PSOE y Podemos bloquean en el Congreso la tramitación legislativa de 20 decretos leyes
Pedro Sánchez acumula 89 decretos desde que llegó a La Moncloa y es el presidente del Gobierno que más ha recurrido a este procedimiento excepcional
El Gobierno de Pedro Sánchez es una máquina de aprobar reales decretos leyes, un recurso legislativo excepcional previsto por la Constitución que permite al Ejecutivo sacar adelante cualquier norma sorteando la labor del Congreso de los Diputados en caso de «urgente necesidad». Desde que Sánchez está en La Moncloa, el Gobierno ha aprobado 89 decretos.
Durante lo peor de la pandemia, su uso frecuente estaba justificado, pero el hábito se ha mantenido después y, para colmo, resulta que algunos de esos decretos se encuentran en una especie de limbo legislativo: están en vigor, pero su tramitación parlamentaria como proyectos de ley no avanza por el bloqueo de PSOE y Podemos, que controlan la Mesa del Congreso.
El modus operandi suele ser el siguiente. Primero, el Gobierno aprueba un decreto con el argumento de que es urgente por culpa de la covid, la guerra de Ucrania o cualquier otro motivo. Luego, se somete a votación en el Congreso en el plazo de 30 días, tal y como establece la Constitución. En numerosas ocasiones, los grupos parlamentarios de la oposición, especialmente los minoritarios (Partido Nacionalista Vasco, Coalición Canaria…), acaban apoyando los decretos tras recibir garantías por parte del Gobierno de que serán tramitados como proyectos de ley y se podrán enmendar sus contenidos.
Sin embargo, una parte de esos proyectos acaba en un cajón sin que arranque su tramitación parlamentaria… y mientras tanto sigue en vigor el decreto de turno. En el caso de los 89 decretos leyes aprobados en la era Sánchez, solo 47 se están tramitando como proyectos de ley, y de ellos 20 están en ese limbo legislativo. Esta práctica está generando suspicacias en la oposición, que en más de una ocasión ha tildado de abusiva la utilización de este recurso. Es el caso de la portavoz del Grupo Popular en el Congreso, Cuca Gamarra, que ha declarado a THE OBJECTIVE que esta incontinencia normativa «es un reflejo más de que Sánchez considera el Congreso un apéndice más del Gobierno, y también de su falta de transparencia». La política del PP sostiene además que esta forma de proceder «hurta la función legislativa al Parlamento» y añade que es una clara muestra de la «falta de palabra» de un Pedro Sánchez que «se compromete a tramitar los decretos como proyectos de ley pero después los bloquea.»
Según los datos recogidos en el informe de ‘Producción normativa’ elaborado por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), Sánchez es el presidente del Gobierno que más ha empleado este instrumento legislativo. Además, en los últimos años se ha producido un deterioro de la calidad técnica de los decretos: han sido múltiples las ocasiones en las que los textos aprobados inicialmente han tenido que sufrir modificaciones y precisiones para aclarar el tenor de su articulado, lo que ha provocado gran incertidumbre jurídica.
Ignacio Álvarez, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), considera que «es una pésima técnica legislativa que el Gobierno apruebe tantísimos decretos leyes», y añade que se trata de un recurso del que «se abusa para aprobar cosas que si se tramitasen a través de un proyecto de ley podrían no salir adelante». Álvarez explica a THE OBJECTIVE que «el Tribunal Constitucional ha sido muy benevolente a la hora de interpretar lo que puede considerarse como extraordinaria y urgente necesidad», lo que ha provocado que se haya creado «un cajón de sastre donde el Gobierno de turno ha hecho lo que ha querido».
Álvarez afirma que «los decretos leyes se están convirtiendo, soterradamente, en leyes ómnibus», término utilizado para hacer referencia aquellas disposiciones que regulan «materias de toda índole», lo que, según sus palabras, «hace muy difícil que de una manera u otra no afecten a algún derecho fundamental».
Riesgo de filibusterismo
Además, 20 de los proyectos de ley aprobados para que los grupos parlamentarios pudieran presentar enmiendas permanecen flotando en un limbo legislativo. Algo que, según María Garrote de Marcos, Doctora en Derecho por la UCM, «se ha convertido en algo habitual con cualquier Gobierno». Esto se produce porque PSOE y Unidas Podemos tienen mayoría en la Mesa del Congreso, que es el órgano que establece los tiempos para el inicio de la tramitación de las iniciativas legislativas, lo que les permite modificar los plazos de forma unilateral. Garrote afirma a THE OBJECTIVE que «esta ampliación se lleva a cabo para que los grupos parlamentarios tengan tiempo para presentar enmiendas, lo cual es positivo».
