Las herramientas legales contra el racismo: suficientes pero poco utilizadas
Desde el Gobierno condenan los hechos sucedidos con el futbolista Vinicius Jr., que fue increpado por la grada del Valencia a gritos de «mono»
En 2021, último año con cifras oficiales consolidadas, las fuerzas de seguridad registraron 1.802 delitos e incidentes de odio, el 35% de ellos por racismo o xenofobia, pese a lo cual en España hay pocas condenas por este tipo de conductas. Ese mismo año se dictaron 91 sentencias condenatorias por delitos de odio o en las que el odio era agravante y el 30% de ellas con motivación racista.
Esta contradicción reabre el debate sobre si hay herramientas suficientes para combatir el racismo y cómo se aplican cuando ocurren episodios racistas como el sufrido el pasado domingo por el jugador brasileño del Real Madrid Vinicius Junior en Valencia, unos hechos que han llevado a la Fiscalía Provincial de Valencia a abrir diligencias de investigación y por los que este martes han sido detenidos tres jóvenes de entre 18 y 21 años.
Tajante ha sido el Gobierno y en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros: la portavoz Isabel Rodríguez ha condenado los insultos proferidos a Vinicius y ha aseverado que en España esos comportamientos «no quedan impunes, se persiguen y castigan».
«Tenemos los mecanismos para perseguirlos en todos los ámbitos no solo deportivos. Hay quienes justifican esos comportamientos, lo hemos visto y no cabe ser neutral; hay que ser tajantes y hay que decir que somos antirracistas porque combatimos estos comportamientos y trabajamos para erradicarlos», ha destacado Rodríguez.
En la legislación están todas las herramientas
EFE se ha puesto en contacto con juristas especializados en esta materia y han coincidido en afirmar que la legislación española contempla las herramientas suficientes para combatir este tipo de delitos aunque consideran que falta voluntad para aplicarlas.
En concreto, las sanciones y penas contempladas en casos de delitos de odio pueden ser por la vía administrativa, a través de la Ley 19/2007 del 11 de julio contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, que aplica la Comisión Estatal Antiviolencia, y por la vía penal en aplicación del artículo 510 del Código Penal, que castiga los delitos de odio con entre uno y cuatro años de prisión.
Además, en cada provincia existe una Fiscalía contra los delitos de odio y discriminación que se rigen por una circular de la Fiscalía General del Estado de 2007.
«Herramientas hay sobradas, la legislación está bien hecha. Hay jurisprudencia, y el Supremo lo ha dejado claro», ha subrayado a EFE el abogado Óscar Vicario al recordar la decisión del Alto Tribunal de confirmar la condena de 32 meses de prisión a cuatro independentistas catalanes por delitos de odio al atacar a unos voluntarios de la Selección Española de Fútbol.
Vicario ha remarcado que este tipo de delitos requieren probar los hechos, la autoría y la motivación racial y ha considerado que el caso de Vinicius es «claro»: «Le vejó una masa de gente, 100, 200, 500 personas, no sabemos, pero de momento hay que intentar hacer algo con el Código Penal en la mano», ha dicho.
La Fiscalía de Barcelona, al frente
El jurista ha recordado que la Fiscalía de Barcelona fue la pionera en este tipo de casos cuando el futbolista Samuel Eto’o jugaba en el Barcelona a principios de los 2000 y recibía insultos racistas y gritos imitando a los de un mono. En aquella ocasión no se pudo identificar a los autores y se archivó la causa.
Sin embargo, en el caso de los gritos racistas sufridos por el jugador del Athletic Club Iñaki Williams en un partido en 2020 en el estadio del Espanyol, se está a la espera de que se fije la fecha del juicio.
«Es una cuestión de voluntad y valentía de querer aplicar las leyes, las del ámbito administrativo y el Código Penal», ha incidido Vicario, que confía en que el nuevo fiscal de sala coordinador contra los delitos de odio y discriminación, cuya plaza se ha cubierto hace un mes tras año y medio vacante, «deje de ser una figura decorativa como era antes y pase de verdad a coger el toro por los cuernos».
Pese a que existen herramientas legales suficientes, la sensación de un «escenario de impunidad» es elevada. LaLiga ha presentado nueve denuncias por insultos racistas contra Vinicius, tres de las cuales fueron archivadas por la Fiscalía, en un caso por no poder identificar a los autores y en otros porque entendió que los hechos no tenían la «dimensión penal que se postula».
Este mismo motivo fue el por el que se archivó otra denuncia de la patronal por los insultos racistas recibidos por el jugador del Athletic Club Nico Williams en un Betis-Athletic, en marzo de 2022, ya que la Fiscalía de Odio de Sevilla consideró que «pese a lo incorrecto de los mismos, no sobrepasan la línea de la infracción penal».
Un problema banalizado
Desde Movimiento contra la Intolerancia, que fue el primero en denunciar la colocación de una pancarta contra el Real Madrid y un muñeco colgado de un puente con la camiseta de Vinicius, hechos por los que este martes han detenido a cuatro hombres de entre 19 y 24 años, defienden también que la legislación española contiene las herramientas necesarias para combatir los delitos de odio.
«Las instituciones han sido indolentes y benévolas y han banalizado la gravedad del problema, que va mucho más allá del campo de fútbol porque detrás de esos comportamientos se esconde la acción organizada de los ultras», ha dicho a Efe su presidente, Esteban Ibarra.
Para Ibarra, falta «depuración» en la investigación, peritaje, compromiso y «querer acabar con esa indolencia institucional», y ha remarcado que ni España ni el fútbol son racistas, sino que existen «conductas racistas en el fútbol».