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Españoles residentes en el exterior demandan a Hacienda por discriminación fiscal en el alquiler

Los afectados por el Brexit denunciaron ante la Comisión Europea a España y ven en la nueva demanda ante la Audiencia Nacional una posibilidad para sus casos

Españoles residentes en el exterior demandan a Hacienda por discriminación fiscal en el alquiler

Fachada con cartel de alquiler.

Alejandro del Campo, el abogado que ganó en los tribunales europeos a Hacienda por el modelo 720, relativo a los bienes sin declarar en el extranjero, ha presentado una nueva demanda ante la Audiencia Nacional por considerar que los españoles que residen fuera de la Unión Europea y con inmuebles en España sufren una «discriminación fiscal» mucho más severa que los españoles que residen en países comunitarios a la hora de alquilar sus viviendas.

Esta situación se ha agravado desde la salida del Reino Unido de la Unión Europea, ya que el número de afectados se ha multiplicado por 10, pero también afecta a españoles que viven en otros destinos. Según los datos del Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE), más del el 60% la población española residente en el extranjero vive fuera del ámbito de la Unión Europea.

Reino Unido, Francia y Cuba fueron los países con mayor incremento de españoles en 2021, que fue un 3,3% superior que el año anterior. De estos tres, solo Francia permanece dentro de la UE. En total, hay 2.742.605 españoles en el exterior: el 59% de estas personas inscritas tienen fijada su residencia en América, el 37,2% en Europa y el 3,8% en el resto del mundo.

«Los extracomunitarios que tienen inmuebles alquilados en España no es que tengan que pagar más, es que tienen que pagar muchísimo más que los comunitarios, pero también existe una discriminación de todos los no residentes, comunitarios y extracomunitarios, con viviendas alquiladas en España», explica Del Campo a THE OBJECTIVE.

En su demanda, estima que esta discriminación respecto de las personas residentes es de un 60% del rendimiento neto por arrendamiento de viviendas, ya que a los residentes en la declaración del IRPF les permiten descontar este elevado porcentaje. Es decir, se trata de una reducción que no pueden aplicar los que residen en el extranjero y, en consecuencia, la tributación de todos los no residentes es también muy superior a la de los residentes sujetos al IRPF.

A los españoles no residentes de países extracomunitarios se les aplica un tipo impositivo del 24%, al tener que tributar por el Impuesto Renta No Residentes sobre los ingresos brutos y, además, no pueden descontar ningún gasto. Mientras que los comunitarios deben tributar sobre el rendimiento neto y se les aplica el tipo del 19%.

Cuestión prejudicial ante el TJUE

Del Campo intentó en 2018 que la Comisión Europea intercediera, tal y como sucedió con su denuncia del modelo 720, con la iniciación de un procedimiento de infracción contra España. Pero en 2021 la Comisión consideró que aunque en base al artículo 63 del Tratado de Maastricht constataban una vulneración de la libre circulación de capitales, el artículo 64 del TFUE permitiría a España tener otro régimen para los no residentes extracomunitarios.

La argumentación de Bruselas se basa en que la normativa española es anterior a 1994, cuando entró en vigor el Tratado de Maastricth y se introdujo la libre circulación de capitales como una libertad inherente del Tratado, pero solo para los Estados miembros que formaban parte del mercado único. Y que ello no afecta a las relaciones con países terceros, como es ahora el caso del Reino Unido tras la victoria del Brexit y su salida de la UE en 2020.

Del Campo quiere demostrar que esta «interpretación» de la Comisión es errónea, y por esta razón ha llevado el asunto ante la Audiencia Nacional. En su escrito ya prevé que se puede elevar de forma subsidiaria una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea: «Veo tan clara una vulneración del derecho comunitario, que le solicito a la Audiencia inaplicar esa normativa discriminatoria, pero que si tienen dudas al respecto, que planteen una cuestión prejudicial al tribunal de Luxemburgo».

Ola de denuncias

Esta demanda se ha presentado después de que hace unos meses este abogado experto en asuntos fiscales presentara un recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional. El tribunal le pasó el expediente administrativo y ahora Del Campo ha presentado pruebas y expone todos sus argumentos.

La demanda inicial parte de un matrimonio residente en un país extracomunitario y con tres inmuebles alquilados en España, pero cuando Del Campo lo denunció ante la Comisión Europea y aportó un modelo en su página web que los afectados podían reproducir, originó una avalancha de denuncias, sobre todo de españoles residentes en el Reino Unido. Esto provocó que la Comisión preguntara a Hacienda sobre el asunto, pero finalmente archivó el caso al tratarse de un asunto que afectaba a terceros países fuera de la UE.

No obstante, la demanda ante la Audiencia Nacional abre la puerta a establecer un precedente. El tribunal español, por la primacía y efecto directo del Derecho Europeo, puede interpretar que la normativa española anterior a 1994 va en contra de la libre circulación de bienes. Aunque todavía puede pasar hasta año y medio para el fallo de la Audiencia. Asimismo, y través de la cuestión prejudicial, también el Tribunal de Luxemburgo podría pronunciarse. En caso de que algunos de los dos tribunales interprete la normativa como plantean los demandantes, los residentes fuera de España podrán pedir la devolución por impago indebido.

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