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Política

Expedientan a Vox por difundir su eslógan contra Sánchez antes de la campaña del 23-J

El partido de Santiago Abascal contrató propaganda electoral antes del inicio del periodo legal

Expedientan a Vox por difundir su eslógan contra Sánchez antes de la campaña del 23-J

El líder de Vox, Santiago Abascal, en un mitin en Toledo | EUROPA PRESS / REY SOTOLONGO

La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto un expediente sancionador a Vox, que puede acabar con una multa de 3.000 euros, por la difusión de propaganda bajo el eslógan de ‘Sánchez destruye España’ antes del inicio oficial de la campaña electoral para los comicios generales del 23 de julio, y que además no incluía el logo de Vox.

La resolución de la Junta Electoral, recogida por Europa Press, argumenta que Vox incumplió la LOREG, que prohíbe la difusión de propaganda electoral desde que se convocan los comicios hasta el inicio oficial de la campaña, quince días antes de las elecciones.

La formación dirigida por Santiago Abascal insertó esta publicidad en el digital ‘OkDiario’ bajo el lema ‘Sánchez destruye España’. Vinculado a diferentes áreas como trabajo, vivienda o energía, denunciaba «pretendidamente mala gestión del Gobierno y sin referencia visible a la formación política que ha contratado la inserción publicitaria», según repasa la JEC.

Sancionado por la «intención de captar sufragios»

«Por consiguiente, nos encontramos ante inserciones publicitarias encaminadas a la captación de sufragios que han sido contratadas por la formación política», concluye el organismo arbitral, que rechaza los argumentos de Vox de que esta campaña formaba parte de la actividad ordinaria de un partido político.

«El hecho de que no se pida expresamente el voto del elector no es motivo para no considerar como propaganda electoral cualquier actividad que directa o indirectamente pretenda la captación de sufragios», replica la JEC.

Según subraya, la campaña de Vox incluía consignas y mensajes con «la intención de persuadir al elector» buscando «su reacción en contra» del candidato socialista, Pedro Sánchez. Esta actividad, sostiene, «resultaría legítima si se hiciera dentro del perfil o de la página del partido», pero no haciéndolo a través de una contratación comercial. Pero además, denuncia reiteración por parte de Vox, a quien ya recordó estos términos en la anterior campaña electoral del mes de mayo para los comicios municipales y autonómicos y también lo hizo la Junta Electoral de Zona de Madrid este mes de junio.

Multa de hasta 3.000 euros

Por todo ello, la Junta Electoral acuerda incoar expediente sancionador a la persona que dentro de Vox sea «responsable máxima» de la decisión de las contrataciones publicitarias durante el periodo electoral y pidió su identificación, lo que el partido ya notificó pocos días después.

El organismo avanza que esa persona física puede acabar sancionada por infringir el artículo 53 de la LOREG con una multa prevista entre 300 y 3.000 euros, aunque si se acoge a reducciones por reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario puede quedar en 2.400 o 1.800 euros.

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