Confirmado por la Ley de Propiedad Horizontal: tu comunidad de vecinos podría obligarte a subir con tu perro en brazos si vas en ascensor
Si tienes una mascota que causa problemas podrías tener disputas con el resto de inquilinos

Dueña cogiendo a su perro en brazos para usar el ascensor | GeminiPro
La convivencia en los edificios no siempre es sencilla, especialmente cuando hay animales de por medio, ya que a pesar que muchas personas los aman hay otras a las que no les hacen tanta gracia. Por eso es mucho más común de lo que parece que surjan disputas entre los vecinos respecto a si las mascotas pueden o no estar en zonas usadas por todos los propietarios, como puede ser un ascensor. Es entonces cuándo surge la gran duda: ¿pueden los vecinos prohibir a mi perro subir en el ascensor? ¿Pueden decirme cómo debo de llevarle? La Ley de Propiedad (LPH) es clara y explica que tus vecinos no pueden prohibir que tu perro suba en el ascensor, pero sí pueden exigirte llevarle en brazos.
¿Por qué pasa esto? La respuesta es sencilla: o está establecido en los estatutos de tu comunidad o la acción se ha aprobado en la junta de propietarios. Si es el primer caso, no tienes mucho que hacer, ya que las normas son las que son y estás en la obligación de seguirlas como propietario. Si quisieras cambiar esto la cosa sería bastante complicada, ya que deberías cambiar los estatutos de la comunidad, cosa para la que se necesita unanimidad, es decir, que todos voten a favor.
¿Los vecinos pueden votarlo en la junta?
La cosa es que sí, los vecinos pueden votar en la junta de propietarios que los perros únicamente puedan entrar al ascensor cogidos en brazos por motivos de higiene o seguridad, y no hay nada que puedas hacer. Esto pasa porque la Ley de Propiedad Horizontal permite a los propietarios de un edificio crear normas siempre que vayan a mejorar la convivencia dentro del inmueble. Así lo explica el artículo 6 de la misma, que establece que los propietarios pueden elegir (en cierta medida) como se usan las zonas comunes del edificio: «Para regular los detalles de la convivencia y la adecuada utilización de los servicios y cosas comunes, y dentro de los límites establecidos por la Ley y los estatutos, el conjunto de propietarios podrá fijar normas de régimen interior que obligarán también a todo titular mientras no sean modificadas en la forma prevista para tomar acuerdos sobre la administración».

Esto quiere decir que, si la junta de propietarios decide que para mantener la limpieza e higiene del ascensor los perros deben ir en brazos, esa norma deberá ser cumplida por todos.
¿Por qué pueden obligarme a llevarlo en brazos?
Esto ocurre porque en la mayoría de casos el objetivo de esta norma no es molestar o prohibir que puedas entrar al ascensor con tu perro, sino mantener la higiene y la seguridad de la zona. Por eso, si un vecino se queja de que el perro ensucia las paredes o que el suelo del ascensor queda lleno de pelos, la comunidad puede votar una norma que obligue a cogerlos en brazos para no molestar al resto. Aquí entra en juego el artículo 7.2 de la LPH, que es el que pone límites a lo que un dueño puede permitir que su mascota haga en las zonas comunes: «Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas».
Si la comunidad considera que un perro suelto genera una situación «insalubre», como puede ser: dejar malos olores, ensuciar, romper cosas, etc, tienen el apoyo de la ley para cambiarlo.
Limites que tu comunidad no puede pasar
Aunque la comunidad puede decirte cómo debe subir el perro, hay cosas que no pueden prohibirte:
- No pueden prohibirte tener mascotas: ninguna comunidad puede impedirte tener un perro dentro de tu casa, ya que tienes derecho a vivir con quien tú quieras dentro de propiedad privada.
- No pueden prohibir que tu perro suba por el ascensor de manera definitiva: tus vecinos pueden poner condiciones pero no privarte del ascensor solo por llevar a tu perro contigo.
Para evitar problemas, lo mejor es asegurarte de que tú mascota no causa problemas de ningún tipo al resto de vecinos, de esta manera la comunidad no tendrá nada que reclamarte y no será necesario iniciar ningún tipo de disputa.
