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Malestar entre los vocales del CGPJ por la tramitación de la reforma de la sedición

Al presentarlo como proposición de ley se evitará solicitar informe al órgano de gobierno de los jueces

Malestar entre los vocales del CGPJ por la tramitación de la reforma de la sedición

Consejo General del Poder Judicial. | Europa Press

La decisión de PSOE y Unidas Podemos de presentar su propuesta para derogar el delito de sedición, creando un tipo nuevo con penas menores, como una proposición de ley ha generado malestar entre vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por cuanto implica que no será necesario la opinión del propio CGPJ antes de que quede aprobada en sede parlamentaria.

Las fuentes del órgano de gobierno de los jueces consultadas por Europa Press han trasladado su malestar por el hecho de que se haya optado por la proposición de ley en vez de por el proyecto de ley, que sí obligaría a solicitar informes al CGPJ y otros organismos, aunque no fueran vinculantes.

Las citadas fuentes interpretan la elección de esta forma de tramitación parlamentaria como una manera de eludir los contrapesos propios del sistema democrático y, en consecuencia, de minar la efectividad del Estado de Derecho.

PSOE y Unidas Podemos han presentado este viernes una proposición de ley orgánica para eliminar el artículo 544 del Código Penal –que recoge el delito de sedición, ahora penado con entre 10 y 15 años de cárcel y el mismo tiempo de inhabilitación para las autoridades que lo cometan– y crear un tipo nuevo en el 557 de «desórdenes públicos agravados» donde el castigo cambia a los entre 3 y 5 años de cárcel y 6 y 8 de inhabilitación.

Desórdenes públicos agravados

Así, la proposición señala que «serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años los que, actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación: sobre las personas o las cosas; u obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas; o invadiendo instalaciones o edificios».

Y añade que «los hechos descritos en el apartado anterior serán castigados con la pena de prisión de tres a cinco años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por el mismo tiempo cuando se cometan por una multitud cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público».

«En caso de hallarse los autores constituidos en autoridad, la pena de inhabilitación será absoluta por tiempo de seis a ocho años», precisa la propuesta.

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