El Tribunal de la UE valora si condenar a España por no presentar planes contra las riadas
Hay 25 procedimientos de infracción por no trasladar directivas en materias ambientales y climáticas
España tiene abierto un expediente en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por los retrasos en la revisión de sus planes hidrológicos de cuenca y de sus programas de gestión del riesgo de inundación. La Comisión Europea trasladó el pasado febrero al TJUE el procedimiento argumentando falta de diligencia en dos asuntos clave. La responsabilidad de estas materias recae de forma directa en el Ministerio de Transición Ecológica que dirige Teresa Ribera desde hace seis años.
Pese a estos incumplimientos, que podrían derivar en importantes sanciones para nuestro país, la ministra continúa su carrera para ser vicepresidenta ejecutiva de la Comisión Europea con las carteras de Transición Verde y Competencia. Para ello se está sometiendo a exámenes mucho más complicados que lo que en principio esperaba. Su responsabilidad sobre los cauces de los ríos -en mal estado-, la ausencia de controles y de un sistema de alertas coordinado y la nula inversión en infraestructuras fluviales están ahora bajo los focos.
La tragedia ocurrida el pasado 29 de octubre ha dejado en evidencia el desempeño de Ribera y de otros responsables políticos de todo signo. El día de los sucesos la ministra se encontraba en Bruselas y su número 2 en Colombia. Era el día crítico de las inundaciones que ya han dejado 223 fallecidos y miles de damnificados. Desde su departamento aseguraron que «en todo momento estuvo trabajando y localizable». También estuvo despachando asuntos sobre su designación como vicepresidenta ejecutiva.
Ribera y la licencia de Villafuel
También está en el punto de mira el papel que jugó para que Villafuel, la empresa de hidrocarburos vinculada a Víctor de Aldama y su socio Claudio Rivas, lograse una licencia de operadora. Ribera era la encargada de verificar, según la respuesta oficial, si el solicitante cumplía con los requisitos establecidos y a partir de ahí dar traslado a la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC). Esta es la que permite finalmente el inicio de la actividad. La tercera cuestión pendiente de aclarar es la compatibilidad de su cargo en Competencia con la responsabilidad que le dio el Gobierno a su marido, Mariano Bacigalupo, como consejero en la CNMC.
Según ha podido constatar THE OBJECTIVE, España tiene abiertos 25 procedimientos en Europa por no trasponer directivas o hacerlo de forma deficiente en materias ambientales y climáticas. Algunos expedientes se remontan a hace 20 años por incumplimientos de hace tres décadas. Con este escenario, Ribera aspira, una vez supere los exámenes, a supervisar la transición verde en la Unión Europea.
El pasado 17 de febrero, la Comisión Europea decidió llevar a Bulgaria, Irlanda, España, Malta y Portugal ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por no haber finalizado la revisión de sus planes hidrológicos de cuenca, como exige la Directiva marco del agua (Directiva 2000/60/CE ). Algunos de estos países, como España, Portugal, Malta y Eslovaquia tampoco hicieron llegar sus planes de gestión de riesgo de inundación, como exige la Directiva sobre inundaciones (Directiva 2007/60/CE ).
Plan hidrológico de España
La Directiva marco sobre el agua se centra en garantizar «una buena salud cualitativa y cuantitativa» de las masas de agua europeas, como ríos y lagos. Su objetivo es reducir y eliminar la contaminación. Es una parte esencial del Pacto Verde Europeo, necesaria para alcanzar sus objetivos en materia de clima, naturaleza y reducción de la contaminación. «El cumplimiento de la directiva es fundamental para la preparación y la gestión de las inundaciones», señala la Comisión.
A raíz de la directiva europea, los Estados miembros deben actualizar y presentar informes sobre sus planes hidrológicos de cuenca cada seis años. Los responsables españoles, con Teresa Ribera a la cabeza, no lo han hecho de la forma prevista hasta ahora. Estos planes son fundamentales para garantizar el buen estado o el potencial de todas las masas de agua, tal como exige la normativa europea. En cuanto a la directiva sobre inundaciones, los Estados miembros también deben actualizar y presentar informes sobre sus planes de gestión del riesgo de inundación cada seis años.
Riesgo de inundaciones
La Comisión envió cartas de emplazamiento en febrero de 2023. En septiembre de ese año se hicieron llegar los dictámenes motivados a todos los países incumplidores. Ante la falta de esfuerzos por parte de las autoridades de los Estados apercibidos, la Comisión decidió elevar en febrero de este año al TJUE el expediente. Desde el año 2000, la Directiva marco sobre el agua es la principal ley para la protección del agua en Europa.
La Directiva sobre inundaciones establece ciclos de seis años destinados a reducir el riesgo de daños por riadas en la UE. El primer ciclo de aplicación fue el de 2010 a 2015. El segundo ciclo de aplicación abarcó el periodo de 2016 a 2021. La Comisión examinó las evaluaciones preliminares del riesgo de inundación del segundo ciclo elaboradas por los Estados miembros. Estas evaluaciones y una visión general de la UE se publicaron en el sexto informe de aplicación en diciembre de 2021. El tercer ciclo abarca el período de 2022 a 2027. La gestión del riesgo de inundaciones es parte integrante de la gestión integrada de las cuencas hidrográficas.
Aguas residuales
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) condenó a España en 2018 por su retraso en atender las obligaciones de tratamiento de las aguas residuales procedentes de nueve aglomeraciones urbanas de más de 15.000 habitantes. La sentencia condenaba a nuestro país a abonar a la Comisión Europea una multa coercitiva de un importe de 10.950.000 euros por cada semestre de retraso y una suma a tanto alzado de 12 millones de euros. Hasta ahora, se han desembolsado cerca de 90 millones.
La sentencia dejaba claro que España había incumplido su obligación de dar cumplimiento a una sentencia previa de 2011, del mismo Tribunal, en la que se declaraba que 38 aglomeraciones no cumplían con los requisitos de la Directiva 91/271 de saneamiento y depuración de aguas residuales. Era la primera sentencia condenatoria con multa coercitiva a nuestro país en materia medioambiental.