Gabilondo concluye que el CNI actuó conforme a la ley en el espionaje con Pegasus
El presidente Sánchez expulsó a Paz Esteban de la dirección del cuerpo entre acusaciones de delito por este proceso
El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha verificado que la actuación del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) se realizó conforme a la Constitución y la Ley en los 18 casos examinados de los independentistas cuyo teléfono móvil fue espiado con ‘spyware’ Pegasus, según ha comunicado la oficina del Defensor.
No obstante, cree que es deseable abrir una reflexión sobre la suficiencia o insuficiencia del control judicial previo debido a la evolución de las tecnologías en las últimas décadas: «No es lo mismo la interceptación de las comunicaciones en 2022 que en 2002».
En la misma se precisa que los documentos clasificados a los que ha tenido acceso el Defensor del Pueblo y su equipo «responden a lo que era preciso conocer sobre este asunto«. Añaden, además que responden a lo que «particularmente» era necesario saber sobre lo que se debía «cotejar en relación con el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 11/2002, de 6 de mayo, reguladora del CNI, sobre el control judicial previo de las intervenciones de las comunicaciones».
Tras este análisis, el Defensor del Pueblo concluye que el CNI ha actuado con respeto a las diferentes disposiciones legales
relativas al control judicial previo de las intervenciones de las comunicaciones que se han producido sobre una parte, en concreto sobre 18, de las personas aludidas en diferentes informaciones publicadas el pasado mes de abril.
Sánchez expulsó a Paz Esteban por esta causa
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, expulsó a la directora del CNI por la actuación del cuerpo con Pegasus en el espionaje a los líderes independentistas. En la sesión de control al Ejecutivo del día siguiente, el líder socialista deslizó que la decisión relativa al cese de Esteban se tomaba debido a irregularidades en las escuchas, algo que ahora queda desmentido.
A esta versión se sumó la ministra de Defensa, Margarita Robles, quien afirmaría que el espionaje con Pegasus se llevó a cabo de forma «legal y motivada», desmintiendo de nuevo al mandatario.
Gabilondo pide respetar los autos del Supremo y el CNI
Además, la nota precisa que Ángel Gabilondo, tras examinar los autos del magistrado del Tribunal Supremo encargado de la autorización judicial previa, durante el tiempo que estimó necesario, ha constatado que «los autos estaban extensamente motivados«; el «elevado grado» de detalle de la información de la que disponía el magistrado del Tribunal Supremo para adoptar la decisión y la «existencia de un protocolo que articula la relación del CNI con el magistrado» del Tribunal Supremo quien decide, tras recibir información precisa, sobre los hechos que justifican la petición.
El Defensor también precisa que existe normativa interna en el CNI que requiere unos procedimientos o medios especiales para la obtención de información, y que contempla los supuestos de necesidad de autorización judicial.
El equipo de Gabilondo también señala que «existe normativa interna» en el CNI para el análisis-evaluación del funcionamiento del procedimiento que conduce a las autorizaciones judiciales previstas establecidas en la Constitución y la Ley.
Y precisa que, conforme a esa normativa, se ha elaborado un informe (al que ha tenido acceso el Defensor del Pueblo) sobre los hechos referidos en esta actuación de oficio. Recalcando, además, que «las intervenciones se han producido en todos los casos tras la autorización judicial«.
Gabilondo destaca la transparencia del CNI
No obstante, el Defensor del Pueblo, tras destacar el ejercicio de transparencia del CNI en esta actuación, explicita una serie de consideraciones para que «sean tenidas en cuenta». Entre otras, plantea «abrir una reflexión sobre el control judicial«.
Argumenta, en este sentido, que los 20 años transcurridos desde la promulgación de la Ley 11/2002, del 6 de mayo, y la evolución de las tecnologías en las últimas décadas, sumado a los cambios que están por venir, «debe conducir a meditar sobre la suficiencia o insuficiencia del control judicial existente».
Así, aclara que «no es lo mismo la interceptación de las comunicaciones en 2022 que en 2002, ni significará lo mismo en unos pocos años».