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Condenados a 11 años de inhabilitación cinco alcaldes del Valle del Jerte por prevaricación

Los regidores de las cinco poblaciones entre 2015 y 2019 están acusados de permitir que se vertieran destríos de cerezas en vertederos clausurados

Condenados a 11 años de inhabilitación cinco alcaldes del Valle del Jerte por prevaricación

Audiencia Provincial de Cáceres. | Turismo de Cáceres

La Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a 11 años de inhabilitación para empleo o cargo público a los alcaldes de cinco pequeñas localidades del Valle del Jerte durante el ejercicio de 2015 a 2019 por un delito de prevaricación administrativa. Se trata de los regidores de Rebollar, Cabrero, Cabezuela del Valle, Navaconcejo y Tornavacas, que pertenecen tanto al PSOE como al PP. Tres de ellos continúan activos. Están acusados de permitir que se vertieran destríos de cerezas en vertederos clausurados por la Diputación de Cáceres. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial considera como hechos probados que se vertieron destríos de cerezas en zonas degradadas que habían sido recuperadas. Las parcelas donde se ubicaban las escombreras estaban ubicadas en terrenos municipales. Los trabajos, que finalizaron en junio de 2014, consistieron en la clausura y recuperación de los vertederos de Tornavacas, Cabezuela del Valle, Rebollar, Navaconcejo y Cabrero y otras localidades del Valle del Jerte.

El juicio se celebró el 18 de octubre y los condenados mantuvieron su inocencia. Sin embargo, la sentencia indica que se remitió una carta a los regidores de la zona, entre ellos los cinco inhabilitados, informándoles de que estaban obligados a evitar nuevos depósitos en lugares que no estaban legalmente autorizados. A pesar de ello, los acusados procedieron a la apertura de zanjas destinadas al destrío de cerezas sobre las superficies recuperadas sin recabar ningún tipo de autorización o permiso.

Inhabilitación en pleno ejercicio

El texto, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, también acredita que, durante los años que se desempeñaron como alcaldes, los acusados permitieron vertidos y no adoptaron medidas que lo impidiese. Entre los condenados hay tres regidores que mantienen el cargo: el socialista José Antonio Recio en Tornavacas (1.200 habitantes); Félix Díaz, del PP, en Rebollar (213 vecinos) y María Fe Plata, del PSOE, que en la anterior legislatura fue alcaldesa en Cabrero (328 habitantes) y ahora desempeña esa función en Carcaboso.

Los otros regidores inhabilitados son el socialista Natalio Nuñez, que fue regidor de Cabezuela del Valle (2.150 habitantes) y José Antonio Moreno, que ocupó ese cargo en Navaconcejo (2.000). Los vertidos ilegales se realizaron entre 2014 y 2018. En un principio, la Fiscalía denunció a 15 municipios del Valle del Jerte, aunque la mayoría de los casos han sido archivados. El Ministerio Público solicitaba para los acusados 13 años de inhabilitación para cargo público.

Cerezos en el Valle del Jerte, donde han sido inhabilitados cinco alcaldes. | Foto: Gustavo Valiente (Europa Press)

La Fiscalía mantiene en su informe que los condenados tenían la obligación de evitar nuevos depósitos y vertidos en lugares que no están legalmente autorizados para recibirlos. Debían hacerlo mediante el ejercicio de las potestades administrativas en su localidad. Un control que, según señala la acusación, no se llevó a cabo.

En los municipios de los alcaldes condenados se advirtió la presencia de vertidos incontrolados «consistentes en escombros de obras, residuos domésticos, restos de muebles, envases de plásticos y cristal, residuos peligrosos, productos fitosanitarios y sustancias químicas nocivas», según recoge el escrito del Ministerio Público.

Zonas recuperadas

En el caso de Rebollar, Cabrero y Tornavacas los acusados «llegaron a estimular con colocación de carteles y el dictado de bandos municipales que los propios vecinos del pueblo o cualquier tercero interesado pudiese arrojar residuos en las zonas recuperadas». La Fiscalía señala que se reabrieron los vertederos clausurados pese a haberse comunicado a los Ayuntamientos la obligación de controlar que no se vertieran residuos.

Los condenados han mantenido en todo momento su inocencia. La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.

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