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¿Qué se puede hacer en Madrid tras la nueva normativa?

¿Qué se puede hacer en Madrid tras la nueva normativa?

Las claves para entender qué se puede y qué no se puede hacer en Madrid tras la nueva normativa del COVID-19

Tras un viernes repleto de incertidumbre y cambios de última hora, parece que la nueva normativa para combatir la segunda ola del coronavirus ha quedado clara, por ahora. Cabe aclarar que todo esto depende de si el juez acaba ratificando la orden ministerial. En caso contario, la normativa volvería a ser modificada y el panorama volvería a cambiar. A continuación resolvemos las dudas más frecuentes que pueden surgir.

¿Se puede salir de Madrid?

Las restricciones impuestas por el Ministerio de Sanidad se refieren a los municipios, no hacen diferencia a los distritos sanitarios o barrios. Desde Madrid capital no se podría salir por ejemplo, a Alcalá de Henares. Esto permite una total libertad por parte de los ciudadanos para moverse por dentro de cada municipio, sin embargo, la normativa recomienda evitar cualquier movimiento que no sea necesario incluso dentro de los ayuntamientos.

Fuente: coronavirusgripe.com

¿A qué ayuntamientos afecta la nueva normativa?

Las zonas afectadas por esta nueva normativa son Madrid capital al completo, Alcobendas, Alcorcón, Getafe, Leganés, Torrejón de Ardoz, Alcalá de Henares, Móstoles y Parla. Es importante recordar que la circulación por carreteras está permitida entre estos municipios con el requisito de tener origen o destino fuera de dicho ayuntamiento.

¿Se puede entrar a Madrid desde diferentes puntos de España?

Aunque pueda sorprender, la respuesta es… sí. Con el aeropuerto de Barajas y las estaciones de tren en funcionamiento, por ahora se puede entrar y salir de la capital. Si los desplazamientos a otras provincias españolas se hacen en coche sí se estaría cometiendo una infracción. Dicho de otra forma, se puede viajar desde Budapest a Madrid, pero no desplazarse a la Comunidad de Madrid desde Soria. 

Fuente: lancelotdigital.com

¿Hasta cuándo durarán las restricciones?

El Boletín Oficial de la Comunidad (BOCM) de Madrid ha establecido una duración de 14 días naturales donde se aplicarían dichas restricciones, con la posibilidad de una ampliación si la situación del virus no mejora. 

¿Ya se puede multar?

Hasta que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid avale la orden, los controles que se establecerán en la capital vigilarán el cumplimiento pero no sancionarán económicamente, se limitarán a informar a los ciudadanos.

¿Se puede ir de afterwork?

Aquellos que trabajen hasta tarde no podrán encontrar consuelo en bares y restaurantes tras la jornada laboral. Estos locales deberán cerrar a las 23.00 y no podrán aceptar a nuevos clientes durante la hora de antes. Además, tanto en interior como en exterior el aforo de los locales estará a un 50% de su capacidad. Las mesas en locales de ocio no podrán estar ocupadas por más de seis personas.

En resumen, este atípico comienzo del mes de octubre se ha convertido en la excusa perfecta para no hacer turismo por la Comunidad de Madrid, pero quizás sí para darte una vuelta por alguna ciudad europea. Dejar de hacer sociedad en los restaurantes de moda y empezar a ahorrar si tu salario te lo permite. Sin embargo, es importante estar atentos y no acostumbrarnos a esto; visto lo visto, en cualquier momento las autoridades podrían cambiar de opinión.

 

Imagen destacada: The Conversation

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