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Oleguer Pujol insiste al juez en que archive 'Drago' porque los fondos proceden de una «actividad empresarial lícita»

Sostiene que en todo caso solo podría investigarse un delito fiscal que debería recaer en los juzgados de Barcelona

Oleguer Pujol insiste al juez en que archive ‘Drago’ porque los fondos proceden de una «actividad empresarial lícita»

Oleguer Pujol. | Europa Press

Oleguer Pujol, el hijo pequeño del expresidente catalán Jordi Pujol, ha vuelto a pedir al juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz que archive el ‘caso Drago‘, una pieza separada de la causa principal sobre el patrimonio del clan que se centra en los negocios inmobiliario del benjamín de la familia, alegando que los fondos investigados procedían de una «actividad empresarial lícita».

En un escrito del pasado 16 de noviembre, al que ha tenido acceso Europa Press, Oleguer Pujol reitera la petición que ya hizo al titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 en sendos escritos de abril y junio para que dé carpetazo a esta pieza separada porque se ha quedado «sin objeto».

Así, la defensa de Pujol recuerda que la pieza ‘Drago’ tenía como propósito investigar conductas referentes a delitos de pertenencia a organización criminal, contra la Hacienda Pública, falsedad documental y blanqueo de capitales.

A su juicio, los posibles delitos de organización criminal y blanqueo de capitales, que serían los que justificarían además la competencia de la Audiencia Nacional en este asunto, han quedado descartados, a la luz de los argumentos expuestos por el propio instructor y la Fiscalía.

Por un lado, sostiene que «ha quedado descartado que en el origen mismo de la generación de las ganancias o rendimientos económicos hubiera una actividad delictiva necesaria para el subsiguiente blanqueo».

Y para realizar esta afirmación se apoya en el auto de Pedraz donde archiva ‘Drago’ para el socio de Oleguer Pujol, Luis Iglesias, en el que dice que «la utilización de sociedades extranjeras para el cobro de comisiones resultaría insuficiente para alcanzar la convicción de reproche penal del delito de blanqueo».

En segundo lugar, alude al auto de archivo para José María Villalonga y su hijo, así como para los hijos del financiero Javier de la Rosa, Javier y Gabriela, en el que el magistrado señala que «los fondos que reciben son producto de su intermediación» y, «en consecuencia, no hay indicio de que participaran en algún acto de blanqueo de capitales en beneficio propio o en beneficio del investigado Oleguer Pujol».

De estas dos resoluciones judiciales, la defensa extrae dos conclusiones que –según esgrime– abocarían al cierre de las pesquisas, que todos confluyeron en una «actividad empresarial» que «no fue delictiva», lo que anularía la imputación por organización criminal, y que «la articulación de los pagos por la intervención profesional no pueden ser constitutivos de blanqueo de capitales por encontrar su origen mismo en una actividad empresarial lícita».

Apunta que «esas dos conclusiones se proyectan también de forma necesaria sobre los dos investigado John Willekes y Jacob Broers (cuya reciente petición de sobreseimiento está también pendiente de resolver), los ‘paymasters’ contratados por Luis Iglesias y Oleguer Pujol como terceros neutrales para la gestión y entrega con arreglo a las exigencias legales de los honorarios y comisiones de los intervinientes en la operación».

Ya en la pieza principal

Respecto a los otros delitos investigados, el pequeño de los Pujol asegura que los presuntamente cometidos contra la Hacienda Pública han prescrito y los que no lo han hecho no son perseguibles penalmente porque esas cuotas fueron regularizadas en 2012.

En cualquier caso, indica que, «si subsistieran dudas en relación al delito fiscal o eventuales conductas instrumentales dirigidas a su consecución», la investigación penal debería quedar en manos de los Juzgados de Instrucción de Barcelona, puesto que descartados los delitos de organización criminal y lavado de dinero la Audiencia Nacional ya no sería competente.

Además, la defensa pone el foco en lo invertido por Oleguer Pujol en la sociedad inmobiliaria Drago para destacar que «no se han observado maniobras de ocultación de origen o titularidad en los términos que la jurisprudencia exige en relación a la acción típica del blanqueo de capitales».

A este respecto, añade que, «incluso si así fuera, ese debate acerca del carácter delictivo de los fondos andorranos de la familia Pujol y su eventual utilización con mecanismos y vehículos propios del blanqueo forma ya parte de la litis de la pieza principal».

El ‘caso Drago’

Pedraz acordó el pasado mes de julio no alargar más la instrucción de esta pieza separada del ‘caso Pujol’, sin perjuicio de recibir las cuestiones pendientes, entre ellas la respuesta de Países Bajos a una comisión rogatoria donde se le pedía que completara la información requerida sobre las cuentas bancarias de Oleguer Pujol, así como el informe definitivo de la Agencia Tributaria.

El anterior instructor, José de la Mata, abrió ‘Drago’ un año antes, en julio de 2020, para esclarecer el origen del dinero que el vástago menor del clan Pujol invirtió en diversas operaciones inmobiliarias de la empresa Drago Capital y en la propia compañía, tras constatarse el uso de sociedades extranjeras para el cobro de comisiones.

Destaca el denominado ‘proyecto Brick’, consistente en la compraventa de 1.152 locales de sucursales del Banco Santander, que se llevó a cabo por Samos Servicios y Gestiones SLU.

En un principio, De la Mata mantuvo imputados a Oleguer Pujol y a su antiguo socio Luis Iglesias –yerno del ex ministro Eduardo Zaplana-– junto a otras seis peronas, si bien Pedraz ha archivado la causa para Iglesias, los Villalonga y Gabriela y Javier de la Rosa.

Entretanto, la pieza principal sigue su curso. Pedraz acordó la apertura de juicio oral contra el ex presidente catalán y sus siete hijos por formar presuntamente una organización criminal que se habría enriquecido durante décadas con actividades corruptas valiéndose de su posición política, y pidió al clan que deposite 7,5 millones de euros para cubrir las eventuales responsabilidades civiles.

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