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El Supremo exonera a Mediaset de pagar una segunda indemnización por 'Pasapalabra'

Los magistrados consideran que el daño quedó reparado con la compensación económica a la que ya fue condenado

El Supremo exonera a Mediaset de pagar una segunda indemnización por ‘Pasapalabra’

Roberto Leal, presentador de 'Pasapalabra' | Atresmedia

Mediaset no tendrá indemnizar a ITV Studios por infringir los derechos de la marca Pasapalabra. El Tribunal Supremo ha dejado la sentencia sin efecto al considerar que el daño quedó reparado con la compensación económica a la que ya fue condenado a pagar el grupo de comunicación en el primer pleito, casi nueve millones de euros, por los derechos de propiedad intelectual sobre el formato televisivo y el título del programa.

En este caso se estudiaba la infracción de la marca denominativa de la UE. La Sala Civil del Supremo indica que aunque la conducta infractora con Pasapalabra ocasionó un daño susceptible de ser indemnizado por cualquiera de los criterios previstos en el artículo 43 de la Ley de Marcas, pero que este caso la reparación del daño ya estaba cubierta por la indemnización concedida en el primer pleito.

Los magistrados sostienen que la conducta infringía el derecho de propiedad intelectual de ITV sobre la denominación Pasapalabra por su uso sin autorización y que los derechos sobre la marca denominativa y el daño patrimonial denunciado no dejaba de ser el mismo. Una vez estimada la pretensión indemnizatoria al amparo de los derechos de propiedad intelectual, en que se optó por el criterio del beneficio obtenido por el infractor, no cabía por tanto reiterar una nueva condena indemnizatoria del mismo «daño».

Pasapalabra en la competencia

La sentencia a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE afirma que la reparación del daño queda cubierta con la condena del primer pleito (formato televisivo y título de Pasapalabra). La resolución añade que, en el hipotético caso de que se hubieran podido acumular las acciones ejercitadas por ITV en uno y otro pleito, en un mismo procedimiento, la estimación de la infracción del derecho de propiedad intelectual de ITV sobre el título y la estimación de la infracción del derecho de marca de ITV no hubieran permitido duplicar la indemnización.

El argumento que ofrece la Sala es que el daño sufrido por ITV a sus derechos de propiedad intelectual y a sus derechos de marca, tal y como han sido apreciados por los tribunales de instancia, es coincidente y no son distintos daños.

En el segundo pleito entre ambas sociedades, ahora resuelto por el Supremo, el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante estimó íntegramente el recurso de ITV y condenó a Mediaset a pagar una indemnización de 8,7 millones de euros más los daños que se siguieran produciendo desde el día 31 de diciembre de 2017 hasta el cese efectivo de la infracción.

La Audiencia de Alicante, que resolvió los recursos de apelación, modificó los criterios del cálculo de la indemnización. Contra esta última sentencia recurrió ITV, cuyo recurso ha sido desestimado, y Mediaset, que argumentó que la totalidad de los daños por el uso de la denominación Pasapalabra, tanto por la identificación del programa de televisión como por el merchandising, ya fueron resarcidos por la sentencia dictada en el primer pleito.

En diciembre, el Tribunal General de la UE (TGUE) ya dio un varapalo a Mediaset al resolver que Pasapalabra, ahora en Antena 3, podía seguir emitiendo una de sus secciones más importantes, El Rosco. El tribunal desestimó todos los recursos presentados por la productora Good Services contra la anulación de la marca al entender que se ha actuado con «mala fe» para que ITV y Atresmedia dejaran de emitir la sección dentro de su formato predilecto.

El origen del programa

La batalla judicial comenzó hace años, aunque se acentuó cuando El Rosco dejó de emitirse en Telecinco en 2009 debido a un problema con sus derechos de emisión, que fueron adquiridos por Atresmedia. El canal de Fuencarral perdió uno de sus formatos estrellas, que pasó a la competencia. Desde ese momento, ambas empresas iniciaran una ardua pelea en los juzgados.

La primera vez que se emitió un programa con un formato como el de Pasapalabra fue en 1996 en la BBC, cuando ITV puso en antena The Alphabet Game, aunque solo duró siete meses. Sin embargo, en este formato no existía el famoso Rosco. Dos años más tarde fue Mediaset Italia quien decidió adquirir los derechos de emisión para comenzar emitiendo Passaparola en Canale 5. Con una estructura similar al anterior, decidieron introducir una prueba final a la que llamaron Rueda Final. Resultó todo un éxito que exportó la cadena hermana en nuestro país.

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