Transparencia obliga al Gobierno a desvelar los laudos condenatorios por las renovables
Justicia rechazó en junio del año pasado ofrecer información escudándose en las reglas de las instituciones arbitrales
Varapalo al Gobierno por ocultar información. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) ha condenado al Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a desvelar la relación de laudos condenatorios y embargos que ha sufrido España por la retirada de ayudas a las energías renovables. La resolución a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE también insta a revelar los honorarios abonados a los despachos que prestan asistencia a nuestro país en las jurisdicciones en las que el Servicio Jurídico del Estado no puede actuar.
Un particular solicitó en mayo de 2023 al Ministerio de Justicia los laudos condenatorios contra España relacionados con las energías renovables. También pidió los embargos de activos en el extranjero que ha sufrido nuestro país. El departamento, dirigido entonces por Pilar Llop, rechazó un mes más tarde ofrecer la información, escudándose en que los datos reclamados se rigen «por las reglas propias de cada una de las instituciones arbitrales que han acogido estos procedimientos».
«Así, por ejemplo, el artículo 48 de la Convención del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (CIADI) establece que los laudos no se publicarán sin consentimiento de las partes», explicaba la respuesta de Justicia. El texto insistía en que España, por regla general, no concede su autorización para la difusión de los laudos condenatorios para preservar la estrategia procesal.
Varapalo al Gobierno
Justicia aseguraba que facilitar los laudos condenatorios por la retirada de ayudas a las renovables supondría «la necesidad de revisión minuciosa de dicha documentación con el fin de preservar el secreto industrial o comercial que pudiese afectar». Del mismo modo, rechazaba dar copia de las órdenes de embargo contra bienes españoles y la relación de las confiscaciones sufridas por ser procedimientos sujetos reglas ajenas de regulación.
El Consejo de Transparencia enmienda ahora la plana al Gobierno. Este órgano independiente no aprecia en qué medida una relación de los laudos y órdenes de embargo dictadas contra España puede debilitar la defensa y la posición procesal de nuestro país en los arbitrajes en desarrollo o ante futuros litigios que afecten al sector de las renovables. Sostiene que el derecho de acceso a la información es un derecho de rango constitucional, de amplio reconocimiento y formulación legal.
En la resolución que obra en poder de este medio, el CTBG procede a la estimación parcial de la reclamación de un particular para que el Gobierno proporcione el listado de laudos condenatorios a España. También le insta a facilitar las órdenes de embargo de las que se tenga constancia, con exclusión de aquellos datos que las partes hayan calificado como confidenciales. El reclamante acudirá a la Justicia ordinaria si no obtiene una respuesta en plazo, que expira a los 10 días hábiles de emitirse el fallo.
El origen de estas disputas se remonta a 2007, cuando el socialista José Luis Rodríguez Zapatero puso en marcha un plan de apoyo a la producción eléctrica procedente de fuentes renovables. Las ayudas suponían que los inversores consiguieran una gran rentabilidad con sus proyectos. Gracias a esa fórmula se captaron 70.000 millones. Seis años más tarde, Mariano Rajoy eliminó las primas de manera retroactiva y las empresas comenzaron a solicitar indemnizaciones para paliar sus pérdidas.
Embargos de activos
La Abogacía del Estado lleva años defendiendo que el derecho comunitario europeo no permite el pago de indemnizaciones decretadas en los arbitrajes internacionales que surgieron tras la retirada retroactiva de las primas a las energías renovables. Sin embargo, las empresas afectadas sostienen que los laudos emitidos a su favor tienen plena cobertura legal bajo el Tratado de la Carta de la Energía (TCE).
Los laudos condenatorios para España alcanzan ya los 1.800 millones de euros. Se han presentado 52 procedimientos, de los que 26 han sido satisfactorios para los demandantes. La información es proporcionada por el CIADI y por las compañías afectadas por la retirada de ayuda a las renovables, que siguen sin recibir un solo euro. Muchos de ellos han optado por acudir a tribunales ordinarios. Reino Unido, Bélgica y Australia ya han permitido el embargo de activos españoles para contrarrestar los impagos.
El primer país que autorizó la confiscación de activos españoles en el extranjero fue Reino Unido. Entre los bienes embargados de manera cautelar se encuentra la sede del Instituto Cervantes en Londres, la oficina de promoción económica de la Generalitat, el Instituto Vicente Cañadas, cuatro cuentas bancarias y el cobro de la indemnización por el desastre del Prestige, valorado en más de 900 millones de euros. Unas semanas más tarde, Australia también acordó esa medida.
Este verano fue Bélgica la que abrió la puerta, pero parece que no será el último país en hacerlo. La semana pasada, el Tribunal de Distrito de Columbia obligó a España a indemnizar con 34,1 millones de euros a la japonesa JGC Corporation por la retirada retroactiva de las ayudas a las renovables. Si el Gobierno no paga, los demandantes podrían articular otros mecanismos legales para cobrar la deuda a través de bienes localizados en Estados Unidos. Los inversores han aflorado activos que superan los 5.000 millones de euros.