La Audiencia da tres días para alegar el informe penitenciario sobre la situación de Griñán
Como adelantó THE OBJECTIVE, la Justicia abre la puerta a que el expresidente de la Junta de Andalucía ingrese en prisión pese a su enfermedad
La posibilidad de que José Antonio Griñán ingrese en prisión ha comenzado la cuenta atrás. La Audiencia Provincial de Sevilla ha dado un plazo de tres días para que la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares, entre las que figura el PP, formulen alegaciones al informe emitido por el Centro Penitenciario de Sevilla sobre la posibilidad de que el expresidente de la Junta de Andalucía, al que le ha sido diagnosticado un cáncer de próstata, pueda recibir el tratamiento en la cárcel. El tribunal dejó en suspenso su decisión después de que el exdirigente socialista solicitara aplazar su ingreso en prisión por la enfermedad que padece.
La decisión se ha adoptado mediante una nueva providencia a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE. El documento, emitido el viernes, sigue al auto dictado el 13 de enero por el que la Audiencia de Sevilla acordó aplazar su decisión sobre el ingreso en prisión de Griñán «hasta que concluyan las sesiones de radioterapia» del tratamiento del cáncer de próstata que padece.
El expresidente andaluz, de 76 años, fue condenado a seis años de prisión por prevaricación y malversación de caudales públicos en noviembre de 2019 por el caso ERE. Para conocerse su enfermedad, el tribunal solicitó un informe forense al Instituto de Medicina Legal (IML), aunque la última palabra la tendrá la Audiencia Provincial. Tal y como adelantó este diario, Griñán podría entrar en la cárcel pese a su enfermedad. Cientos de presos en España ya reciben tratamiento oncológico.
La petición de Griñán
El informe reconoce que «se trata de una enfermedad muy grave» ante la cual, «dado el pronóstico emitido existen posibilidades de curación». No obstante, el documento revela que todavía no había avanzado el tratamiento prescrito a Griñán en forma de medicación y radioterapia, por lo que no era posible determinar aún «cuál será su evolución» en un marco en el que actualmente el tratamiento del cáncer es «eficaz en un alto porcentaje de casos salvo los muy agresivos» o en fase terminal.
El Instituto de Medicina Legal de Sevilla sostiene que la entrada en prisión «no ayuda a afrontar una enfermedad de esta entidad, que necesita todos los recursos disponibles que tiene la persona a su alcance», como «un apoyo familiar y social necesario e incluso imprescindible en estos casos».
El informe también destaca que, aunque los servicios sanitarios de las instituciones penitenciarias son capaces de afrontar «cualquier demanda médica», pesa la consideración de que «los posibles efectos secundarios en el tratamiento hormonal y de radioterapia, así como las frecuentes revisiones, parecen poco compatibles con la dinámica carcelaria». En España, no es extraño que los enfermos oncológicos ingresen en prisión.
Cientos de presos reciben tratamiento mientras están en la cárcel. Solo en 2021, último año con datos, la población reclusa protagonizó un millar de consultas por esta dolencia. La mitad, 535, para sesiones de radioterapia. Esos procedimientos implicaron que el reo abandonara la cárcel temporalmente. En el caso de Griñán, el informe afirma que «la no conveniencia de su ingreso en un centro penitenciario hasta que se confirme la remisión de su patología oncológica».
La Fiscalía Anticorrupción apostó entonces por suspender su ingreso en prisión hasta contar con «un informe más preciso sobre la procedencia» o no del ingreso en prisión. También solicitó que, una vez emitido «un nuevo informe» por parte del Instituto de Medicina Legal, se recabase el informe de los servicios médicos penitenciarios del Centro de Sevilla sobre la conveniencia de que el expresidente andaluz entre en prisión. La documentación ahora aportada.
El papel del PP y la Fiscalía
El PP andaluz, que ejerce la acusación particular en esta causa, abogó por «un aplazamiento del ingreso en prisión hasta que, en el momento pertinente, sea revisado de nuevo el penado por la médico forense, formulando nuevo informe, así como que se elabore el informe adicional de los servicios médicos penitenciarios».
Con estas recomendaciones y el informe médico, la Sección Primera de la Audiencia señaló en un auto el 13 de enero que «procede el aplazamiento de la ejecución de la pena hasta tanto el penado finalice las sesiones de radioterapia». Accedía así a la petición de Griñán, que había solicitado la suspensión de la pena al amparo del artículo 80.4 del Código Penal, que dispone que los jueces y tribunales podrán otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta sin sujeción a requisito alguno en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables.
«Riesgos» del tratamiento
El tribunal añade que «dados los inconvenientes y riesgos que pudiera conllevar el tratamiento desde el centro penitenciario, tanto desde el punto de vista de la enfermedad como de la dinámica del mismo centro penitenciario». También indica que, una vez finalice el tratamiento, «deberá ser reconocido nuevamente por el médico forense, quien, tras haber recibido el tratamiento, podrá valorar nuevamente, con más datos, la conveniencia y posibilidad de su ingreso en el centro penitenciario»
La Sección Primera de la Audiencia acordó también que se recabase informe de los servicios sanitarios del centro penitenciario «sobre la posibilidad de tratamiento de la enfermedad en dicho centro». Una vez verificado todo lo anterior, el tribunal resolverá sobre la suspensión solicitada por la defensa de Griñán.
En la misma situación que el exvicepresidente andaluz se encuentra Agustín Barberá. El viceconsejero de Empleo entre 2004 y 2010 fue condenado a siete años de prisión por prevaricación y malversación. El exdirigente gaditano también padece cáncer y ha solicitado que se aplace su pena. Son los únicos únicos condenados que no han ingresado en prisión. Los otros siete debieron hacerlo durante los primeros días 2023.