Pumpido se apartó del 'procés' por motivos que ahora le impedirían decidir sobre el aborto
El presidente del TC se abstuvo por unas declaraciones que había realizado sobre el ‘procés’ en un coloquio en el Congreso de los Diputados
Ocurrió el 7 de abril de 2021. El ahora presidente del Tribunal Constitucional (TC), Cándido Conde-Pumpido, comunicaba su decisión de apartarse de nueve recursos de amparo formulados por los líderes del procés. Lo hacía por escrito, en un texto en el que argumentaba prácticamente los mismos motivos que ahora podrían haber motivado su abstención y la de otros tres magistrados en el recurso de inconstitucionalidad sobre la ley del aborto de 2010.
En aquel escrito entendía que en aras de garantizar la imparcialidad de la actuación del TC, y atendiendo a la doctrina del Tribunal de Derechos Humanos y del TC respecto a los supuestos de abstención y recusación de los magistrados, era conveniente extremar las cautelas. Los líderes independentistas catalanes le habían recusado simplemente por unas declaraciones que Conde-Pumpido había realizado sobre el procés en un coloquio celebrado el 23 de abril de 2017 en el Congreso de los Diputados.
Aunque defendía no haber incurrido en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), Conde-Pumpido aceptaba abstenerse de participar en cualquier recurso relacionado con el procés. Y lo hacía subrayando que, en relación con sus reflexiones expresadas en aquel coloquio, no se sentía «personalmente concernido por los intereses que se ventilan en los recursos de amparo» promovidos por los líderes independentistas.
Giro de Pumpido
Dos años después, ha defendido justo lo contrario. Para salvar la ley del aborto aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero cuando Conde-Pumpido era fiscal general del Estado, la mayoría progresista del TC bloqueó la abstención de la magistrada Concepción Espejel. Y lo hizo alegando oficialmente, entre otros motivos, que el recurso de inconstitucionalidad sobre la ley de interrupción del embarazo «no es un proceso entre partes en el que se ventilen intereses particulares».
Dos años antes, ningún magistrado se opuso a que Conde-Pumpido se abstuviese a pesar de entender que sus declaraciones en aquel coloquio no tenían relación con los intereses que se ventilaban en los recursos de amparo de los independentistas. En el caso del procés, y a pesar de que no se sentía concernido por los intereses que se ventilaban, Conde-Pumpido aceptaba abstenerse.
Sin embargo, ahora ha obligado a Espejel a participar en la ley del aborto precisamente porque en él no se ventilan intereses particulares. La magistrada propuesta por el PP había solicitado su abstención al entender que si participaba en la deliberación, estaría faltando al deber de imparcialidad exigido por la LOPJ y la jurisprudencia dictada por el propio TC y la Justicia europea. En 2009, como vocal del CGPJ, llegó a emitir un voto particular donde se posicionaba jurídicamente en contra de la actual ley de plazos.
¿Extremar las cautelas?
Conde-Pumpido y el resto de magistrados progresistas no ven necesario ahora extremar las cautelas que el ahora presidente del TC defendía en abril de 2021 para para mantener la apariencia de imparcialidad del tribunal. El sector progresista liderado por Conde-Pumpido impuso su mayoría y declaró «no justificada» la inhibición de Espejel, pese a los argumentos expuestos por la propia magistrada para defender su abstención.
Esta es una decisión que evidenció una nueva fractura en la corte de garantías. Los otros tres magistrados que conforman junto a Espejel el llamado bloque conservador –Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo y César Tolosa– anunciaron que emitirán votos particulares para expresar su oposición a la decisión de impedir la abstención de su compañera. El cambio de criterio del sector progresista y de Conde-Pumpido consigue evitar la recusación del presidente del TC y de los magistrados Inmaculada Montalbán y Juan Carlos Campo.
Este último era secretario de Estado del Ministerio de Justicia en el Gobierno de Zapatero cuando se aprobó la ley del aborto. Conde-Pumpido había sido nombrado fiscal general del Estado por Zapatero cuando en 2010 votó a favor de la constitucionalidad de ley del aborto en el informe preceptivo no vinculante que emitió el Consejo Fiscal sobre dicha norma. Por su parte, y en otro caso muy similar al de Espejel, Montalbán era vocal del CGPJ y se pronunció a favor la misma norma en el informe jurídico emitido por el órgano de gobierno de los jueces en 2009 sobre el anteproyecto de la ley de interrupción del embarazo.
De haber aceptado la abstención de Espejel, todos ellos se habrían visto forzados a apartarse de la deliberación sobre la ley del aborto. Y no se habría alcanzado el quórum de ocho magistrados necesario para resolver el recurso de inconstitucionalidad presentado por el PP. Espejel defendió ante el Pleno presidido por Conde-Pumpido que concurría la causa de abstención prevista en el artículo 219.16 de la LOPJ (aplicable a los magistrados del TC) al haber ocupado cargo administrativo o público «con ocasión del cual haya podido tener conocimiento del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad».