La Audiencia Nacional se opone a indultar a Pablo Hasel por ser reincidente y por su «conducta antisocial»
La Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha emitido un informe en el que se posiciona en contra de que se le conceda el indulto al rapero Pablo Rivadulla, conocido artísticamente como Pablo Hasel, alegando que es reincidente en el delito de apología del terrorismo y que no se aprecian las razones de equidad, justicia y utilidad pública que, pese a ello, podrían justificar la medida de gracia, debido a su «conducta antisocial».
En un auto de tres páginas, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados se oponen a indultar a Hasel, en primer lugar, porque «el penado fue condenado, aparte de en este procedimiento, en otras sentencias», siendo «reincidente, pues, en la comisión de delito de apología del terrorismo», uno de los casos en los que la ley excluye la aplicación de esta medida de gracia, salvo que concurrieran razones suficientes de justicia, equidad o utilidad pública.
Sin embargo, señalan que «estas razones excepcionales no resultan del expediente de indulto incoado», apuntando en este sentido a «la actitud antisocial que revelan las diversas condenas impuestas al penado y su propia manera de afrontar el tratamiento penitenciario», ya que se ha negado a participar en el programa individualizado que le han propuesto en la prisión.
La Audiencia Nacional dio a Hasel la oportunidad de pronunciarse de cara a la emisión de este informe y el rapero manifestó que no se oponía al indulto, pero que no tenía ninguna aportación que realizar, según las fuentes jurídicas consultadas.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional emitió su informe el pasado mes de septiembre, desaconsejando también el indulto a Hasel al entender que no procede porque «está condenado por múltiples hechos delictivos», siendo en alguno de ellos reincidente, como ocurre con el de apología del terrorismo.
Igualmente, el Ministerio Público llamó la atención sobre el informe del Centro Penitenciario de Ponent (Lleida) en el que se valora la conducta de Hasel y se indica que ha manifestado su disconformidad con participar en los programas individualizados que se desarrollan en el mismo.
La Audiencia Nacional ordenó su ingreso en prisión para cumplir una condena de nueve meses de cárcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo, e injurias y calumnias a la monarquía y a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, por difundir mensajes atentatorios en redes sociales. Hasel entró en la cárcel el pasado 16 de febrero.