La Justicia rechaza el toque de queda y el cierre perimetral en Canarias
Sí autoriza la limitación de aforos entre no convivientes en reuniones familiares, así como en lugares de culto
Sí autoriza la limitación de aforos entre no convivientes en reuniones familiares, así como en lugares de culto
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) denegó este domingo la pretensión del Gobierno regional de mantener el toque de queda y la limitación de entrada y salida de personas en las islas que se encuentran en los niveles de alerta 3 y 4. Una decisión que el presidente de las islas, Ángel Víctor Torres, ya ha anunciado que será recurrida ante el Tribunal Supremo.
Asimismo la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha establecido que sí procede la limitación de aforo en lugares de culto y el número máximo de personas no convivientes en encuentros familiares y sociales en espacios de uso público y privado cerrados o al aire libre.
La Sala se ha pronunciado sobre las medidas que pretendía establecer el Ejecutivo autonómico tras el fin del estado de alarma, y que adoptó en el Consejo de Gobierno del pasado jueves, referentes a la continuidad del cierre perimetral del archipiélago, el toque de queda, los aforos y la limitación del número de personas en lugares de culto.
El pronunciamiento del tribunal, emitido este domingo en Santa Cruz de Tenerife, ha contado con el voto particular de los magistrados Jaime Guilarte y Pedro Hernández, este último presidente de la Sala.
Además de la restricción de movimiento en horario nocturno y entre islas, el TSJC también se opone a la pretensión del Gobierno de prohibir manifestaciones de culto en la vía pública durante los niveles de alerta 3 y 4 y que en el resto, estuvieran sometidas a la aprobación de los ayuntamientos.
En su resolución, el TSJC indica que no es su cometido la revisión de la oportunidad de las medidas acordadas, sino analizar cuáles de ellas limitan o restringen derechos fundamentales de los ciudadanos y si tal limitación encuentra cobertura legal.