El juez del caso Ghali sigue manteniendo a la exministra Laya como investigada, aunque exonera a su segundo
El magistrado Lasala descarta la petición de la Abogacía del Estado respecto a González Laya tras situarla en el centro de las gestiones para facilitar la entrada de Ghali en el país
El magistrado Lasala descarta la petición de la Abogacía del Estado respecto a González Laya tras situarla en el centro de las gestiones para facilitar la entrada de Ghali en el país
El titular del Juzgado de Instrucción nº 7 de Zaragoza encargado de la investigación de la ‘presunta’ entrada ilegal en el país del líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, ha decidido mantener como investigada a la exministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya y sobreseer el caso en relación a su jefe de Gabinete, Camilo Villarino.
En su auto, el magistrado Rafael Lasala descarta la petición de la Abogacía del Estado respecto a González Laya tras elaborar una pormenorizada reconstrucción de los hechos que sitúan a la exministra en el centro de las gestiones que se llevaron en silencio para facilitar la entrada de Ghali en el país, en una operación que -según el magistrado- debía estar dirigida por el presidente del Gobierno, a tenor de los ministerios implicados y lo que establece la legislación vigente.
Según el magistrado, Laya se amparó en su declaración en la Ley de Secretos Oficiales para no revelar datos sobre la persona que le informó de la posibilidad de acoger a Ghali para ser tratado en un hospital español de un covid agravado.
De las gestiones realizadas por la exministra, Villarino se enteró a través de una llamada de la jefe de Gabinete de la expresidenta del Gobierno Carmen Calvo para requerirle si sabía algo de la llegada del líder polisario a España.
Tras recibir la confirmación de González Laya, Villarino inició las gestiones necesarias para facilitar una entrada «discreta» en el país de Ghali, «por no contrariar -subraya el magistrado- los intereses de un país vecino (Marruecos) que consideraba de modo abiertamente hostil al mencionado Brahim Ghali».
Estas gestiones, según el magistrado, facilitaron que el 18 de abril de 2021 el avión procedente de Argelia en el que viajaba Ghali aterrizara en el base aérea de Zaragoza sin ser sometido a ningún control de pasaporte por parte de la Policía Nacional y de la Guardia Civil y que ingresara después en el Hospital de La Rioja con un nombre falso.
La filtración en prensa, tres días después, de que Ghali estaba ingresado en el hospital de Logroño no solo provocó, añade el juez, una crisis diplomática con Marruecos sino que obligó al Ministerio del Interior a informar a la Audiencia Nacional de la presencia del líder polisario, requerido por dos causas abiertas por genocidio.
El instructor considera «irrepochable» la voluntad del Gobierno de «ayudar al enfermo», pero objeta que si no hubiese sido un líder político «ni siquiera se hubiera pedido la ayuda», y que, de acuerdo con lo declarado por el médico de la UCI del hospital riojano, la atención que recibió era la misma que habría recibido en Argelia.
A juicio del magistrado, la cuestión humanitaria no es la que hace valorar la existencia de un presunto delito de prevaricación, sino permitir el acceso a España de Ghali «a sabiendas de que estaba interesada su declaración como investigado en dos causas penales, e intentada su localización».
Por otra parte, el juez considera que la «inmediata y coordinada» actuación de los ministerios de Asuntos Exteriores, Interior y Defensa en relación a este caso apunta a que la operación era dirigida por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ya que ninguno de los titulares de estos departamentos -según la Ley 50/1997 del Gobierno- pueden operar fuera de su «esfera específica» de actuación.
A su juicio, una vez conocida por la exministra Laya la petición de Argelia, «la decisión última correspondía al presidente del Gobierno, sabiendo los ministros de Interior y Defensa que por tal decisión habían de comunicar a determinadas autoridades y funcionarios de sus departamentos que siguieran las instrucciones que diera Camilo Villarino».
Añade el instructor que si desde el Gobierno no se conocía la situación procesal de Ghali en España «ningún reproche cabe realizar», pero añade a renglón seguido que «inquieta» el hecho de que Villarino fuera advertido por la jefa de Gabinete de Interior que iba a informar a la Audiencia Nacional, una vez publicada en prensa la presencia del líder polisario en España.
Valora Lasala, de acuerdo a un «proceso deductivo», que los responsables de Interior sabían de antemano la situación procesal de Ghali antes de su entrada en España, «con lo cual se habría omitido de forma consciente comunicara a la Justicia española la localización en territorio de una persona requerida».
Añade, sin embargo, que este proceso deductivo es «insuficiente» para una prueba indiciaria que sustente una acusación, pero insiste en la necesidad de esperar a la práctica de otras diligencias encaminadas a acreditar posibles conductas delictivas.
En relación a Villarino, el magistrado acuerda sobreseer el caso al considerar que es «alguien ajeno» al núcleo de personas que podrían conocer la situación procesal de Ghali y que habrían tomado la decisión de no informar a la Audiencia Nacional.
Por esta razón, el juez acuerda en su auto sobreseer el caso en relación a Villarino pero continuar con las investigaciones iniciadas para esclarecer el caso.
Fuente: EFE