Expediente contra la ministra Portavoz por usar Moncloa para emitir propaganda electoral
La ministra ha sido sancionada después de que por tercera vez el PP la denunciase ante la JEC por vulnerar la «prohibición de realizar campañas de logros»
La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este miércoles abre un expediente a la ministra portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, por propaganda partidista y vulnerar su deber de neutralidad en las ruedas de prensa posteriores al Consejo de Ministros en las que atacó al Partido Popular y a su líder, Alberto Núñez Feijóo.
Según ha adelantado El Español, a la ministra le han abierto un expediente después de que por tercera vez el PP la denunciase ante la JEC, por vulnerar desde la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros la «prohibición de realizar campañas de logros» y criticar a los populares.
La JEC decide así abrir un expediente a Isabel Rodríguez, después de los dos apercibimientos que le trasladó en el mes de abril. En el último, emitido el pasado viernes, la JEC señalaba que el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General prohíbe desde la convocatoria de elecciones –publicada en el BOE a inicios de abril– hasta su celebración «cualquier acto organizado o financiado» por los poderes públicos «que contengan alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos por las autoridades públicas».
Según el organismo arbitral, Rodríguez emitió, desde un «acto institucional» como es la rueda de prensa del Consejo, «manifestaciones valorativas que descalifican políticas y programas de un determinado partido político», en este caso el PP, a la vez que «se emiten apreciaciones negativas» respecto a un líder político, como Feijóo, «lo cual comporta inequívocas connotaciones electoralistas».
En dichas declaraciones, ha explicado la JEC, también se realizaron «valoraciones favorables» para «elogiar los planes y proyectos» del Gobierno en materia de vivienda, además de criticar a la oposición «desde una intervención institucional» y «haciendo uso de recursos públicos», vulnerando así «la prohibición que dimana del artículo 50.2 de la LOREG».
La Junta Electoral Central ha señalado que, «aunque la ausencia de premeditación mitigue la responsabilidad de la ministra Portavoz», deben evitarse «manifestaciones con connotaciones electoralistas», incluso en aquellas situaciones en las que haya periodistas que formulen preguntas «que puedan comprometer su deber constitucional de neutralidad».