El Ministerio de Interior oculta las importaciones y exportaciones de armas en España
El Consejo de Transparencia avala la negativa de Interior a dar información al respecto porque «supone una elevada carga de trabajo», pese a que dispone de los datos solicitados
El Ministerio del Interior se niega a informar de las importaciones y exportaciones de armas en España. Y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno avala su decisión, según una resolución publicada por este ente, que considera abusiva la petición de información de un particular que pedía conocer datos específicos sobre las empresas y personas físicas que han remitido solicitudes de actividad ante la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (Cipae).
El Consejo de Transparencia deniega el acceso a la información requerida por un particular, que en concreto pedía conocer el nombre de las empresas que han realizado solicitudes para importar y exportar armas o explosivos, en qué fecha, a dónde, qué tipo de material y si finalmente la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos aprobaba o rechazaba la actividad.
El Ministerio del Interior, dentro del cual se ubica el Cipae, alegó que responder a la solicitud de información «supone una elevadísima carga de trabajo»: «Sería necesario analizar una por una las aproximadamente 2300 solicitudes presentadas para anonimizarlas, determinar si la presentó una persona física o jurídica, la fecha de la solicitud, el tipo y la cantidad de armas o explosivos, el origen y el sentido del informe».
Transparencia asume que responder a la solicitud de información «paralizaría» la actividad de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos (Cipae)
«Este trabajo paralizaría la secretaría de la Cipae y obligaría a constituir un equipo de apoyo en la Vicesecretaría General Técnica por un período de tiempo indeterminado», sostiene el Ministerio del Interior en su respuesta, en la que insiste que esta unidad «tiene importantes carencias en materia de personal que harían imposible formar el aludido equipo de apoyo» si no es detrimento de otras responsabilidades de Gobierno.
Transparencia asume la versión de Interior y entiende que «facilitar la información requerida con el nivel de desglose y detalle solicitado obligaría a paralizar el resto de la gestión de los sujetos obligados a suministrar la información, impidiendo la atención justa y equitativa de su trabajo y el servicio público que tienen encomendado». Por ello, considera que el «elevado número de expedientes» que deberían ser revisados hace inviable el acceso a esta información, según se recoge en la resolución consultada por THE OBJECTIVE.
Una solicitud «abusiva»
De este modo, Transparencia avala que Interior rechazara la solicitud de información al considerarla «abusiva»: «Una solicitud puede entenderse abusiva cuando, de ser atendida, requiriera un tratamiento que obligara a paralizar el resto de la gestión de los sujetos responsables de suministrar la información, impidiendo la atención justa y equitativa de su trabajo y el servicio público que tienen encomendado», sostiene el Ministerio.
El propio solicitante expone la controversia existente con respecto a la falta de recursos en este tipo de casos, e invoca la resolución R-0394-2018 del propio Consejo de Transparencia, que sostiene que «el volumen de la información y la falta de medios no operan en la LTAIBG como causa de inadmisión de la solicitud ni como límite al derecho de acceso».
Interior ya dispone de la información
En este sentido, el solicitante incide en que su petición «entronca claramente con el espíritu de la LTAIBG y con la finalidad de la ley. Conocer los datos solicitados permitiría ver cómo ha actuado la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos y, por lo tanto, serviría para someter a escrutinio la acción de los responsables públicos, conocer cómo se toman las decisiones públicas y conocer bajo qué criterios actúan las instituciones públicas».
Se trata, de hecho, de información de la que ya dispone la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos. El propio solicitante esgrime que el Registro de Actividades de Tratamiento del Ministerio del Interior establece que la Cipae debe recoger los datos de las empresas interesadas, nombre y apellidos, DNI/NIF/Documento identificativo, firma y domicilio, entre otros. Dichos expedientes, según recoge el citado documento oficial, «se guardan en papel y en archivos informáticos», y se custodian en la calle Amador de los Ríos, en Madrid.