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Varapalo del Supremo a García Ortiz: avala el registro de su despacho

La Sala de Apelaciones rechaza por unanimidad el recurso porque considera que esta diligencia era necesaria

Varapalo del Supremo a García Ortiz: avala el registro de su despacho

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. | Fernando Sánchez (Europa Press)

El Tribunal Supremo propina un nuevo varapalo a Álvaro García Ortiz. La Sala de Apelaciones ha rechazado este viernes por unanimidad los recursos del Ministerio Público y de la Abogacía del Estado contra el registro de la oficina del fiscal general en el que requisaron sus móviles y dispositivos electrónicos. El juez Ángel Hurtado dictó el auto para investigar la revelación de secretos denunciada por Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. Los magistrados también avalan el registro del despacho de la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez.

El fiscal general y la fiscal jefe de Madrid, a través de la Abogacía del Estado, solicitaron el pasado noviembre que se anulara el registro de sus despachos. Ambos miembros del Ministerio Público defienden que la actuación que llevó a cabo la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil el 30 de octubre fue desproporcionada e invadió sus derechos fundamentales.

En un auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, los magistrados Julián Sánchez Melgar (ponente), Andrés Palomo y Eduardo de Porres han desestimado los recursos al considerar que el delito investigado lo permite, la investigación era necesaria y el registro era el único medio posible. La Sala del Supremo recuerda a García Ortiz que la institución que dirige «no tiene una garantía de inmunidad».

El móvil de García Ortiz

«Hemos de concluir que existen indicios que permiten adoptar esta medida, están motivados y expresados en los autos cuestionados, pues tales indicios son, no solamente suficientes, sino exhaustivos, y han sido valorados tanto por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, como por la Sala de Admisión del Tribunal Supremo, como por el propio magistrado instructor», resalta la resolución.

La Fiscalía defendía que ambos registros eran nulos y que todo lo hallado en ellos no debería tenerse en consideración en la investigación. En su opinión, los autos de entrada y registro «no contienen razonamiento alguno para justificar la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de las medidas acordadas». La teniente fiscal del Supremo, número dos de García Ortiz, no solo expresó su rechazo por escrito, también verbalizó su oposición a la actuación del magistrado durante la declaración de su jefe el pasado 29 de enero.

María Ángeles Sánchez Conde explicó al magistrado que no participaría en el interrogatorio al fiscal general al considerar que hacerlo sería dar validez a la investigación. García Ortiz está siendo investigado por un delito de revelación de secretos. El novio de Ayuso se querelló en abril contra la Fiscalía por la filtración de sus datos privados. Esta emitió el 14 de marzo un comunicado para contrarrestar una información que aseguraba que había sido el Ministerio Público quien ofreció un acuerdo al empresario. En un email anterior, este confesaba dos delitos fiscales y pedía un pacto de conformidad para no llegar a juicio.

Durante su declaración como investigado en el Supremo, García Ortiz se refirió al registro en su despacho como «un allanamiento» insólito en Europa. El fiscal general aseguró que se trató de «una entrada invasiva de derechos fundamentales». Los agentes de la UCO permanecieron 11 horas en la sede de la Fiscalía General del Estado el 30 de octubre. Hurtado dictó un auto que días más tarde puso en tela de juicio el investigado con un recurso en el que pedía la nulidad de las diligencias.

Vulneración de derechos

Durante los registros, los agentes se incautaron de teléfonos móviles, ordenadores y otros dispositivos electrónicos. El recurso de apelación denunciaba que el fiscal general conoció la medida de forma parcial y que existieron «extensiones indebidas de ámbito objetivo de investigación». La Abogacía del Estado insiste en que se amplió el periodo de las pesquisas y que eso supuso una «grave vulneración de derechos fundamentales».

El texto sostiene que la obtención de información de sus dispositivos electrónicos «no ha cumplido con la necesaria salvaguarda de dos derechos fundamentales», el derecho a la intimidad personal y el de limitación del uso de la informática. «Sobre esta base, podemos ya denunciar que en las diligencias previas tramitadas no existe ninguna sospecha objetivamente fundada de la comisión de una concreta infracción».

La defensa de García Ortiz se queja de que el registro de los dispositivos electrónicos no tuvo en cuenta los criterios de proporcionalidad ni de especialidad por el que «no podrán autorizarse medidas de investigación tecnológica que tengan por objeto prevenir o descubrir delitos o despejar sospechas sin base objetiva». E insiste: «A mayor abundamiento, el auto recurrido también incurre en vulneración de los principios de excepcionalidad y de necesidad».

El recurso sostiene que en los terminales incautados al fiscal general «hay información que sin tratar de ser exhaustivos puede comprometer la seguridad del Estado, la actividad de otras instituciones, intereses nacionales, compromisos con terceros y en definitiva a la estructura de la Fiscalía en su conjunto». No obstante, el análisis del móvil de García Ortiz reveló que existían «cero mensajes» entre el 7 y el 14 de marzo, los días clave de la filtración. Las comunicaciones fueron eliminadas y ahora los investigadores intentan recuperarlas.



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