Puigdemont esgrime un precedente europeo para justificar la legalidad de la amnistía
Una sentencia del TJUE establece que las leyes comunitarias no se aplican porque solo incumbe a órganos nacionales
Carles Puigdemont cree que la amnistía es compatible con el derecho europeo. El entorno del expresidente catalán esgrime una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) para justificarla. La resolución determina que las leyes comunitarias no se aplican en caso de amnistía porque solo incumbe a órganos nacionales. También establece que puede ser revocada por los tribunales estatales, como sucedió en Eslovaquia, el precedente al que aluden. El país de los Cárpatos recurrió al alivio penal para evitar que los responsables de un secuestro se sentaran en el banquillo.
Como ya avanzó THE OBJECTIVE, los independentistas catalanes buscan un precedente europeo que sirva para avalar la amnistía del procés. Algunos de los ejemplos más recientes son los aplicados en Francia y Portugal en los años ochenta y noventa respectivamente. Los partidos que conforman el Gobierno en funciones también han activado esa fórmula, conscientes de que necesitan los votos de Junts para reeditar la coalición.
Las leyes de este tipo son escasas en Europa. En la mayoría de casos derivan de graves conflictos armados y están avaladas por una importante mayoría política, algo que no sucede en España. El entorno de Puigdemont considera que la justicia comunitaria ya sentó jurisprudencia en estos casos, lo cual legitimaría la amnistía.
Puigdemont y el ejemplo eslovaco
Los independentistas apelan a la sentencia que dictó el TJUE el 16 de diciembre de 2021, después de que Eslovaquia planteara una cuestión prejudicial. A través de este mecanismo, los jueces de los Estados miembros pueden elevar consultas cuando tienen dudas sobre la aplicación de una norma comunitaria en una determinada causa o saber si cuentan con competencias para dirimir la cuestión.
La resolución considera que la fórmula de la amnistía es compatible con el derecho de la UE, ya que no se discute en ningún momento su validez. El punto 21 de la sentencia afirma que el alivio penal que persiguen los independentistas «es compatible con el artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la UE, con los derechos fundamentales garantizados (…) y con el principio de cooperación leal que se deriva del artículo 4 del Tratado».
No obstante, la justicia comunitaria reconoce que el «mecanismo nacional» de revocación de una amnistía puede, a su juicio, entrar en conflicto con los principios de proporcionalidad y de efectividad, que limitan la autonomía procesal de los Estados miembros al adoptar disposiciones jurídicas internas.
El precedente se remonta a 1995, dos años después de la independencia de Eslovaquia. En agosto, unos hombres armados secuestraron a punta de pistola en Austria al hijo de Michal Kovac, entonces presidente de la República, ya fallecido. El suceso causó tal conmoción que motivó una película en un país que se preparaba para ingresar en la UE.
Revocar la amnistía
El primer ministro Vladimir Meciar, rival político de Kovac, decidió pasar página y decretó una amnistía que dejaba sin efecto cualquier responsabilidad penal de los implicados antes de que el caso llegara a juicio. La causa fue archivada en 2001, lo que podría equipararse a una resolución absolutoria. Sin embargo, 16 años más tarde otro juzgado la reabrió y revocó la amnistía.
La maniobra fue avalada por el Tribunal Constitucional de Eslovaquia. No obstante, el precedente que invoca el entorno de Puigdemont se le puede volver en contra al expresidente catalán. El Tribunal Comarcal de Bratislava III tenía intención de emitir una orden de detención europea contra uno de los acusados, así que preguntó al TJUE si esta circunstancia, además de la revocación de la amnistía, era compatible con el derecho comunitario.
El órgano eslovaco centraba sus dudas en el principio de non bis in idem, mediante el cual ninguna persona puede ser juzgada o condenada penalmente por una infracción por la que ha sido absuelta o condenada. La resolución del TJUE en diciembre de 2021 determinó que, como el caso se archivó antes de que se dirimiera la responsabilidad del acusado, era posible activarla sin vulnerar dicho precepto.
Ese escenario podría suponer un obstáculo para Puigdemont, sobre el que actualmente no pesa ninguna orden de detención europea, aunque la Fiscalía española ha solicitado que se reactive. El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena dejó sin efecto la medida en enero a la espera de que el TJUE resuelva la cuestión de la inmunidad.
El expresidente catalán ya fue detenido en Alemania, Bélgica e Italia, pero las autoridades locales rechazaron su entrega a España hasta que no exista una resolución firme de la justicia comunitaria. Puigdemont recurrió en septiembre la decisión del Tribunal General de la UE (TGUE) de retirarle su inmunidad como miembro de la Eurocámara, lo que abriría la puerta a que el instructor del procés vuelva a emitir una euroorden para detenerle.