Una corrección del BOE evita la suspensión de las oposiciones a la Policía Nacional
El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto la anterior medida, que excluía a los candidatos que usaban lentillas y cancelaba los exámenes para ingresar
El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto la decisión que adoptó la semana pasada de anular las oposiciones a la Policía Nacional toda vez que se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una corrección que suprime el motivo por el que se anuló en primer lugar y queda claro que no están excluidos los aspirantes con cuerpos intraoculares o lentes fáquicas.
Los magistrados han dictado este lunes un auto, recogido por Europa Press, en el que han dejado sin efecto la anulación y han señalado que la resolución de la Dirección General de la Policía de 15 de noviembre de 2022 (BOE de 18 de noviembre de 2022) debe ser interpretada y aplicada de conformidad con las correcciones introducidas en el BOE de 30 de noviembre de 2022.
El Alto Tribunal ha respondido así a una alegación formulada por la Abogacía del Estado que, en un escrito de 1 de diciembre de 2022, y ante el hecho de que la corrección de errores incluida en el BOE, hace desaparecer la vulneración de la medida cautelar vigente.
El Supremo, sin embargo, ha reprochado a la Administración que «no ha informado con precisión y prontitud de los pasos dados para remediar la vulneración de la medida cautelar».
Se corrigen las oposiciones a la Policía
Los magistrados han insistido en que, contrariamente a lo que afirma el Abogado del Estado, el auto que dictó la semana pasada «no adopta una nueva medida cautelar, sino que se limita a salvaguardar la eficacia de una ya en vigor».
La semana pasada, el Supremo declaró nula una convocatoria de ingreso de la Policía Nacional al considerar que incluía requisitos que «de momento» no pueden ser exigidos.
En concreto, anuló la resolución de la Dirección General de la Policía Nacional de 15 de noviembre de 2022 por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos en la Escuela Nacional de Policía al considerar que incumplió la medida cautelar que estableció el propio Supremo en septiembre de 2021, cuando suspendió la exclusión relativa a llevar cuerpos intraoculares o lentes fáquicas.
Los magistrados de la Sección Cuarta Sala de lo Contencioso-Administrativo aseguraron que la actuación del Cuerpo «provoca confusión y manifiesta falta de transparencia sobre las condiciones que deben reunir quienes aspiren a participar en dicha oposición».
La decisión del tribunal respondió a un escrito presentado por algunos aspirantes que recurrieron el Real Decreto 326/2021 por el que se aprobó el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional. En el marco de ese recurso es en el que el Supremo acordó la suspensión cautelar de las exclusiones citadas. La resolución de dicho recurso aún está pendiente.