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La Fiscalía rechaza que el Tribunal de Cuentas plantee la amnistía ante el TJUE

El órgano contable solicitó a las partes que se pronunciaran sobre la procedencia de plantear una cuestión prejudicial

La Fiscalía rechaza que el Tribunal de Cuentas plantee la amnistía ante el TJUE

La presidenta del Tribunal de Cuentas, Enriqueta Chicano, junto al fiscal general, Álvaro García Ortiz. | Carlos Luján (Europa Press)

La Fiscalía rechaza que el Tribunal de Cuentas plantee la amnistía en Europa. El fiscal Manuel Martín-Granizo estima que no es procedente plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) porque no concurren los presupuestos exigidos por la normativa ni las recomendaciones de la propia institución comunitaria. El órgano contable, que está pendiente de sentenciar el supuesto desvío de fondos para el referéndum ilegal del 1-O, solicitó hace dos semanas a las partes que se pronunciaran sobre la procedencia de preguntar por la ley que perdona los delitos cometidos durante el procés.

«Tal y como establecen las recomendaciones publicadas por el TJUE, a las que hace referencia el propio tribunal, la petición de decisión prejudicial debe de referirse a la interpretación o validez del Derecho de la UE y no a la interpretación de normas jurídicas nacionales», afirma el fiscal en su escrito, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE. El Tribunal de Cuentas activó la posibilidad de elevar la cuestión a Europa el 11 de junio, el mismo día que entró en vigor la ley de amnistía.

Martín-Granizo destaca que, en todo caso, el TJUE solo puede pronunciarse sobre la decisión prejudicial cuando el Derecho de la UE sea aplicable al asunto controvertido en el litigio principal, «circunstancia esta que no concurre en el presente caso». El fiscal insiste que demandar sobre la aplicación de la ley de amnistía supone una interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.

Aplicar la amnistía

«Las disposiciones de dicha Carta están dirigidas a los Estados miembros únicamente cuando apliquen el Derecho de la Unión, por lo que, tal y como se encarga de recordar la recomendación 10 del referido Documento 2019/C 380/01, las disposiciones de dicha Carta invocadas por el órgano jurisdiccional remitente no pueden fundar por sí solas la competencia del TJUE para resolver una cuestión prejudicial, tal y como se pretende por el órgano al que me dirijo», insiste García-Granizo a propósito de las intenciones del Tribunal de Cuentas.

La consejera Elena Hernáez consideró el pasado 11 de junio que diversos preceptos de la amnistía podrían oponerse a la interpretación que hace el TJUE de determinadas normas de la UE. La malversación y el terrorismo son delitos particularmente sensibles en la UE, por lo que la ley podría entrar en conflicto con la legislación comunitaria. En la providencia se refería a artículos relativos a la lucha contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la UE, al principio de cooperación leal, de igualdad y no discriminación, los de seguridad jurídica y confianza legítima y el del Estado de Derecho.

El Tribunal de Cuentas estaba a punto de emitir la sentencia sobre el supuesto desvío de fondos por el referéndum ilegal del 1-O cuando entró en vigor la ley de amnistía. El fallo quedó en suspenso hasta que se resuelva definitivamente el planteamiento de la cuestión prejudicial al TJUE.

Con este procedimiento, el órgano contable busca recuperar el dinero utilizado en el supuesto desvío de fondos para financiar el procésSociedad Civil Catalana reclama el reintegro de 5,3 millones de euros, mientras que la Fiscalía rebaja la cifra a 3,1 millones, aunque inicialmente llegó a demandar 9,5 millones. En cualquier caso, la cantidad deberían pagarla de forma conjunta y solidaria la treintena de encausados, entre los que se encuentran Puigdemont, Junqueras y Artur Mas.

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