Abren diligencias contra el Gobierno por solo nacionalizar a los exiliados políticos
Una juez de Madrid incoa diligencias por presunta prevaricación al excluir de la ley a los huidos por motivos económicos
El Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid ha dictado un auto por el que se incoan diligencias previas en relación a la querella presentada por la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica contra la actual secretaria general de Innovación y Calidad de la Justicia, Sofía Puente, por un presunto delito de prevaricación en la modificación de la conocida como ley de nietos, referida a las nacionalizaciones de descendientes de exiliados españoles con supuestos fines electoralistas, según ha podido saber THE OBJECTIVE. La alto cargo del Gobierno querellada es la hermana del ministro de Transportes, Óscar Puente, y número tres en el Ministerio de Justicia desde que Félix Bolaños asumió el pasado mes de noviembre esa cartera.
En el auto, al que ha tenido acceso este periódico, la juez Coro Monreal insta a los querellantes a presentar un poder especial para interponer acciones legales contra la hermana del ministro de Transporte. Directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia en el momento en que se produjeron los hechos denunciados, Sofía Puente fue promocionada por Bolaños hace seis meses tras asumir este último las competencias que antes tenía la exministra Pilar Llop.
La juez ha incoado diligencias previas y había inadmitido momentáneamente la querella a la espera de que se subsanara dicho defecto de forma. Además, exigía a la asociación una fianza de 3.000 euros para ejercer la acusación popular en el procedimiento. La asociación presentó dicho poder solicitado por el Juzgado y recurrió la fianza al considerarla elevada. En una providencia dictada este lunes, 6 de mayo, la juez ha admitido a trámite el recurso y ha dado traslado al Ministerio Público para que se pronuncie sobre la querella interpuesta contra la alto cargo de Pedro Sánchez, hermana del ministro de Transportes y fiscal en excedencia, Sofía Puente.
Esta resolución judicial es la primera respuesta al escrito que presentó la asociación querellante ante los juzgados de Plaza de Castilla, adelantado por THE OBJECTIVE, mediante el cual denunciaban que la Ley de Memoria Democrática sólo otorga la nacionalidad a los hijos o nietos de «exiliados políticos» y con «carácter ideológico» durante la dictadura franquista. Sin embargo, excluye a todos aquellos que tuvieron que abandonar el país por motivos económicos. «El PSOE busca únicamente nacionalizar nuevos votantes, con un claro beneficio partidista, a través de una ley que es injusta y arbitraria», explicaron los querellantes a este periódico.
La Ley 20/2022 de 19 de octubre, que fue aprobada cuando Sofía Puente estaba al frente de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, lleva un año y medio en vigor. Ahora, el actual ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, ha anunciado que el plazo para que los exiliados por la dictadura franquista y sus descendientes puedan solicitar la nacionalidad española en virtud de la Ley de Memoria Democrática se extenderá un año más, es decir, hasta finales del año 2025. Según el ministro, se ha optado por prorrogar la ley un año –con respecto al plazo inicial establecido que era hasta finales de 2024– porque, explicó, «los trámites para adquirir la nacionalidad no son fáciles, se trata de un proceso complejo y, por tanto, han decidido desplegar esta prórroga para beneficiar a miles de personas que abandonaron el país por cuestiones políticas».
Hasta el momento, al menos, 69.000 personas han recibido la nacionalidad española en todo el mundo, especialmente en países de Iberoamérica, acogiéndose a esta ley. Sin embargo, ahora han llevado esta norma ante los tribunales al considerarla injusta y arbitraria. Los querellantes también solicitaron la nulidad de la misma porque «la Ley 20/2022 en lo relativo al otorgamiento de la nacionalidad española sólo puede desarrollarse mediante real decreto u orden ministerial, pero nunca por medio de una instrucción como ha ocurrido».
Excluyen a otros exiliados
Los querellantes señalaron que la ley (popularmente conocida como ley de nietos) sólo beneficia a los «exiliados por cuestiones políticas» durante el franquismo, pero no se menciona a los «los emigrantes por razones económicas». «Las Cortes Generales debatieron la totalidad del Proyecto de Ley entre julio de 2021 y octubre de 2022 (durante 16 meses), sin aparecer referencia alguna a los exiliados económicos o por otros motivos (únicamente la enmienda de Ciudadanos, que fue rechazada en dos ocasiones, de modo sorprendente). Únicamente se hace referencia a los exiliados por motivos políticos, ideológicos o de identidad sexual o creencias. Pero no por razones económicas o de otro tipo», recogieron en el escrito presentado ante el juez.
Así, la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica explicó que «la ley hace una exclusiva mención al exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, y sólo otorga nacionalidad directa –sin acreditar estas pruebas de ser exiliados– a los hijos de madres que perdieron su nacionalidad al casarse con extranjeros y a los hijos de los nacionalizados por la Ley de Memoria Histórica de 2007 (Ley 52/2007)».
Por ello, desde la asociación se han preguntado: «¿Y qué sucede, por ejemplo, con los cientos de miles de españoles que emigraron al extranjero desde muchos pueblos y ciudades de nuestro país en los años 1940, 1950 y 1960 del siglo XX por existir una situación económica en España muy precaria en todos esos años en busca de una vida mejor? ¿Qué ocurre con los exiliados económicos y por otros motivos diferentes a los políticos, que fueron la inmensa mayoría de los que hubo en especial desde 1945 hasta 1960? Concluyeron: «Esta ley, impulsada desde el Gobierno socialista, no les incluye en modo alguno, sólo incluye a los exiliados políticos e ideológicos, fundamentalmente del bando republicano».