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Tribunales

El Emérito alega que la justicia británica no es competente en la demanda de Corinna

La defensa Juan Carlos I señala «tres cuestiones de inmunidad», ante la acusación de espionaje de su ex amiga íntima, por lo que «solo» está sometido al Tribunal Supremo de España

El Emérito alega que la justicia británica no es competente en la demanda de Corinna

Juan Carlos I en el Congreso. | Europa Press

La defensa del rey emérito Juan Carlos I ha asegurado que «Su Majestad goza de inmunidad» y que la justicia británica no es competente para atender la demanda presentada por Corinna Larsen que se estudia este lunes y martes en los Reales Tribunales de Justicia, en Londres.

En su demanda, la ex amiga íntima del monarca pidió a los tribunales que reclamaran al rey emérito una indemnización por los costes de su tratamiento médico de salud mental, por la «instalación de medidas de seguridad personal y servicios diarios de protección» y por la contratación a «exdiplomáticos y exfuncionarios del Gobierno» para que interviniesen con el fin de «poner fin al acoso» que dice haber recibido por parte de Juan Carlos I.

Ahora, la defensa del emérito -a cargo del despacho Clifford Chance– ha presentado sus alegaciones ante el juez Matthew Nicklin en una vista preliminar. El letrado Daniel Bethlehem ha defendido los argumentos esgrimidos en un texto de 26 folios, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que niega todas las acusaciones vertidas por Larsen e insiste en que el órgano competente para atender cualquier procedimiento sobre hechos vinculados al monarca posterior a su abdicación es el Tribunal Supremo español.

Bethlehem ha explicado «hay al menos tres cuestiones de inmunidad que son pertinentes» en este caso. Ha defendido que Juan Carlos I es miembro de la Casa Real y se ha amparado en la Ley de Inmunidad del Estado aprobada en Reino Unido en 1978, cuyo ámbito de aplicación se extiende al soberano y a los miembros de su familia que forman parte de la Casa Real.

Según la defensa, este caso se aplica al rey emérito, quien «tiene derecho a inmunidad de la jurisdicción de los tribunales británicos en su calidad de miembro de alto rango de la Familia Real Española y la Casa Real de España, incluso en relación con las reclamaciones planteadas en este procedimiento».

En el marco del escrito, Bethlehem ha precisado que dicha inmunidad «no coloca a Su Majestad por encima de la ley», sino que «reconoce que, dado el carácter constitucional del cargo de Su Majestad, está debidamente sometido a la jurisdicción del Tribunal Supremo de España y solo del Tribunal Supremo de España». «No es, ni puede ser, de interés público de Reino Unido y sus tribunales juzguen las acusaciones formuladas contra Su Majestad», ha añadido la defensa.

Reconocimiento constitucional

Como parte de su estrategia de defensa, el letrado ha alegado además que existe un interés público de «proteger la dignidad del Rey y miembros cercanos de la familia». En este sentido, ha hecho referencia a la jurisprudencia de los tribunales británicos y ha recordado que dicha apreciación ha sido «expresamente reconocida» por la justicia de ese país en el caso de la Reina Isabel II y miembros cercanos de la Familia Real Británica.

Así, ha insistido en que este «reconocimiento constitucional» aplicable a la Familia Real Británica ha sido reconocido por Reino Unido durante siglos con respecto a los soberanos y miembros cercanos de la familias reales de otras monarquías.

«Es la piedra angular del principio de inmunidad soberana«, ha señalado para luego añadir que en el caso de España esta apreciación se refleja en un tratado de compromiso que se remonta a hace más de 400 años y que fue firmado por los antepasados de la Reina Isabel II y de Juan Carlos I en el Tratado de Paz y Amistad de Utrecht de 1713.

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