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Tribunales

Condenado un hombre a 11 años de cárcel por abusos sexuales a la hija de su pareja en Cádiz

El agresor se aprovechó de la menor «en un número indeterminado de ocasiones» entre 2011 y 2015

Condenado un hombre a 11 años de cárcel por abusos sexuales a la hija de su pareja en Cádiz

Audiencia Provincial de Cádiz. | Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado este miércoles la condena, inicialmente emitida por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, de un hombre a 11 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con acceso carnal hacia la hija menor de su pareja, de solo nueve años, durante el período comprendido entre 2011 y 2015.

Según los detalles del fallo, el acusado comenzó una relación sentimental con la madre de la víctima en 2011, trasladándose a vivir con ella y su hija en Jerez. Desde ese momento y hasta 2015, el hombre se aprovechó de la menor «en un número indeterminado de ocasiones», tanto de día como de noche, cometiendo actos de índole sexual en la vivienda familiar y otros lugares como Chipiona o un camping en Rota.

La sentencia también revela que la niña, inicialmente, no era consciente de la gravedad de los hechos, manteniendo el silencio por «miedo y vergüenza». El abusador, que era la pareja de su madre, utilizaba términos despectivos como «piojosa» o «niñata» para referirse a ella. No fue hasta 2015, con 13 años, cuando la menor comenzó a confiar en el hijo de un conocido, a quien finalmente le confesó lo sucedido.

La madre no creyó a su hija

En 2019, con 17 años, se mudó con este joven, quien la animó a contarle todo a su madre. Sin embargo, su madre inicialmente desestimó las acusaciones, sugiriendo que podrían ser simplemente «juegos». Finalmente, en 2021, la joven decidió denunciar los hechos ante la Comisaría de la Policía Nacional de El Puerto.

La Audiencia Provincial de Cádiz no solo condenó al acusado a prisión, sino que también impuso una orden de alejamiento de 200 metros por 12 años y ocho años de libertad vigilada. Además, el condenado deberá indemnizar a la víctima con 15.000 euros.

Por otro lado, la defensa del condenado intentó apelar la sentencia alegando una supuesta vulneración de la presunción de inocencia, argumentando que la denuncia estaba motivada por razones personales y no fiables. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestimó estos argumentos, afirmando que no existen motivos «espurios» que llevaran a la denunciante a incriminar falsamente al acusado.

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