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El TC admite el recurso del PP contra Batet por no pedir los expedientes de los indultos

Cuca Gamarra acudió a los tribunales por entender que se había incurrido en una vulneración de sus derechos como parlamentaria

El TC admite el recurso del PP contra Batet por no pedir los expedientes de los indultos

La presidenta del Congreso, Meritxell Batet.

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por la secretaria general del Partido Popular (PP), Cuca Gamarra, contra la decisión de la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, de no pedir al Gobierno los expedientes completos de los indultos concedidos a los líderes del ‘procés’.

Según ha comunicado la corte de garantías, se ha aceptado tanto su remisión a Pleno desde la Sala Primera, para que el asunto fuera analizado por el conjunto de los magistrados, como su admisión a trámite, con lo que ahora el TC estudiará el fondo del recurso del PP para resolver si lo rechaza o lo estima.

Fue el pasado 23 de junio cuando los ‘populares’, con Gamarra a la cabeza, presentaron ante la Mesa una solicitud de informe al Ministerio de Justicia y a la Presidencia del Gobierno para que se recabasen todos los informes y documentos que integraban los expedientes de estos indultos.

Esta pretensión, rechazada directamente por Batet el 13 de septiembre, provocó que la portavoz del PP en la Cámara Baja acudiese al Tribunal Constitucional por entender que se había incurrido en una vulneración de sus derechos como parlamentaria.

El Gobierno se escuda en la protección de datos

El Gobierno, por su parte, rechazó el pasado mes de agosto «hacer públicos» o «dar acceso a los expedientes» completos de los indultos a los líderes del ‘procés’ sin el «consentimiento expreso» de los afectados, amparándose en la Ley de Protección de Datos y en los plazos marcados en la Ley del Patrimonio Histórico Español.

Esta última establece que los documentos que contengan datos personales que puedan afectar a la seguridad de las personas, no podrán ser publicados sin consentimiento expreso de los afectados, hasta que haya transcurrido un plazo de 25 años desde su muerte o, en otro caso, de 50 años, a partir de la fecha de los documentos.

El Ejecutivo respondió así a una pregunta registrada en junio del pasado año por el diputado del Grupo Mixto Pablo Cambronero, y recogida por Europa Press, en la que instaba al Gobierno a dar a conocer los documentos íntegros.

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