El Constitucional avala el uso de la 'lista Falciani' para condenar a evasores fiscales
El TC considera que la obtención de datos bancarios procedentes de la lista no vulnera el derecho a la presunción de inocencia
El Tribunal Constitucional (TC) ha aceptado este martes como prueba válida contra el fraude fiscal la llamada lista Falciani, una relación de nombres supuestamente implicados en fraude fiscal que tenían cuentas en la filial suiza del banco HSBC.
El TC ha rechazado el recurso solicitado por un ingeniero español, Sixto Delgado de la Coba, contra la sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2017 que le condenó a seis años de prisión por ocultar 5,2 millones de euros en Suiza, a partir de datos contenidos en la lista Falciani.
Delgado aparecía en la lista que el exempleado de la filial de HSBC Hervè Falciani sustrajo de la entidad, en la que trabajó de 2001 a 2008, para denunciar a más de 130.000 posibles evasores fiscales de todo el mundo.
El TC considera que la obtención de datos bancarios procedentes de la lista no vulnera el derecho a la presunción de inocencia ni a un proceso con todas las garantías, ya que el acceso a la lista fue a través de un particular y no mediante la acción de la policía u otros aparatos estatales.
El nombre y cuentas del condenado figuraban, junto a la de más de 500 contribuyentes españoles, en los documentos sustraídos por Falciani que llegaron a España remitidos por las autoridades francesas y dieron origen a una inspección de la Agencia Tributaria, informa Efe.
La Audiencia Nacional española rechazó en dos ocasiones (2012 y 2018) extraditar a Falciani a Suiza, que le reclamaba para cumplir cinco años de cárcel por filtrar estos datos bancarios.
La divulgación de la lista Falciani generó también acciones judiciales en otros países, como Francia (donde había más de 9.000 clientes de HSBC en Suiza, algunos de ellos ilustres nombres del mundo empresarial, financiero, cultural o deportivo).