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Continua la reducción de penas por la ley del 'solo sí es sí': un violador consigue una rebaja de año y medio de cárcel

El acusado fue condenado a catorce años y medio de prisión por dos delitos de maltrato familiar y uno de agresión sexual

Continua la reducción de penas por la ley del ‘solo sí es sí’: un violador consigue una rebaja de año y medio de cárcel

El acusado fue condenado a catorce años y medio de prisión por dos delitos de maltrato familiar y uno de agresión sexual

La Audiencia Nacional ha rebajado un año y medio de cárcel -de 12 años y medio a 11- la condena impuesta a un hombre por agredir sexualmente a la hija de su pareja, de 12 años, al aplicar la conocida como ley del sólo sí es sí, cuya reforma legal afronta estos días su recta final de tramitación parlamentaria.

La sección cuarta de lo Penal ha revisado la condena que impuso en diciembre de 2021 a un ciudadano colombiano por agredir a su pareja y a su hija de 12 años, con quienes convivió desde 2014 hasta 2018, primero en España y luego en Bolivia, y por atacar «sexualmente en numerosas ocasiones» a la menor, prevaliéndose del temor que le infundía.

El acusado fue condenado a catorce años y medio de prisión por dos delitos de maltrato familiar y uno de agresión sexual. La pena impuesta por este último es la que ha revisado el tribunal a la luz de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual.

La cascada de revisiones de condenas tras la entrada en vigor de esta norma motivó que el PSOE propusiese una reforma legal de la ley, que fue aprobada en el Congreso la semana pasada gracias al apoyo del PP y con el rechazo de su socio de Gobierno, Unidas Podemos, y esta semana afronta su recta final en el Senado.

El tribunal explica en su auto de revisión que la Sala impuso «erróneamente» la pena de 12 años y medio de prisión, cuando el Código Penal vigente en el momento de los hechos establecía un castigo de 13 años y medio.

Para revisar la condena, los magistrados han tenido en cuenta el criterio dictado por el Tribunal Supremo en una sentencia de diciembre del año pasado, en la que rebajó una condena porque fue impuesta en atención a su «mínimo legal, conforme a la petición del fiscal».

En este caso, la Audiencia Nacional argumenta en su auto, fechado el pasado mes de marzo, que la redacción actual del delito de agresión sexual fija una horquilla de penas de 11 a 15 años tras aplicar la agravación por ser delito continuado.

Establece, por tanto, que procede la rebaja de la condena, en atención al criterio de la Fiscalía, que apoyó reducir el castigo hasta los 11 años de prisión.

Fuente: EFE

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