Sin embargo, la experta en Derecho Constitucional aclara que «cuando esto se dilata demasiado y no se hace para facilitar la presentación de enmiendas de calidad, se corre el riesgo de caer en el filibusterismo». De este modo y, debido a que el Reglamento del Congreso no establece ningún límite, los socios de Gobierno se han dedicado a ampliar sucesivamente los plazos para la presentación de enmiendas, imposibilitando su tramitación efectiva. Esta circunstancia provoca la suspensión de cualquier propuesta lanzada por sus rivales políticos directos.
Este es justamente el caso del proyecto de ley derivado del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, aprobado el pasado mes de marzo. Además, la prórroga de estas medidas anunciada por Sánchez hará necesaria la aprobación de un nuevo decreto ley que ya ha provocado tensiones entre el Gobierno y la oposición.
El de Ucrania es el ejemplo más reciente pero ni mucho menos el único. De esa veintena de proyectos de ley paralizados, la mitad derivan de reales decretos destinados a la adopción de medidas para hacer frente a la pandemia durante 2020 y 2021. El más antiguo, dirigido a la reactivación económica en los ámbitos de transportes y vivienda, está a punto de cumplir dos años en la nevera (data de julio de 2020), y sus plazos para la presentación de enmiendas han sido ampliados la friolera de 75 veces. Entre las leyes procedentes del citado paquete de medidas para la lucha contra la COVID-19 también permanecen en stand by la de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria (diciembre de 2020), la relativa a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes (diciembre de 2020), la que se centra en la adopción de medidas sociales urgentes para la defensa del empleo (enero de 2021), o la de apoyo a empresas y autónomos afectados por la pandemia (mayo de 2021), por citar algunas.
Pero también permanecen «congelados» numerosos proyectos que nada tienen que ver con la situación de urgencia sobrevenida por la crisis sanitaria. De esta manera, el Gobierno sigue dilatando la tramitación de leyes como la de medidas de adaptación al Brexit, la que está orientada a la reducción de la brecha de género, o la de adopción de medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables, que lleva ya seis meses en la recámara.
En ese mismo cajón normativo se encuentran otras 25 iniciativas legislativas no procedentes de decretos leyes. Paradójicamente, entre estas leyes pueden encontrarse algunas proposiciones de ley planteadas por los socios del Gobierno de coalición. Si una vez finalizada la legislatura, un proyecto o proposición de ley no ha sido aprobado definitivamente, la ley «decae con todas sus enmiendas», algo que, según Garrote, «es algo que sucede con muchísimas iniciativas». La profesora de Derecho Constitucional subraya que la figura del decreto ley «es una norma extraordinaria, una especie de anomalía, porque quien tiene que legislar es el Parlamento».
Cómo funciona el real decreto ley
El real decreto ley se diferencia de la ley en que, mientras el primero emana del Gobierno, las leyes están promulgadas por el Parlamento. El artículo 86 de la Constitución Española establece que los decretos leyes son herramientas legales que el Gobierno puede emplear únicamente en casos de extraordinaria y urgente necesidad. Asimismo, estas disposiciones no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.
Una vez aprobado el decreto ley por el Gobierno, este debe someterse a votación por parte del Congreso en el plazo de 30 días después de su promulgación. Es en esta fase del procedimiento cuando los grupos parlamentarios votan, bien para convalidar el decreto, bien para derogarlo, bastando la mayoría simple para su validación definitiva.
En caso de ser convalidado se presentan dos posibilidades. Tal y como indica el artículo 151.4 del Reglamento del Congreso, el presidente preguntará si algún grupo parlamentario desea que se tramite como proyecto de ley. En caso afirmativo, la solicitud será sometida a decisión de la Cámara. Si esta se pronunciase a favor, se tramitará como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia y los grupos parlamentarios podrán presentar las enmiendas que consideren oportunas. Si por contra, la Cámara no respalda la propuesta, el decreto ley saldría adelante íntegro, sin la posibilidad de aplicar ningún tipo de modificación.