El Poder Judicial aprueba el informe crítico con la 'ley trans' por unanimidad
El borrador del mismo ya señalaba los problemas que podía constituir para los derechos de las mujeres no transexuales
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha validado por unanimidad el informe crítico sobre la futura ley trans planteada por el Gobierno. Los magistrados señalan que ciertos aspectos contemplados por la norma podrían vulnerar derechos de las mujeres no transexuales y ha reclamado un mayor control en el caso de los menores de 16 años que deseen embarcarse en un proceso de cambio de sexo.
El Pleno del CGPJ ha avalado el grueso de la propuesta de los ponentes del dictamen sobre el anteproyecto de ley trans elaborado por el Ministerio de Igualdad y que vio la luz después de una dura negociación en el seno del Gobierno. A comienzos de abril ya se conocieron los primeros detalles del texto, que señalaba vulneraciones a los derechos de las mujeres en la normativa.
Posibilidad de vulnerar los derechos de las mujeres no transexuales
El órgano de gobierno de los jueces ve loable la finalidad de la norma, pero incluye diversas consideraciones que advierten de que, si no se precisa en la ley, las mujeres no transexuales podrían ver vulnerados sus derechos en ámbitos como el deportivo o la violencia de género.
En el caso de los menores que quieran cambiar de sexo, el informe considera que entre los 14 y los 16 años (tal y como contempla la norma para los menores de entre 12 y 14) también debería intervenir un juez, para comprobar que el menor tiene suficiente madurez y estabilidad.
«De este modo, se extendería hasta la mayoría de edad el procedimiento previsto en el anteproyecto para los menores de entre 12 y 14 años, que requiere de aprobación judicial, previa tramitación de un expediente de jurisdicción voluntaria y la demostración de la madurez necesaria y de la voluntad estable de proceder a la rectificación registral del sexo», ha explicado el órgano judicial.
Los magistrados piden darle rango de ley orgánica
Del mismo modo, se ha aprobado por mayoría proponer que se valore la necesidad de que algunos de los preceptos del texto remitido por el prelegislador tengan rango de ley orgánica al ser su finalidad esencial desarrollar el principio de igualdad -recogido en el artículo 14 de la Constitución- en relación con las personas LGTBI y transexuales.
Además, en el texto se recoge la disconformidad del CGPJ con la prohibición de terapias de conversión que recoge el anteproyecto ya que considera que «no cabe la prohibición en aquellas situaciones en las que se cuenta con el consentimiento del afectado«.
También se recomienda modificar la expresión «mujeres no transexuales» que figuraba en el apartado de la propuesta que se refería al riesgo de discriminación de aquellas personas no contempladas en el ámbito subjetivo de aplicación de la norma proyectada, y sustituirla por la palabra «mujeres».