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Hacienda exime de informar sobre criptomonedas en la declaración de bienes en el extranjero de 2021

THE OBJECTIVE denunció hace dos días que los contribuyentes se estaban enfrentando a un verdadero caos por la declaración de estos activos

Hacienda exime de informar sobre criptomonedas en la declaración de bienes en el extranjero de 2021

María Jesús Montero, ministra de Hacienda, en una imagen de archivo.

El Ministerio de Hacienda acaba de anunciar que en el Modelo 720 no se debe informar de monedas virtuales o criptomonedas. Al no existir un modelo específico para esta presentación -porque el Gobierno no lo ha desarrollado todavía- han confirmado que «la declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero no es exigible respecto al ejercicio 2021«.

Así consta en una comunicación publicada este viernes en el portal de la Agencia Tributaria, que además se produce dos días después de que THE OBJECTIVE denunciara que los contribuyentes se estaban enfrentando a un verdadero caos por la declaración de estos activos, todavía sin desarrollo normativo que permitiese informar sobre ellos.

A falta de dos semanas para que expire la presentación del Modelo 720 sobre la declaración de bienes en el extranjero, nadie sabía si debía incluir monedas virtuales en este formulario. Según pudo confirmar este diario con varios despachos de abogados y especialistas tributarios, las dudas son importantes entre los contribuyentes ya que el Ministerio de Hacienda no aclaraba -hasta ahora- el criterio a aplicar.

Ley Antifraude

En junio del año pasado, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley Antifraude que entre sus muchas normas incluía «la obligación de informar sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero» para bienes superiores a los 50.000 euros. Se indicó además que para ello habría que crear un nuevo formulario (un Modelo 721) o incluir un apartado detallado en el 720 con la forma y datos que debía tener esta declaración.

De esta manera, la declaración estaba sujeta a un desarrollo normativo que no se ha realizado y que podría retrasarse un año más, según reconoció el Gobierno en el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2022. El plan recogido por este diario indicaba que en el ejercicio 2022 se desarrollarán reglamentariamente las nuevas obligaciones de información sobre monedas virtuales introducidas por la Ley 11/2021, de 9 de julio. Sin embargo, hasta ahora Hacienda seguían sosteniendo que debía realizarse la declaración.

No obstante, el hecho de que no sea obligatoria la presentación de la declaración de criptodivisas en el extranjero no significa que no haya control sobre estos activos. En primer lugar, sigue siendo obligatorio incluir en la declaración de la Renta los criptoactivos dentro del territorio español. 

Seguimiento de las criptodivisas

Según Consultoría Legal Cripto la tributación de este tipo de activos debe hacerse por tramos: los primeros 6.000 euros al 19%, los siguientes 44.000 euros al 21%, hasta 150.000 euros al 23% y al 26% a partir de 200.000 euros. Sin embargo, el carácter global de estos activos hace que la declaración en la Renta sea muy limitada, por lo que es fundamental para su control tener la información sobre ellos en el extranjero. 

Del mismo modo, y como ya ha advertido este diario, el Ministerio sigue tratando de que afloren este tipo de activos, aun sin haber concretado su desarrollo normativo. En concreto, la Agencia Tributaria ha pedido a algunos contribuyentes que declaren el saldo criptográfico a 31 de diciembre de los ejercicios 2017, 18, 19 y 20.

Esta campaña se enmarca dentro de la política que ha emprendido España, en la línea de otras potencias del entorno, para controlar el mercado criptográfico, cuyo volumen de capitalización se disparó precisamente en 2017. Además, se da la circunstancia de que las posibles faltas y delitos económicos de ese año caducarán en los próximos meses.

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