El juez limpia la causa de documentos ajenos y acerca a los Pujol al banquillo de acusados
El clan recurre insistiendo en la necesidad de ampliar el expurgo ante los problemas de acceso al material
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha dado por concluido el expurgo en el procedimiento que se sigue contra el expresidente catalán Jordi Pujol y sus hijos por el presunto origen ilegal de su patrimonio familiar, acercándolos así al banquillo de los acusados. En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 5 pone fin a meses de pulso a cuenta del acceso a la causa y del expurgo.
El clan denunció que seguía sin tener un acceso pleno a toda la documental, problemas que se analizaron desde el Ministerio de Justicia -responsable de la plataforma digital donde se archiva el material de la causa- garantizando tanto el acceso como la descarga del mismo.
Tras ello, Pedraz da por bueno el expurgo acordado hace casi un año «sin ninguna otra adición, toda vez que no se ha señalado por las partes ningún otro elemento concreto susceptible de ser excluido, sin perjuicio que respecto a tal identificación por las partes se pueda reproducir sus pretensiones en el juicio oral».
De esta forma, el instructor descarta la ampliación del expurgo que los Pujol solicitaron por última vez el pasado agosto alegando que aún constaban en la causa «archivos afectantes a los derechos a la intimidad personal y familiar y a la defensa» del clan o «ajenos al procedimiento».
La defensa de los Pujol ha presentado un recurso en el que insiste al juez en que autorice esta última ampliación del expurgo, razonando que «deriva de la posibilidad de acceder a carpetas a las que anteriormente no se había podido acceder». A esto añade que algunos de los archivos no se han podido visionar porque «las dificultades y los problemas de acceso» persisten.
En el recurso, al que también ha tenido acceso Europa Press, la defensa subraya además que «no es admisible hacer recaer únicamente sobre la parte afectada (…) la obligación de razonar no solo la afectación de determinados elementos respecto a la intimidad de nuestros mandantes, sino también la afectación a la intimidad de terceros y la ajenidad respecto al objeto de la causa«, «bajo amenaza de sanción consistente en rechazar de forma genérica y global el expurgo propuesto».
A este respecto, recuerda que «la regla general en caso de expurgo es la de excluir lo ajeno al procedimiento, recayendo la carga de la prueba de la relevancia de un determinado archivo o efecto para la causa en quien pretende su mantenimiento en la causa». Con todo, sostiene que debe llevarse a cabo «el expurgo de todas las carpetas y archivos a los que esta parte no haya podido acceder«.
«Solo de esta manera -ante las circunstancias descritas en anteriores escritos que impiden realizar un expurgo completo- se tutelan adecuadamente los derechos y garantías en juego, especialmente el derecho a la intimidad de nuestros mandantes y de terceros ajenos a la causa«, afirma la defensa.
«Un patrimonio desmedido»
En esta causa se imputan presuntos delitos de asociación ilícita, blanqueo de capitales, delito continuado de falsificación de documento mercantil, delito de frustración en la ejecución y hasta siete delitos contra la Hacienda Pública
Al expresidente y sus hijos se les acusa de integrar presuntamente una organización criminal para, aprovechándose de su «posición privilegiada de ascendencia en la vida política, social y económica catalana durante décadas», acumular un «patrimonio desmedido directamente relacionado con percepciones económicas derivadas de actividades corruptas».
El primer instructor del caso, José De la Mata, dio por acreditado que parte de esas «actividades corruptas» que habría cometido la familia coincidieron en el tiempo con la Presidencia de la Generalitat de Cataluña que ostentó Jordi Pujol entre 1980 y 2003, aunque se habrían prolongado más allá de su salida del cargo, generándoles «cantidades millonarias» que desvinculó de la herencia familiar del abuelo Florensi Pujol esgrimida por los acusados.
Situó el origen del dinero en los pagos ilícitos realizados por terceras personas, en su mayor parte vinculadas a empresas, que realizaban entregas millonarias a la familia, disimuladas bajo estructuras societarias y utilizando paraísos fiscales y fórmulas contractuales. Y ello a cambio de una «contraprestación» que pasaba por que los Pujol ejercieran «concretas influencias» para adjudicaciones y concesiones «a lo largo y ancho del espacio geográfico catalán».
Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press indican que, una vez concluido el proceso de expurgo, se espera que la Sala de lo Penal ponga fecha para la celebración de la vista oral.