El TC avala la ley que prohíbe nombramientos en la cúpula judicial mientras esté en funciones
La reforma legal impulsada por el Gobierno en marzo de 2021 ha sido respaldada por siete votos contra cuatro
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no podrá realizar nombramientos discrecionales mientras continúe en funciones. El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado este lunes los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por Vox y PP contra la norma de 2021 que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial. Los vocales del Consejo ya se temían esta decisión, que agrava los problemas. La reforma impulsada por el Gobierno impide cubrir ya un total de 87 plazas vacantes en la cúpula judicial, 24 de ellas en el Tribunal Supremo.
Los recursos de PP y Vox han sido rechazados por siete votos contra cuatro. La mayoría progresista del Constitucional avala así la reforma aprobada en marzo de 2021, que fue impulsada por PSOE y Podemos. El mandato del CGPJ lleva casi cinco años caducado por la falta de consenso entre los principales partidos políticos. Sus vocales debieron ser remozados en diciembre de 2018.
El recurso presentado por Vox trataba de impugnar la totalidad de la ley por supuestas infracciones en su tramitación parlamentaria. Entendían que esta se aprobó sin un informe previo del CGPJ y la utilización «fraudulenta» de la proposición de ley. La sentencia descarta que se haya producido las contravenciones denunciadas por la formación que preside Santiago Abascal porque el informe al que alude no era preceptivo y, por tanto, resulta irrelevante a efectos de la constitucionalidad de la norma.
Votos particulares
La formación verde también buscaba impugnar el contenido de la norma al entender que la limitación de las funciones del CGPJ con el mandato caducado contradice el artículo 122 de la Constitución. La sentencia afirma que este precepto lo único que determina, «de forma clara y unívoca», es la duración del mandato de los vocales del órgano de gobierno de los jueces (cinco años) y que no se puede deducir la prohibición de que el legislador limite sus funciones cuando supere ese plazo.
Los cuatro magistrados de tendencia conservadora (Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Concepción Espejel) han anunciado un voto particular contra la decisión del Pleno del Constitucional. Entienden que el recurso debió estimarse por motivos materiales ya que priva al CGPJ de potestades esenciales para el cumplimiento de su contenido constitucional.
Tolosa ha declinado finalmente presentar su ponencia sobre el recurso presentado por el PP. Solo se ha sometido a votación el documento redactado por la magistrada progresista María Luisa Balaguer, que versa sobre la impugnación presentada por Vox. El presidente de la corte de garantías, Cándido Conde-Pumpido, había convocado este pleno monográfico para debatir ambas ponencias que maniatan al CGPJ. Como avanzó este diario, un sector del órgano de gobierno de los jueces daba por seguro que avalarían la ley de marzo de 2021.
«Nos parece un atropello, pero no habrá sorpresas», indicaron fuentes del CGPJ a THE OBJECTIVE. Estaban convencidos de que la actual mayoría de la corte de garantías se impondría y avalaría la ponencia de Balaguer. Un texto que desde el sector conservador del CGPJ consideran «un atropello» ya que el artículo 122 de la Constitución da margen suficiente al legislador para regular el funcionamiento del órgano de gobierno de los jueces.
La situación de la justicia es crítica. Ya son 87 las plazas de magistrado que se encuentran vacantes, y sin posibilidad de ser cubiertas, en los órganos superiores de la judicatura española, según datos actualizados del CGPJ. Entre ellas, el 30% de las plazas de magistrados del Tribunal Supremo. Una situación a la que se llega tras las últimas jubilaciones.