Lea aquí la sentencia contra el fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz
El Supremo le condena a dos años de inhabilitación para el cargo y multa de 7.200 euros

Álvaro García Ortiz | Gustavo de la Paz (Europa Press)
El Tribunal Supremo (TS) ha sentenciado que el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, «no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito», indicando que en este caso la revelación de secretos contra Alberto González Amador –novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso– lo fue tanto por la filtración a los medios del ’email’ donde el empresario se ofrecía a confesar como por la publicación de la nota de prensa que lo mencionaba.
Así consta en la sentencia que se ha dado a conocer este lunes y cuyo fallo se adelantó el pasado 20 de noviembre. Se trata de la resolución en la que se exponen los argumentos por los que el alto tribunal ha acordado condenar a García Ortiz a dos años de inhabilitación para el cargo y multa de 7.200 euros, así como a indemnizar a González Amador con 10.000 euros por daños morales.
En la sentencia, de 180 folios, el alto tribunal ha dedicado un apartado al hecho de que García Ortiz eliminara el contenido de su móvil. «Tal extremo se constata en el informe emitido por la UCO (en referencia a la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil) de fecha de 7 de febrero de 2025, y como señaló la pericial, fue un borrado concienzudo-doble borrado», apuntan los magistrados.
Lea aquí la sentencia íntegra
Sentencia Alvaro Garcia Ortiz Fiscal General by The Objective
