir sobre los «mejores intereses del menor», tampoco. 

Y hablando de ello, si tenemos en cuenta los efectos «civiles» que, en el contexto de un proceso de separación o divorcio, tiene la denuncia por violencia de género –custodia de los hijos menores, régimen de visitas, atribución del domicilio familiar, orden de alejamiento, etc.– ¿no sería una buena ocasión la de dicha subcomisión sobre el Pacto de Estado para analizar todo ello seriamente? ¿Lo ha instado el principal partido de la oposición? 

El FGE señalaba muy campanudo esta semana que, a lo largo de estos años, habiéndose interpuesto 2,5 millones de denuncias por violencia de género, el porcentaje de sentencias condenatorias por denuncia falsa es del 0,0084%. ¿Qué significa ese dato? Para calibrarlo con justicia debemos saber cuándo la fiscalía o el propio juez deciden, a la luz de lo que han podido conocer, iniciar la investigación correspondiente, es decir, qué indicio de falsedad en la denuncia motiva la actuación tendente a condenar por denuncia falsa, si es que, como ocurre en la inmensa mayoría de casos, el perjudicado-presunto agresor se conforma ya con haber sido absuelto y no anhela más pleitos.

No consta que el PP haya manifestado intención alguna de que se sepa más sobre ello. Sí consta, en cambio, que se ha sumado al «consenso en favor de las mujeres», es decir, a la persistencia del derecho penal de autor. En eso sigue consistiendo la LIVG en tal ámbito; a no levantar el velo de la opacidad estadística que impide comparar, por ejemplo, entre autores y autoras en los casos de filicidio, o de violencia contra el varón; a desterrar como «acientífico» el síndrome de alienación parental, pero al tiempo bendecir como intuitiva y científicamente plausible y acreditado algo que llamamos «violencia vicaria» de la que solo son víctimas las mujeres.

Y, por si nada de lo anterior fuera bastante, a ampliar, bajo el falaz pretexto del cumplimiento de una directiva europea (2024/1385), las formas de violencia de género para incluir la «violencia económica», entre otras, lo cual podría conllevar la introducción de un tipo específico que englobe las conductas que pretendan limitar la independencia y autonomía económica de las mujeres. Verbigracia: a añadir un clavo en el ataúd de la igualdad entre hombres y mujeres en España. 

¿Quo vadis, PP?

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