THE OBJECTIVE

Cataluña alega ahora ante el TC que el castellano es «vehículo» y «lengua docente»

El Parlament sostiene ante la Justicia que su decreto y ‘ley del catalán’ reconocen por primera vez el «uso educativo» del castellano «más allá» de una asignatura

Cataluña alega ahora ante el TC que el castellano es «vehículo» y «lengua docente»

El conseller de Educació, Josep González Cambray | Europa Press

El Parlament ha presentado ante el Tribunal Constitucional sus alegaciones tras el recurso presentado por PP y Ciudadanos contra las nuevas leyes lingüísticas del Govern que intentan esquivar el 25% de horas lectivas en castellano en las escuelas de Cataluña. En dichas alegaciones, a las que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, mantienen un discurso diametralmente opuesto a las instrucciones que el consejero de Educación, Josep González Cambray, ha enviado a los centros para no incluir la lengua de más de la mitad de los catalanes en sus proyectos lingüísticos. Incluso aseguran que, con su nueva legislación aprobada en esta legislatura, «reconocen a la lengua castellana la condición de lengua de enseñanza en Cataluña», algo que no «había sido reconocido expresamente hasta ahora».

En las 74 páginas de alegaciones, firmadas por el exletrado mayor del Parlament Antoni Bayona, se esgrime que «lo que se acaba de exponer lleva a la importante conclusión de que las medidas adoptadas por las normas impugnadas, especialmente las contempladas en los apartados 1 y 2 del artículo 2 de la Ley 8/2002, reconocen a la lengua castellana la condición de lengua de enseñanza en Cataluña. Este uso nunca ha sido excluido por la normativa lingüística catalana, pero tampoco había sido reconocido expresamente hasta ahora. En cambio, ahora sí ocurre con la nueva normativa, y esto pone en evidencia el planteamiento de fondo del recurso cuando atribuye a las normas impugnadas la voluntad de excluir el uso de la lengua castellana en la enseñanza no universitaria». 

El Tribunal Constitucional debe resolver sobre las leyes lingüísticas del Govern que no aplican el 25% de castellano
El Tribunal Constitucional debe resolver sobre las leyes lingüísticas del Govern que no aplican el 25% de castellano

«Vehículo de comunicación»

El letrado del Parlament, en representación a los acuerdos aprobados por la Mesa de la Cámara, pretende con este texto que el tribunal de garantías resuelva que no son inconstitucionales ni el Decreto ley 6/2022, por el que se fijan los criterios aplicables a la elaboración, la aprobación, la validación y la revisión de los proyectos lingüísticos de los centros educativos, ni la Ley 8/2022 sobre el uso y el aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria.

Alegaciones del Govern ante el Constitucional sobre las leyes del catalán en las escuelas by Laura Fàbregas on Scribd

Por esta razón, argumenta que dichas normas «contemplan que la lengua castellana también se incardine en el mismo como vehículo de comunicación en la educación y como lengua utilizada para impartir contenidos educativos». 

El castellano, más que una asignatura

En el texto también sostienen que el castellano es mucho más que una asignatura: «Todo esto se confirma con lo que establecen el apartado 4 del artículo 2 de la Ley 8/2022 y el artículo 3 del Decreto-ley cuando, en relación a los proyectos lingüísticos de los centros educativos, se refieren, respectivamente, a la determinación de la ‘presencia de las lenguas cooficiales’ en la enseñanza no universitaria y al ‘tratamiento de las lenguas en el centro’, unas expresiones que aluden claramente a su uso educativo y van más allá, por tanto, de su mera consideración como materias que deben ser objeto de estudio».

En la misma línea, se afirma que los proyectos lingüísticos de las escuelas ya contemplan el «uso curricular y educativo» de ambas lenguas: «Este precepto establece una doble garantía lingüística: la de la enseñanza de las lenguas propiamente dicha como materia o contenido de aprendizaje y su uso como lenguas de comunicación en la enseñanza. Hay que destacar de manera especial que esa doble garantía alcanza a ambas lenguas y significa que su uso curricular y educativo debe ser contemplado en la ordenación curricular y en los proyectos educativos».

Además de sostener en reiteradas ocasiones esta condición de lengua docente y de comunicación del castellano, las alegaciones buscan que el Tribunal Constitucional rechace la imposición de porcentajes bajo el argumento de que «los centros educativos presentan situaciones sociológicas particulares y diferentes entre ellos, que son muy relevantes a efectos del uso de las lenguas oficiales en la enseñanza». Y enmarcan en la autonomía de los centros educativos «reconocida por la Constitución», la flexibilidad en los planes educativos y lingüísticos.

Cambio de discurso en los tribunales

A diferencia de las instrucciones que Cambray ha enviado a las escuelas, así como de las proclamas públicas sobre la «legitimidad» del Parlament para legislar a su manera, reconocen ante la Justicia que todo ello «no significa que la Generalidad tenga libertad absoluta para establecer el régimen lingüístico de la enseñanza».

E insisten en que «el catalán y el castellano no son solo lenguas objeto de enseñanza, sino también medio de comunicación en el conjunto del proceso educativo, de modo que es constitucionalmente obligado el reconocimiento por los poderes públicos de ambas lenguas como vehiculares (STC 31/2010, FJ 24)».

También te puede interesar
Publicidad
MyTO

Crea tu cuenta en The Objective

Mostrar contraseña
Mostrar contraseña

Recupera tu contraseña

Ingresa el correo electrónico con el que te registraste en The Objective

L M M J V S D