El tribunal del 'caso Kitchen' no anula el juicio y señala que «ya tocaba» celebrarlo
La Audiencia ha rechazado también la petición del PSOE de incluir al PP en la causa como partícipe a título lucrativo

El exministro del Interior Jorge Fernández Díaz (i) y su número dos, Francisco Martínez (2d), durante el primer día del juicio de la Operación Kitchen, en la Audiencia Nacional. | Pool
El tribunal del caso Kitchen no ve motivos para anular o suspender el juicio como han planteado las defensas de los diez acusados y la acusación que ejerce el PSOE, en su caso, para poder imputar de nuevo a la ex secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, y citar al PP como partícipe a título lucrativo.
«Ya tocaba» celebrarlo, ha considerado la presidenta del tribunal, Teresa Palacios, al rechazar las cuestiones previas planteadas por la acusación del PSOE o la falta de competencia de la Audiencia Nacional en favor de los juzgados ordinarios formulada por las defensas y que, de haber sido aceptadas, habrían supuesto retrasar aún más este juicio. La presidenta ha recordado en este sentido que los hechos que se van a juzgar datan de 2013, de hace 13 años, y que la investigación se abrió en 2018, con lo que ya se ha tardado bastante tiempo en juzgarlos.
«A los primeros que les duele, cuando la Justicia tiene este aquilatamiento temporal, es a los propios tribunales. Entonces, en la medida que podamos, no queremos contribuir a que esto se alargue más. Hace dos años se puso el auto de admisión de prueba. Hace dos años se señaló la apertura de juicio oral y creo que ya tocaba», ha expuesto.
También ha precisado que si la Sala no ha podido señalar antes el juicio ha sido por su propio calendario y tener que juzgar varias causas en las que siempre tienen preferencia aquellas con preso. En su respuesta a las cuestiones previas, tras tomarse el tribunal 45 minutos para deliberar, la presidenta ha anunciado así que se desestimaba la falta de competencia de la Audiencia Nacional, al rechazar la tesis de las defensas de que esta causa no tenía relación con el objeto inicial del caso Tándem y que se trataba de un «hallazgo casual» que debiera haber dado lugar a otro procedimiento.
Apoyándose en la alegación del fiscal a esta cuestión, el tribunal ha considerado que, al igual que otras piezas de este caso, el caso Kitchen responde a un encargo al excomisario José Manuel Villarejo y que contaría con un presupuesto. En cuanto a la petición del PSOE de suspender el juicio para retrotraer las actuaciones a la fase de instrucción para volver a imputar a Cospedal, el tribunal lo ha rechazado porque, además de que supondría una dilatación del procedimiento, en su día en el auto de procesamiento ya se archivó la causa para ella.
«Si se ha sobreseído, cualquier apertura no se pide al tribunal sentenciador sino al juzgado instructor», ha advertido la presidenta, que ha señalado que mientras no prescriban los hechos puede reabrirse en cualquier momento en instrucción si hay motivos para ello y que los hechos se juzguen por separado si es el caso.
El tribunal ha rechazado también la petición del PSOE de incluir al PP en la causa como partícipe a título lucrativo, debido a que en este procedimiento no hay delitos con encaje patrimonial y no se producirían beneficios económicos para nadie, sino en todo caso «un perjuicio a las arcas del Estado que sufriríamos todos». Las personas acusadas vienen de la cúpula de Interior, de ahí la responsabilidad que se atribuye al Estado; no se está hablando de la «cúpula de un partido dirigente», ha recalcado la magistrada.
La magistrada que preside el tribunal tampoco ha estimado la queja de la Abogacía del Estado por no haberse pedido formalmente que presentara un escrito de defensa respecto a la acusación como responsable civil, de la que tenía conocimiento al figurar ya el Estado como responsable civil en estos hechos en el auto de apertura de juicio oral.
La Audiencia Nacional ha mantenido además las grabaciones aportadas como pruebas al procedimiento —las incautadas al excomisario José Manuel Villarejo y otros audios— porque no fueron aportadas de forma ilegal o ilícita y será en el desarrollo del juicio cuando se deberá determinar su fiabilidad. También ha descartado en este momento que a los acusados se les haya afectado en su derecho a la defensa por la extensión del secreto o por acusaciones sorpresivas o que se diese una provocación del delito en el caso del chófer de Bárcenas.
