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La defensa del exjefe de Emergencias desmonta la instrucción judicial de la dana

El abogado de Emilio Argüeso denuncia un proceso judicial basado en «conjeturas y sin pruebas sólidas

La defensa del exjefe de Emergencias desmonta la instrucción judicial de la dana

Emilio Argüeso junto con la exconsejera Pradas. | 112 Generalitat Valenciana

La defensa del exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, ha presentado un recurso de reforma contra el auto sobre la dana dictado el pasado 14 de marzo por el Juzgado 3 de Catarroja que dirige la juez Nuria Ruiz Tobarra. En el escrito, la representación legal de Argüeso sostiene que las medidas de investigación ordenadas por la juez son «totalmente impertinentes e inútiles» y denuncia la falta de fundamentación en la instrucción judicial.

El auto recurrido ordenaba a la Subdirección General de Emergencias remitir al juzgado todos los audios de las llamadas recibidas el pasado 29 de octubre en el teléfono de emergencias 112. La defensa de Argüeso considera que esta medida no está debidamente justificada y carece de sentido procesal. «A día de hoy, solo hay dos investigados en esta causa, y ni siquiera conocemos con exactitud los hechos que se imputan a mi cliente», argumenta el letrado José María Bueno Manzanares en el recurso.

Acusaciones de lagunas y falta de pruebas

Uno de los puntos centrales del recurso de Argüeso es la insistencia de la defensa en que la jueza basa su instrucción en un supuesto retraso en el envío de un SMS de alerta a la población. Dicho mensaje estaría relacionado con un correo electrónico que la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) habría enviado al Centro de Coordinación Operativa Integrada (Cecopi) alertando sobre la situación en el Barranco del Poyo. «Se trata de una conjetura sin base documental firme. No existe evidencia de que el 112 haya recibido instrucción alguna para emitir dicho SMS, ni mucho menos de que se produjera un retraso injustificado», señala el escrito de la defensa que también es abogado de Manos Limpias.

A esto se suma una acusación directa sobre el trabajo de instrucción judicial. «El 112 no envió comunicación alguna al Cecopi, y ello pese a que el director del Centro de Coordinación de Emergencias, de quien depende orgánicamente, formaba parte del Cecopi», subraya la defensa de Argüeso. Para el abogado del ex alto cargo, esta ausencia de comunicación evidencia que la investigación judicial parte de una premisa equivocada.

Posible filtración de grabaciones y alarma social

Otro de los argumentos esgrimidos en el recurso es el peligro de que las grabaciones de las llamadas al 112 sean filtradas a la opinión pública. «La experiencia en macrocausas nos dice que, una vez incorporadas al procedimiento, estas grabaciones acabarán filtrándose», advierte el abogado de Argüeso.

El letrado recalca que las llamadas contienen testimonios de personas en estado de máxima angustia, lo que podría derivar en una alarma social injustificada. «Son grabaciones de ciudadanos desesperados por la situación que estaban viviendo. Su difusión fuera del contexto judicial podría generar un daño irreparable tanto a los afectados como a la sociedad en su conjunto».

La defensa de Argüeso subraya que la investigación de la jueza está creando una confusión innecesaria. «Si lo que se pretende es esclarecer lo sucedido, debería empezarse por confirmar si realmente se produjo una comunicación entre el 112 y el Cecopi. Sin embargo, la instrucción ha optado por una vía errónea que no aportará nada relevante a la causa».

Indefensión procesal y vulneración de derechos

El recurso también denuncia una situación de indefensión para Emilio Argüeso, ya que la defensa sigue sin acceso a una copia completa de la causa. «Estamos actuando en absoluta indefensión, sin posibilidad de conocer con exactitud los hechos que se imputan a mi cliente ni de aportar pruebas en su favor», denuncia Bueno Manzanares.

Por otro lado, el recurso subraya que la resolución judicial vulnera derechos fundamentales recogidos en la Constitución y en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Específicamente, la defensa invoca el artículo 24 de la Carta Magna, que garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías, así como el artículo 281 de la LECrim, que regula la pertinencia de las pruebas en un proceso penal.

«La medida de investigación adoptada no solo carece de sentido, sino que atenta contra los derechos de defensa de mi cliente. No podemos aceptar una instrucción basada en suposiciones y conjeturas, sin pruebas sólidas que la sustenten», concluye la defensa en su escrito.

Un proceso judicial bajo la lupa

El caso que investiga la jueza de Catarroja ha generado un intenso debate sobre la gestión de emergencias durante la dana. La decisión judicial de solicitar las grabaciones de las llamadas al 112 ha sido interpretada por algunos sectores como una medida excesiva, mientras que otros defienden la necesidad de aclarar lo sucedido.

Algunas acusaciones populares consideran que la actuación judicial se está politizando y responde a intereses ajenos a la búsqueda de la verdad. «Este procedimiento se está convirtiendo en un linchamiento mediático. Se están utilizando las instituciones para construir una narrativa que no se ajusta a la realidad de los hechos».

Por el momento, el recurso presentado está pendiente de resolución. La decisión que adopte la juez será clave para determinar si la investigación sigue adelante o si, por el contrario, se revoca el auto impugnado por la defensa de Argüeso.

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