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La jueza prohíbe a los Franco mover los bienes del Pazo de Meirás

La jueza prohíbe a los Franco mover los bienes del Pazo de Meirás

Cabalar | EFE

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña ha prohibido a la familia Franco «trasladar o retirar ningún tipo de bien del Pazo de Meirás» mientras se realiza un inventario.

En contexto: con esta decisión, la titular del Juzgado, Marta Canales, ha estimado la petición de medida cautelar efectuada este lunes por el Estado, respaldada también por la Xunta de Galicia, y ha acordado la realización de un inventario que abarque la totalidad de los bienes existentes, tanto en el interior como en el exterior del Pazo de Meirás.

El registro, que se elaborará con la colaboración de los técnicos de la Consellería de Cultura de la Xunta de Galicia, comenzará a realizarse el día 11 de noviembre a las 10:30 horas, bajo supervisión de la comitiva judicial.

Para garantizar el cumplimiento de la resolución, el Juzgado ha requerido a la Guardia Civil que establezca un dispositivo de vigilancia en el inmueble, ya que hasta que el documento no esté finalizado y la jueza lo autorice expresamente, la familia Franco no podrá trasladar ni retirar ningún tipo de bien del recinto.

La magistrada ha recordado que el pazo fue declarado Bien de Interés Cultural (BIC) en el año 2008, por lo que «goza de una protección integral», que, tal y como advierte el Estado, «se extiende a todos sus elementos y componentes».

Además, entiende que es «patente» la urgencia de adoptar la medida cautelar, solicitada por el Estado tras hacerse público que la familia Franco contrató a una empresa de mudanzas para retirar de manera inminente los bienes del pazo.

Así, la jueza también subraya en el auto que el Juzgado «ha de velar por la integridad del bien y la efectividad práctica de la sentencia», en el caso de que la ejecución provisional, que se hará efectiva con la orden de entrega del Pazo el 10 de diciembre, «llegue a convertirse en definitiva».

El Estado ha asegurado que la «inmediata» realización de un inventario es «necesaria» debido a la «celeridad con que los demandados pretenden proceder al vaciado del pazo de Meirás» y al «riesgo» de que un edificio «con sus especiales características y nivel de protección, sea vaciado sin ningún tipo de constancia de los bienes que se encuentran en su interior».

Además, justifica la solicitud de la medida para garantizar que su derecho a la propiedad del inmueble y de todos sus elementos o pertenencias «no se vea comprometido de cara a una eventual ejecución definitiva» de la sentencia.

El Juzgado también ha aceptado la solicitud de la Xunta de personarse en el incidente abierto a raíz de la petición de medida cautelar, ya que el Gobierno gallego asegura que se ve «en la obligación de instar las medidas necesarias para la adecuada protección del Bien de Interés Cultural, con la finalidad de impedir, hasta ese día, cualquier actuación de los ejecutados que suponga un riesgo para la conservación» del inmueble.

Por otra parte, el responsable de Cultura de la Diputación de A Coruña, Xurxo Couto, ha demandado a la Xunta y al Gobierno central que «custodien» los bienes de especial interés que se encuentran en el interior del inmueble y se ha referido especialmente a las esculturas de Abraham e Isaac, a las pilas románicas de la Iglesia de Moraime, en Muxía (A Coruña), y a la biblioteca de Emilia Pardo Bazán. Concretamente, se conservan en el edificio un total de 7.463 volúmenes de la escritora Emilia Pardo Bazán, que la Real Academia Galega (RAG) ha solicitado que sean declarados BIC e indica que es el único modo de garantizar su «idónea protecció»”.

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