ERC, Junts y la CUP desafían a la Junta Electoral y mantendrán al diputado inhabilitado
El organismo le ha dado a Laura Borrás un plazo de cinco días hábiles para proceder a la destitución del parlamentario cupaire
ERC, Junts y la CUP han reafirmado este jueves su voluntad de mantener el escaño al diputado de la CUP y secretario tercero de la Mesa del Parlament, Pau Juvillà, pese a que la Junta Electoral Central (JEC) haya dado un plazo de cinco días a la presidenta de la Cámara catalana, Laura Borràs, para relevarlo, avisando de que incurrirá en «consecuencias jurídicas» si no lo hace.
En un comunicado conjunto, han reiterado su voluntad «de mantener la soberanía del Parlament ante la intromisión de un órgano administrativo sin competencias para resolver sobre tal cuestión».
Los tres partidos han afirmado que, pese a esta nueva notificación de la JEC, su voluntad sigue siendo respetar el acuerdo que aprobó el pleno del Parlament en diciembre que apuesta por mantener el escaño de Juvillà hasta que no haya sentencia firme.
Este mismo jueves, la Junta Electoral Central (JEC) ha dado otro paso más para proceder al relevo del diputado de la CUP Pau Juvillà, inhabilitado por desobediencia, y ha dado un plazo de cinco días a la presidenta del Parlament, Laura Borràs, para cumplir la sentencia, avisando de que incurrirá en «consecuencias jurídicas» si no lo hace.
Pau Juvillà Ballester, que también es secretario de la Mesa del Parlament, fue condenado en diciembre por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a seis meses de inhabilitación y a una multa de 1.080 euros por negarse a cumplir las resoluciones que exigían la retirada de lazos amarillos en el ayuntamiento de Lleida en 2019.
Tanto Ciudadanos como Vox y el PP reclamaron que, en consecuencia, se le retirara el acta de diputado del Parlament y elevaron un escrito a la Junta Electoral Central, que les dio la razón recordando que, conforme a la ley, la jurisprudencia y el precedente de Quim Torra, el delito de desobediencia por el que ha sido condenado Juvillà está dentro del capítulo de delitos contra la administración y su condena se convierte en causa de inelegibilidad sobrevenida aunque la sentencia del TSJC no sea firme porque quepa recurso ante el Supremo.
No puede dejarse en suspenso
Pero el Parlament, con los votos de la mayoría independentista, rechazó la resolución de la JEC y anunció un recurso dejando en suspenso la retirada del escaño, lo que motivó un nuevo escrito de Ciudadanos ante el organismo arbitral.
En una resolución aprobada este jueves y recogida por Europa Press, la JEC insiste en que la condena que pesa sobre Juvillà implica la retirada del escaño, sin que quepa su suspensión, y da un plazo de cinco días al Parlament para cumplirlo.
Según explica la JEC al diputado condenado, no puede dejar en suspenso la retirada del escaño porque esa decisión «es firme en vía administrativa» y sólo cabe recurrir ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, que será la que, en su caso, decida o no sobre posibles medidas cautelares.
Pero ya le adelanta las sentencias de esa misma sala del Supremo que dejan claro que las causas de inelegibilidad «tienen eficacia ex lege y constituyen, por tanto, una consecuencia automática de la pena impuesta por la sentencia«. Es lo mismo que le ocurrió a Quim Torra, que perdió el escaño tras ser condenado por desobediencia la negarse también a retirar lazos amarillos.
La Junta Electoral Central, que en su mayoría está compuesta por magistrados del propio Tribunal Supremo, continúa por tanto con el relevo de Juvillà y ha acordado expedir ya la credencial de diputado a la siguiente de la lista de la CUP por Lleida en su sustitución.
Plazo de cinco días
Así las cosas, ha dado un plazo de cinco días hábiles a la presidenta del Parlament, Laura Borràs, para que informe de las medidas que ha adoptado para cumplir la resolución y dejar sin efecto la credencial del diputado de la CUP.
Y acaba avisando a la dirigente de Junts de que se expone a «consecuencias jurídicas» si sigue impidiendo la ejecución del relevo del diputado condenado: «Cabe recordar que las resoluciones de la Administración Electoral son ejecutivas desde que adquieren firmeza, sin perjuicio de las medidas cautelares que puedan adoptar los órganos jurisdiccionales competentes en el ejercicio de sus potestades, y que el incumplimiento de esas resoluciones puede dar lugar a las consecuencias jurídicas previstas en la legislación vigente», sentencia.