El PSOE recurre ante el Supremo el recuento de los votos nulos en Madrid
Defiende que «está en juego» el derecho de participación política de su candidato Javier Rodríguez Palacios
El PSOE ha presentado formalmente ante el Tribunal Supremo su recurso contra la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de desechar el recuento de todas los votos nulos en la provincia de Madrid para reclamar que se lleve a cabo un nuevo escrutinio general y que se anule la proclamación del dirigente del PP, Carlos García Adanero, como diputado electo.
«Aquí existe una única forma clara de conocer qué deparan los más de 30.000 votos nulos de la circunscripción de Madrid: revisar los mismos«, ha defendido la formación, en el escrito al que ha tenido acceso Europa Press, al tiempo que ha considerado necesario que se determine si ha obtenido 121 o 122 escaños al Congreso de los Diputados.
El PSOE ha impugnado el acuerdo que dictó la JEC el pasado 8 de agosto por el que se acordó la proclamación de electos al Congreso por la circunscripción de Madrid, tal y como había anunciado el ministro de Presidencia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, quien insistió en rueda de prensa que la asignación del último diputado por Madrid se decidió «por muy pocos votos» en favor del PP y en detrimento del PSOE, y que «lo más garantista, lo más razonable es que se validen esos votos, se vuelvan a contar y se comprueben«.
Cabe recordar que la JEC rechazó la pretensión del PSOE de revocar el escrutinio de los votos emitidos en Madrid, confirmando el reparto de escaños que había dado por bueno la Junta provincial. Los socialistas han alegado que, si se validara las más de 30.200 papeletas que fueron calificadas como nulas, podrían ‘recuperar’ el escaño que ganó el PP tras el recuento del voto exterior.
«Lo que está en juego»
Así las cosas, el PSOE ha recordado que «la circunstancia que se dirime afecta a esta formación política demandante, que tras los resultados generales ha obtenido una total de 121 escaños del total del Congreso de los Diputados» y, en particular, a su candidato número 11 por la circunscripción de Madrid y demandante, Javier Rodríguez Palacios.
«Lo que está en juego en este procedimiento es, en particular, el derecho fundamental del Diputado número 11 de nuestra candidatura por Madrid, su derecho de participación política (…) en su vertiente pasiva, como derecho de sufragio pasivo, y la del partido que representa, ambos demandantes, pero también el de los ciudadanos que han ejercido su derecho de sufragio activo en las elecciones generales (…) y, por alcance del resultado, el de todos los electores de las elecciones generales, para la conformación del Congreso de los Diputados y el Gobierno que puede ser resultado de esta», ha recalcado el PSOE.
En este sentido, los socialistas han incidido en que «la transcendencia de la cuestión es esencial para nuestro sistema democrático». A su juicio, «teniendo en cuenta las circunstancias de este caso concreto», la «claridad» con la que se pronuncia el Constitucional sobre este extremo y la actuación de la Junta Electoral Provincial y la JEC, «es evidente que los derechos de nuestro candidato y nuestro partido, se están vulnerando».
Se requieren 1.323 votos para obtener su 11º diputado
Para la formación, el hecho de que requiera 1.323 votos para obtener su 11º diputado por la circunscripción de Madrid «impide» considerar que con su petición de revisión se esté haciendo un ejercicio abusivo o fraudulento del derecho.
De hecho, ha defendido que ello es «lo que acredita la trascendencia y posible incidencia de la revisión de todo el voto nulo en urna, que pudiera dar lugar a la variación de la asignación» algo que, a su juicio, «justifica la apertura y revisión de todos los sobres del escrutinio donde deben estar consignados los votos nulos y la revisión de estos, reflejados en las actas consideradas».
Desde el PSOE consideran que están solicitando una revisión «razonada» pues no se trata de «porcentajes descabellados o imposibles, sino a escasamente algo más de 4 votos cada 100, como los necesarios para afectar al resultado electoral».
Se ampara en el Constitucional
En 73 folios, los socialistas han defendido que el acuerdo de la JEC «parte de hechos que no son ciertos e incurre en contradicción con su propia doctrina anterior e incluso con su propia argumentación» dentro de dicho acuerdo. El PSOE ha hecho referencia a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y ha insistido en que la revisión de los votos nulos consignados en los sobres número 1 de las mesas electorales «forma parte del escrutinio general», afeando así que la JEC desestimara su petición.
«El derecho a la revisión de todos los votos nulos consignados en las actas de escrutinio se reconoció mediante la doctrina del Tribunal Constitucional, establecida en su Sentencia 159/2015, de 14 de julio«, ha apuntado la formación al tiempo que ha defendido que su solicitud de revisión no fue extemporánea porque «es durante el escrutinio general cuando se deben realizar estas peticiones».
«Si se solicita, como en este caso, que se revisen todos los votos nulos consignados en la documentación de las mesas electorales, es un contrasentido que ello se deba hacer una vez ha finalizado esta revisión, pues ahí, finalizado el acto de escrutinio, si que se puede entender que esa petición extemporánea, y de hecho, así lo ha venido considerando la JEC«, han apuntado desde el partido.
Al hilo, han hecho referencia a otras elecciones en las que sí se ha revisado el voto nulo: las autonómicas de Cantabria de 2019 y las elecciones locales de 2023 en Lugo (Galicia) y en Mula (Murcia), entre otros.