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El Tribunal de Cuentas rechaza suspender la causa contra Puigdemont pese a la amnistía

El expresidente catalán y otros 34 excargos están encausados por el supuesto desvío de fondos para el 1-O

El Tribunal de Cuentas rechaza suspender la causa contra Puigdemont pese a la amnistía

Carles Puigdemont durante una conferencia de prensa en Bruselas. | Europa Press

El Tribunal de Cuentas da un portazo a la solicitud de ERC, que pidió suspender una causa por la tramitación de la ley de amnistía. El órgano fiscalizador rechaza que ese motivo sirva para aplazar el procedimiento que sigue contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y otros 34 excargos de Cataluña por su presunta responsabilidad contable en el supuesto desvío de fondos para el referéndum ilegal del 1-O y la acción exterior del Govern durante el procés.

La consejera del Departamento 2º de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas, Elena Hernáez, fundamenta su resolución denegatoria en que, a fecha de hoy, «se desconocen los términos de la ley pendiente de aprobación por parte de las Cortes Generales». Es la primera decisión trascendente de la responsable del juicio a Puigdemont y otros 34 encausados por el 1-O desde la vista celebrada el 17 de noviembre.

El juicio finalizó con la incógnita de si Hernáez estimaría o no la petición del exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y el resto de encausados de ERC de suspender el procedimiento por la proposición de ley que presentó el PSOE en solitario el pasado 13 de noviembre en el Congreso. Los republicanos alegaron que era «altamente probable» que la entrada en vigor de la norma tuviese lugar en los próximos meses y apuntaron que el juicio de este viernes podía «acarrear cargas procesales innecesarias».

El papel de Puigdemont

Durante la vista del 17 de noviembre, la Fiscalía y Sociedad Civil Catalana mostraron su oposición a que se suspendiera el procedimiento. El representante del Ministerio Público, Manuel Granizo, aseguró que se tenía que oponer porque la suspensión no se podía «subordinar a un acontecimiento futuro». No obstante, aseguró que compartía los principios que abanderó la defensa sobre tutela efectiva y economía procesal.

Hernáez se comprometió a estudiar el aplazamiento, aunque finalmente ha optado por continuar el procedimiento de reintegro. Juan Chapapria, abogado de Sociedad Civil, explica a THE OBJECTIVE que sigue confiando en el Estado de derecho, en la separación de poderes y la independencia judicial. «Esta decisión me hace seguir confiando y, creer en el buen hacer y rigor de la excelentísima consejera y del señor letrado secretario», ha insistido.

Con este procedimiento, el Tribunal de Cuentas busca recuperar el dinero utilizado en el supuesto desvío de fondos para financiar el procésSociedad Civil Catalana reclama el reintegro de 5,3 millones de euros, mientras que la Fiscalía rebaja la cifra a 3,1 millones, aunque inicialmente llegó a demandar 9,5 millones. En cualquier caso, la cantidad deberían pagar lade forma conjunta y solidaria la treintena de encausados, entre los que se encuentran Puigdemont, Junqueras y Artur Mas.

Mas ya fue condenado por el Tribunal de Cuentas en 2019 a devolver a la Generalitat algo más de 4,9 millones de euros (a los que se sumó más de un millón de euros en concepto de intereses) por la organización de la consulta independentista del 9 de noviembre de 2014. En la lista también figuran exconsejeros condenados por el Supremo, como Raül Romeva y Jordi Turull; exconsejeros huidos, como Toni Comín y Lluís Puig; exdelegados de la Generalitat en el extranjero.

Consecuencias de la amnistía

También están encausadas nueve personas que fueron procesadas por el Juzgado de Instrucción Número 13 de Barcelona en la causa abierta por los preparativos del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Entre ellos, el exsecretario general de la Presidencia del Govern Joaquim Nim; el exsecretario de difusión de Presidencia Antoni Molons; el exsecretario general de Trabajo Josep Ginesta; y el exdirector del Diplocat Albert Royo.

La decisión de la consejera no supone que los encausados acaben reintegrando las cantidades que se les demanda. La ley de amnistía incluye dejar de perseguir «los actos tipificados como delitos de usurpación de funciones públicas o de malversación dirigidos a financiar, sufragar o facilitar» el procés entre enero de 2012 y el 13 de noviembre del año pasado.

Ese escenario convierte el juicio en el Tribunal de Cuentas en un mero trámite. Cuando entre en vigor, según su artículo 8, se extinguirán las responsabilidades civiles y contables, incluidas las que estén en marcha en el órgano fiscalizador, aunque no incluye aquellas con sentencias ejecutadas.

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