Reino Unido tumba las alegaciones de España para evitar el pago de laudos de las renovables
El juez afea a España que siga recurriendo estas resoluciones porque «cuestiona la legitimidad de los tribunales internacionales de arbitraje»
La Justicia británica da un nuevo tirón de orejas al Gobierno. La Corte Suprema del Reino Unido ha desestimado las apelaciones que presentó contra un laudo que le obliga a pagar 121 millones de euros a una empresa afectada por la retirada de ayudas a las renovables. El juez Peter Fraser también afea a España que siga recurriendo estas resoluciones porque «cuestiona la legitimidad de los tribunales internacionales de arbitraje» a los que debe someterse mientras forme parte de los convenios.
«Al cuestionar la prerrogativa soberana de las partes en el tratado elude el consentimiento de jurisdicción internacional y obliga a las partes a recurrir a la herramienta más contundente disponible», esgrime el dictamen de 56 páginas al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE. El laudo al que hace referencia se resolvió en 2018 ante el Ciadi, una institución dependiente del Banco Mundial que se encarga de dirimir los pleitos.
El dictamen valida el fallo que emitió en junio de 2021 la juez Sara Cockerril. Fraser desestima los argumentos del Gobierno español, que alude a que la jurisprudencia de la UE revoca sus obligaciones internacionales. La Abogacía del Estado instó a anular el laudo alegando que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) había limitado la validez de los arbitrajes cuando las dos partes implicadas residen en zona comunitaria.
Cambio en las ayudas
La estrategia del Gobierno pasa por pedir la anulación de los procedimientos del Ciadi a pesar de que debe asumirlos como miembro de la Carta de la Energía, que protege a las inversiones de las compañías frente a los cambios regulatorios de los países firmantes. Como España, que hace una década modificó el régimen de ayudas a las empresas dedicadas a las energías renovables.
España ya ha solicitado abandonar el tratado firmado en los años noventa. De momento, el Gobierno se aferra a una decisión de Bruselas, que obligaría a que los casos pasen por el Tribunal de Justicia de la UE en lugar del organismo de arbitraje del Banco Mundial. La Comisión Europea considera ilegales los laudos que son resultado de acuerdos arbitrales bilaterales entre países miembros por ser contrarios al derecho comunitario.
Fraser recuerda a nuestro país que debe someterse al arbitraje del convenio del Ciadi y que estas alegaciones suponen «malinterpretar el efecto de las obligaciones de los tratados en el derecho internacional». E insiste: «Cualquier Estado que firma un tratado está sujeto a él», por lo que España debe someterse a él mientras continúe formando parte. De otro modo, advierte, cualquier país podría revelarse antes las decisiones de los tribunales de arbitraje.
«La resolución es un aviso para navegantes porque anuncia que va a tumbar todas las apelaciones. Supone una situación límite para Pedro Sánchez», insisten fuentes de las empresas afectadas. Los impagos de España, que superan los 1.200 millones de euros a falta de una veintena de casos por resolver, ha llevado a algunas empresas a acudir a los tribunales del Reino Unido y Australia. Estos han amenazado a España con confiscar sus bienes en el extranjero si no satisface las resoluciones del Ciadi.
Cobrar a través de activos
«No existen motivos de peso para anular el fallo o negarse a reconocer el laudo. En todos los argumentos planteados por España en su solicitud (aquellos basados en la falta de jurisdicción o inmunidad, la carencia de un acuerdo de arbitraje, la invalidez del laudo y la ausencia de publicidad, ha fracasado», reconoce Fraser. El dictamen posibilita que los acreedores puedan cobrar la deuda a través de activos españoles en el Reino Unido.
Un tribunal londiense ya amenazó en abril con embargar el Instituto Cervantes de Londres. Decretó que Blasket Renewable Investments podía ejecutarlo si España no abonaba la indemnización de 28,2 millones de euros dictada por un laudo tras la retirada de ayudas a las energías renovables.
Al constatar los impagos, el fondo estadounidense acudió a la justicia ordinaria y enumeró una serie de bienes que podrían saldar la deuda. Uno de ellos, la sede del Cervantes, fue valorado en 10 millones por unos tasadores que se colaron en el inmueble de incógnito para no levantar suspicacias. Los tribunales australianos también se han mostrado abiertos al embargo de activos.
El Ciadi ha emitido por el momento 22 laudos condenatorios para España, aunque de momento no ha ejecutado ninguno. La disputa tiene su origen hace una década, cuando Mariano Rajoy modificó el régimen de ayudas aprobado por José Luis Rodríguez Zapatero en 2007.
El plan inicial trataba de beneficiar la producción eléctrica procedente de fuentes renovables y establecía subvenciones que suponían una gran rentabilidad para los inversores. El cambio de la normativa rebajó los beneficios, lo que llevó a muchas empresas a denunciar.