El informe de la prisión avala que Griñán reciba el tratamiento contra el cáncer en la cárcel
El centro explica que tiene convenios con el Servicio Andaluz de Salud para derivar pacientes y tratar diversas enfermedades, entre ellas las oncológicas
La cárcel de Sevilla tiene capacidad para tratar la enfermedad de José Antonio Griñán. El informe que la Audiencia Provincial solicitó constata que puede encargarse del tratamiento contra el cáncer que padece el expresidente de la Junta de Andalucía. El documento, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, detalla los recursos sanitarios con los que cuenta el centro y explica que mantiene convenios con el Servicio Andaluz de Salud para derivar pacientes a dos hospitales de la ciudad hispalense para tratar diversas enfermedades, entre ellas las oncológicas.
El informe del centro penitenciario revela en cinco páginas que entre los procedimientos diagnósticos que siguen los reclusos en hospitales sevillanos hay procedimientos terapéuticos como la quimioterapia, la radioterapia (tratamiento que sigue Griñán), la rehabilitación, fisioterapia o diálisis. Estas terapias se realizan «en cuantas sesiones el especialista considere necesarias, así como con la periodicidad que se considere para el mayor beneficio del paciente».
Griñan, de 76 años, fue condenado a seis años de prisión por prevaricación y malversación de caudales públicos en noviembre de 2019 por el caso ERE. Debió ingresar en prisión en enero, pero argumentó que padecía un cáncer de próstata y solicitó retrasarlo. El tribunal aceptó la demanda, aunque antes solicitó un informe forense al Instituto de Medicina Legal (IML) para saber si el expresidente andaluz podría tratarse en la cárcel. Cientos de presos en España ya lo hacen.
El tratamiento de Griñán
Una vez recibidas las conclusiones del Instituto de Medicina Legal, la Sección Primera de la Audiencia Provincial señaló en un auto el 13 de enero que «procede el aplazamiento de la ejecución de la pena hasta tanto el penado finalice las sesiones de radioterapia». Griñán había solicitado la suspensión al amparo del artículo 80.4 del Código Penal, que dispone que los jueces y tribunales pueden otorgar la suspensión de cualquier pena impuesta en el caso de que el penado esté aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables.
El tribunal añade que «dados los inconvenientes y riesgos que pudiera conllevar el tratamiento desde el centro penitenciario, tanto desde el punto de vista de la enfermedad como de la dinámica del mismo centro penitenciario». También indica que, una vez finalice el tratamiento, «deberá ser reconocido nuevamente por el médico forense, quien, tras haber recibido las conclusiones, podrá valorar nuevamente la conveniencia y posibilidad de su ingreso en el centro penitenciario».
La Audiencia Provincial acordó recabar información de los servicios sanitarios del centro penitenciario «sobre la posibilidad de tratamiento de la enfermedad en dicho centro». Una vez verificado todo lo anterior, el tribunal resolverá sobre la suspensión solicitada por Griñán. El documento ha sido enviado este lunes a la Fiscalía Anticorrupción y a las partes personadas, entre ellas el PP, que disponen de tres días para formular alegaciones al informe emitido por el centro penitenciario.
Los servicios sanitarios de la cárcel, situada entre la capital andaluza y Mairena de Alcor, elaboró el 8 de marzo un documento en el que explica cuáles son los servicios médicos de los que dispone, donde incluye la radioterapia, el tratamiento que está recibiendo Griñán por la enfermedad que le fue diagnosticada a finales del año pasado.
Consultas programadas
«Son múltiples los pacientes que desde las distintas especialidades han sido y son atendidos de forma continuada de modo que se procede a sus consultas de revisión por dichos especialistas con la periodicidad que se estima por los mismos», indica el informe realizado por los servicios sanitarios del centro penitenciario.
El documento explica que las consultas programadas «no plantean problemas con los desplazamientos» porque existe un acuerdo con la Policía Nacional que «garantiza la salida de cinco pacientes al día». No obstante, hay «una gran problemática» con las salidas urgentes, ya que los agentes no siempre tienen disponibilidad para efectuar los traslados.
Los profesionales sanitarios del centro penitenciario también advierten de que muchas prisiones cuentan con efectivos sanitarios «insuficientes», lo que «está generando dificultades» en la asistencia sanitaria de los reclusos. No parece ser el caso de esta prisión con una población reclusa cercana a los 700 internos y tres unidades sanitarias: de cumplimiento, de preventivos y mixta.
En las dos primeras existen cinco consultas de atención primaria, dos salas de espera, una de curas, un almacén de medicamentos y un módulo de enfermería. También dispone de una consulta de odontología, una sala de rayos y una farmacia hospitalaria. En cuanto a recursos humanos, el centro cuenta con cinco médicos especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria, una farmacéutica, ocho enfermeros, una supervisora de enfermería, cinco auxiliares y tres administrativos.
El artículo 208 del reglamento penitenciario prevé que todos los internos sin excepción reciban una atención sanitaria equivalente a la que se dispensa a la población libre. La Ley Orgánica General Penitenciaria establece los profesionales y condiciones que deben tener los centros. Además de la asistencia que reciban en ellos, los reclusos pueden ser asistido en instituciones hospitalarias.
De hecho, cientos de presos reciben tratamiento mientras están en la cárcel. Solo en 2021, último año con datos, la población reclusa protagonizó un millar de consultas por esta dolencia. La mitad, 535, para sesiones de radioterapia. Esos procedimientos implicaron que el reo abandonara la cárcel temporalmente, lo que hace posible que Griñán ingrese en prisión pese a su enfermedad.