Qué dice el artículo 155 de la Constitución y cómo se aplica
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, compareció este martes ante los medios tras pasar 48 horas desde la celebración del referéndum ilegal en Cataluña. Santamaría lanzó un mensaje claro: el Estado de Derecho es el «único límite» de este Gobierno. Y dentro de este Estado de Derecho y de la Constitución se encuentra el artículo 155, por el que el Ejecutivo central tendría la capacidad de arrebatar circunstancialmente las competencias de una comunidad autónoma y hacerse cargo de las mismas. En las últimas horas son muchas las voces que piden su aplicación. La última, la del grupo parlamentario catalán de Ciudadanos, líder de la oposición en Cataluña, que ha pedido a Rajoy a través de su portavoz Carlos Carrizosa que convoque el artículo.
Constitución Española: Artículo 155
1. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al Presidente de la Comunidad Autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general.
2. Para la ejecución de las medidas previstas en el apartado anterior, el Gobierno podrá dar instrucciones a todas las autoridades de las Comunidades Autónomas.
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La celebración del referéndum ilegal en Cataluña el 1 de octubre, y la posterior intervención del presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, en el Parlament anunciado su intención de dar respuesta a los resultados de la consulta con una declaración de independencia, al tiempo que pedía a la propia cámara autonómica la suspensión de los efectos de dicha declaración para abrir un proceso de diálogo, ha provocado un crisis institucional sin precedentes en España.
Desde entonces se han sucedido intercambios de misivas y declaraciones entre el presidente del gobierno español, Mariano Rajoy, y el de la Generalitat, que han dejado patente la dificultad para llegar a un acuerdo y retomar la normalidad, todo ello con la amenaza de la aplicación del artículo 155 de la CE.
El Estado de Derecho es el «único límite» de este Gobierno, aseguró en su momento la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. Y dentro de este Estado de Derecho y de la Constitución se encuentra el tan traído y llevado artículo 155, con el que el Ejecutivo central tiene la capacidad de asumir circunstancialmente competencias de una comunidad autónoma. El
Las reticencias del Gobierno a poner en marcha dicho artículo coinciden con las de otros partidos como el PSOE, no así con Ciudadanos, que han pedido desde el primer momento la aplicación del 155. Sin embargo, la tensión y la falta de un solución han llevado al gobierno a ponerlo en práctica.
Con todo, la activación del 155 no es tan sencilla como se presenta y requiere de un proceso que impide su aplicación inmediata.
¿Qué es y bajo qué circunstancias se puede aplicar?
El Estado, amparado por la Constitución, puede obligar a la Comunidad Autónoma que haya atentado «gravemente al interés general de España» al «cumplimiento forzoso» de las obligaciones que crea el Gobierno central oportunas. De este modo, se habilitaría al Ejecutivo para adoptar las «medidas necesarias» para ello.
¿Cuál es el proceso de aplicación?
En primer lugar, el Gobierno central debe hacer llegar un «requerimiento» al presidente regional en cuestión, en este caso Carles Puigdemont, para que cese en sus supuestas acciones contra el interés general y cumpla con sus obligaciones. Si el Gobierno encuentra una respuesta negativa a ese requerimiento, comenzará un proceso que tendrá como primera parada el Senado. En la Cámara Alta, el presidente del Gobierno debe proponer por escrito al presidente de la Cámara las medidas concretas para que sean debatidas en la Comisión General de las Comunidades Autónomas. Luego, el presidente autonómico – Carles Puigdemont– tiene derecho a presentar las alegaciones que comprenda como correspondientes.
Una vez se escucha a todas las partes y se analizan las alegaciones, los senadores deben votar en el Pleno la aprobación o rechazo de la aplicación del artículo. Si la Cámara Alta aprueba su aplicación por mayoría absoluta (51% o más) – el Partido Popular dispone en la actualidad de esa mayoría –, la convocatoria sale adelante.
¿Existen precedentes históricos en España?
La respuesta es rápida: No. Ningún gobierno de la democracia moderna en España ha aplicado antes el artículo 155.