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La paradoja legal del 'caso Juana Canal': ¿podrá ser condenado el autor del crimen tras 19 años?

La Policía ha trabajado a contrarreloj para evitar que el delito caducase. Ahora, la imputación de homicidio paraliza la prescripción, según los expertos

La paradoja legal del ‘caso Juana Canal’: ¿podrá ser condenado el autor del crimen tras 19 años?

A la izda, el autor confeso, Jesús Pradeles. A la dcha, la víctima, Juana Canal. | TO

Diecinueve años y ocho meses separan la desaparición de Juana Canal, en febrero de 2003, y la confesión de su expareja, Jesús Pradeles, en la que, el pasado jueves 27 de octubre de 2022, admitió que acabó con ella en su piso de la calle de Boldano, en el barrio madrileño de Ciudad Lineal. Lo hizo, primero, ante los investigadores, tanto de Policía Nacional y Guardia Civil, que retomaron el caso tan solo hace unos meses. Y, después, ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Ávila, que acordó la prisión provisional, comunicada y sin fianza tras imputarle un delito de homicidio en el ámbito de la violencia de género. 

Una confesión de varias horas que dio la vuelta a un suceso caído en el olvido. Almacenado en el cajón tras casi dos décadas, el caso volvió a ponerse encima de la mesa después de que un senderista encontrase restos óseos de la desaparecida en 2019, a pocos kilómetros de una finca de la familia del investigado, en Ávila. Sin embargo, no fue hasta el miércoles cuando, tras reunir suficientes indicios, los agentes detuvieron a Jesús Pradeles en su domicilio, ante la presencia de su mujer, con la que rehizo su vida a los seis meses de acabar con Juana Canal.  

Veinticuatro horas después, tal vez para sorpresa de muchos después de haber guardado para sí mismo tanto tiempo lo que ocurrió aquella madrugada del 23 de febrero, el detenido reveló ante los agentes que mató a su pareja tras una fuerte discusión. Según su declaración, adelantada por Abc, él le dio un golpe, aunque siempre sin intención de matarla, que le provocó la muerte. Tras lo que la descuartizó en dos partes, la metió en dos maletas y la llevó en su coche hasta la finca, a 100 kilómetros de Madrid, donde la enterró en dos zonas distintas del paraje.  

Prescripción del delito penal

Aunque todavía quedan muchas incógnitas por despejar, pues los investigadores todavía manejan indicios, pero no pruebas sólidas, sobre la forma en que el acusado acabó con su expareja o de si requirió de la ayuda de otras personas, la principal es si este vendedor ambulante podrá ser condenado por el crimen 19 años después de haberlo cometido. Los investigadores, precisamente, han trabajado a contrarreloj para desentrañar los hechos porque el caso prescribía a los 20 años. Es decir, dentro de unos meses. 

Que las pesquisas policiales avancen, sin embargo, no va unido a que ese delito no haya prescrito en el momento en el que se juzgue al presunto homicida, según aseguran las fuentes jurídicas consultadas por THE OBJECTIVE. Según el artículo 131.1 del Código Penal, el plazo de prescripción del delito de homicidio es de dos décadas. Habida cuenta del momento en el que se encuentran las actuaciones judiciales, el investigado no se sentaría en el banquillo hasta transcurridos varios meses, puede que incluso años. ¿Tendría entonces que absolver el juzgado a Jesus Pradeles por haber caducado el delito presuntamente cometido?

Excepciones

La respuesta es no; al menos si se dan una serie de circunstancias. Las mismas fuentes explican que existe una serie de actos que interrumpen la prescripción penal. Según reza el apartado 132.3 del Código Penal, solo puede ser paralizado «el termino prescriptivo por actos procesales dotados de auténtico contenido material o sustancial, entendiendo por tales los que implican efectiva prosecución del procedimiento, haciendo patente que el proceso avanza y se amplía consumiéndose las distintas fases o etapas». 

De este modo, señalan varios letrados a este periódico, el hecho de que el Juzgado de Instrucción número 3 de Ávila haya decidido seguir con la acusación contra el investigado, tomándole declaración, habría detenido el plazo de extinción del delito. Al interpretarse la decisión del juez como un acto «suficientemente motivado» que acredita el desarrollo del proceso. Un punto que, además, es fundamental para que los agentes continúen con sus investigaciones para determinar, entre otras cuestiones, si se trata, de un homicidio o un asesinato. 

Confesión

La imputación de un delito, en cualquier caso, no es suficiente a largo plazo. La doctrina del Tribunal Supremo establece que, para que el delito no caduque, las resoluciones o diligencias que se practiquen en la causa penal han de tener «contenido sustancial propio de la puesta en marcha y procedimiento». De manera que, no solo son válidas «actuaciones prácticas con fines de investigación sumarial, sino las de ordenación de procedimiento: admisión y rechazo de pruebas, señalamiento del juicio oral…». 

Otras fuentes expertas consultadas por este diario señalan, en cambio, que la confesión del investigado como autor del crimen resultará crucial para el proceso judicial —aunque no se dispongan todavía de suficientes pruebas que lo incriminen— en tanto que supone una garantía de que se hará justicia. Estas fuentes indican como «bastante problable» incluso que el investigado haya podido pactar una reducción de pena con la Fiscalía de cara a una futura condena. 

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