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Igualdad no sabe cómo acreditará el colectivo LGTBI su trato especial en la ley de empleo

La nueva norma, en tramitación parlamentaria, delimita los colectivos de atención prioritaria, que deberán demostrar su situación personal

Igualdad no sabe cómo acreditará el colectivo LGTBI su trato especial en la ley de empleo

La secretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, Ángela Rodríguez. | Europa Press

 El Ministerio de Igualdad ha manifestado desconocer este martes el mecanismo por el que las personas LGTBI se acreditarán para poder acceder a la categoría de colectivos de atención prioritaria recogida en el proyecto de ley de empleo del Ejecutivo, actualmente en tramitación parlamentaria.

Así lo ha reconocido la secretaria de Estado de Igualdad y contra la violencia de género, Ángela Rodríguez, en una rueda de prensa tras la reunión de la Conferencia Sectorial de Igualdad, donde ha asegurado que su ministerio «desconoce la propuesta actual para la recogida de estos datos».

El artículo 50 del proyecto de la ley de empleo delimita los colectivos de atención prioritaria para las políticas relativas al trabajo, es decir, aquellos «con especiales dificultades para el acceso y mantenimiento del empleo y para el desarrollo de su empleabilidad», para quien se prevé crear «programas específicos» destinados a fomentar su ocupación.

De salir adelante la norma tal y como se encuentra redactada a día de hoy, las personas LGTBI y particularmente las trans se incluirán dentro de esta categoría, algo para lo que los interesados deberán «acreditar» de forma voluntaria su situación personal, según ha especificado el Ministerio de Trabajo.

Presentación de documentos

Esto no supondrá una «marca» ni constará en el expediente, ha concretado el ministerio, desde donde aseguran que para obtener atención preferente deberán presentarse documentos que justifiquen la situación que da preferencia al colectivo, como una sentencia por discriminación o una declaración responsable, entre otras fórmulas.

Por lo que respecta a la forma en la que se recabarán estos datos, Rodríguez ha subrayado que la información relativa a la orientación sexual de las personas es «de especial protección», por lo que «habría que aplicar un mecanismo muy cuidadamente detallado y trabajado» para recabarla.

Sobre la idoneidad de este mecanismo, Trabajo ha explicado que en el colectivo LGTBI puede haber personas «estigmatizadas» y con problemas de empleabilidad, por lo que «legalmente tienen derecho a ser protegidas contra la discriminación».

Desde Igualdad coinciden en la «necesidad» de políticas de «discriminación positiva» para mejorar la ocupación del colectivo y avanzan la importancia de trabajar con el Servicio Público de Empleo Estatal para desarrollar el mecanismo más acertado.

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